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El diputado á cortes por Nicaragua D. José Antonio López de la Plata propone á la regencia del reino la erección de una capitanía general formada por las provincias de Nicaragua y Costa Rica.- Años de 1812 y 1813 (1).

En vista de lo expuesto á la Regencia del Reyno por el diputado en Cortes de la Provincia de Santiago de León de Nicaragua D." José Antonio López de la Plata en su adjunta representación, en la que dando una idea general del estado de ese Reyno y causas á que atribuie su falta de prosperidad, refiriéndose en particular al de su Provin cia, propone como uno de los medios que juzga más conducentes para conseguirla se forme de ella, unida á las que indica, una capitanía general independiente, en los mismos términos que lo están las de Guadalaxara y Yucatán, se ha servido S. A. resolver informe V. E. quanto se le ofrezca y paresca sobre este particular y demás que contiene dicho papel; lo que de Real orden comunico á V. E. para su cumplimiento. Dios guarde á V. E. muchos años. Cádiz, 21 de Abril de 1812. Sor. Presidente de Guatemala.

Número 108.=Goatemala, 3 de Octubre de 1812.El Presidente Contextando á la real orden de 21 de Abril último por la que se le mandó informase acerca de la representación hecha por el Diputado en Cortes por la Provincia de León de Nicaragua D." José Antonio López de la Plata, el que dando una idea general del estado de aquel reyno y en particular del de su provincia pide se forme de ella, unida á las que indica, una capitanía general independiente, en los términos que lo están las de Guadalaxara y

(1) Archivo General de Indias.- Estante 102, cajón 4, legajo 13.

Yucatán, dice que sin duda por olvido no se le incluyó la citada representación y no teniendo á la vista los fundamentos en que pueda apoyarse esta solicitud, no le es fácil evacuar el informe que se le ordena, ofreciendo verificarlo, luego que lo reciba, con la imparcialidad y justificación que han sido siempre su norte en todas las materias del servicio y de que depende la prosperidad de la Monarquía.

Nota. La Secretaría, en cumplimiento de su deber, hace presente á V. A. que con la orden de 21 de Abril último, á que el presidente contexta, se le remitió original la representación hecha por el diputado D." José Antonio López de la Plata, cuya copia, extracto y minuta de la expresada orden se incluyen en el adjunto expediente.

Exmo. Sor. Sin duda por olvido no se incluyó en la Real Orden de 21 de Abril último la representación que se expresa de D." José Antonio López de la Plata, Diputado en Cortes por la Provincia de León de Nicaragua, en que dando una idea general del estado de este reyno y en particular de su provincia pidió se forme de ella, unida á las que indica, una Capitanía General independiente, en los términos que lo están las de Guadalaxara y Yucatán.

No teniendo á la vista los puntos y fundamentos en que pueda apoyarse esta solicitud, no me es fácil evaquar el informe que V. E. me ordena. Lo verificaré, en quanto llegue á mis manos, con la imparcialidad y justificación que siempre han sido mi norte en todas las materias del Servicio y de que pende la prosperidad de la Monarquía Española. Lo que manifiesto por ahora á V. E. en contestación.

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Dios guarde á V. E. muchos años. Guatemala, 3 de Octubre de 1812. Exmo. S. José de Bustamante Exmo. S. Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda de Indias.

or

Número 322. Cádiz, 6 de Enero de 1812.-D." José Antonio López de la Plata, Diputado en Cortes por la Provincia de Santiago de León de Nicaragua, ocurre á

V. A., con permiso del Congreso Nacional, exponiendo el estado de su Provincia y lo que fuera de las vases generales puede en su concepto contribuir á su felicidad local. Manifiesta en primer lugar la deplorable situación del Reyno de Goatemala en cuyo territorio se halla comprehendida, á causa de las pocas consideraciones que mereció al gobierno anterior, que dice no cuidó de otra cosa que de mantener á los americanos en la ignorancia ó barbarie consiguiente al sistema Colonial, sufocando sus luces y procurando ahogar en su nacimiento qualquiera establecimiento útil; pero que ofreciéndoles la época presente las más lisongeras esperanzas de su felicidad y fomento llama. la atención de V. A. en su solicitud, no hacia los Españoles americanos y Europeos, si no es hacia el infinito número de havitantes que componen su población y principalmente hacia los Indios. Hace una pintura de la extensión de aquel Reyno, que tiene 700 leguas de longitud y 200 de latitud, su división en quince Provincias, que son la de Goatemala, en que está la Capital, las de las quatro Intendencias de San Salvador, León de Nicaragua, Comayagua y Ciudad Real, la del govierno político y militar de Costa Rica, la de las Alcaldías mayores de Escuintla, los Zacatepeques, de Totonicapán, Sololá, Sonsonate y Verapaz, y las de los Corregimientos del Valle, Quesaltenango y Chiquimula, sin incluir los gobiernos militares de Petén, Truxillo y Omoa, y el partido de Tegucigalpa; y biene á recaer en que un territorio tan vasto, dividido en los términos indicados, no puede ser bien gobernado por un Gefe solo, situado en un ángulo opuesto á Nicaragua y Costa Rica, y que reune al mismo tiempo el mando político y militar, lat administración de justicia y la Superintendencia general de Real Hacienda, deduciendo de aquí como consecuencia forzosa de depender estos ramos de una sola mano en tan dilatada extensión, particularmente el de la Real Hacienda; que siendo aquel Reyno á quien dan los que han viajado por él la preferencia entre los demás de ambas Américas, en razón de sus ricas y multiplicadas produciones, no sirve á la corona sino es de gravamen, sugeto por su notoria pobreza á los cuantiosos socorros de las Caxas de México y en la dura necesidad de mendigar su existencia política de Nueva España, por que su industria y agricul

tura se hallan en apatía, su comercio casi sin movimiento, por haverse ido perdiendo á proporción de la escasez de unos frutos y la destrucción de otros, aislándose por consiguiente al del añil que se halla muy abatido. Las minas ricas de todos metales, aun de azogue, que se encuentran en León, Costa Rica, Comayagua y parte de San Salvador, se ven las de las dos primeras sin cultivo y en muy poco las últimas, y la marina sin fomento, sobre la que copia un párrafo de sus instrucciones relativo á que las Cortes señalen arbitrios para la construcción de buques en aquellos dominios, particularmente en Goatemala.

Para remediar, pues, estos males considera necesaria la separación de los ramos de administración y al mismo tiempo indispensable para su adelantamiento que la inspección inmediata que se tenga sobre ellos no sea en un territorio demasiadamente extenso, así como la Península, que siendo menor que Goatemala, no se vería como se ha visto tan floreciente sugeta á sólo un Gobernador; con menores motivos supone se dividió en Nueva España Guadalaxara y Campeche, y hace un juicio comparativo de estas dos Provincias con las de Nicaragua y Costa Rica. Pone la gran distancia de León, Capital de su Provincia, á Goatemala de 200 leguas, 400 desde esta misma á Cartago, Capital de la Provincia de Costa Rica, y 500 los últimos lugares por donde confina con la América Meridional, quando Guadalaxara no dista más que 100 de México y Campeeche poco más de 150. Además que los Caminos de estos dos pueblos á su Capital son planos y sin grandes impedimentos, y los de su Provincia y la de Costa Rica son intransitables por lo fragoso y quebrados, resultando de esto la falta del tráfico y la escasez de correspondencia que no se recive en Cartago hasta pasados dos meses; por todo lo qual juzga que la causa pública se halla interesada en que se practique en tan remotas Provincias lo mismo que tan oportunamente se hizo en Nueva España, estableciendo Capitanías generales en Guadalaxara y Campeche.

Con el fin de dar á conocer más de cerca la necesidad de eligir un sugeto que bajo la inmediata protección y dependencia de V. A. cuide y vele de la prosperidad de su Provincia, llama la atención sobre sus particulares circunstancias, por lo que copia un párrafo de las instruccio

nes de su Cabildo elector. Se reduce á manifestar que la Provincia de Nicaragua, por sus ricas producciones y su situación local, despiertan las esperanzas más lisongeras de sostener un Comercio Universal; que un terreno llano, tres Puertos á la mar del Sur y dos al Norte, una laguna y Ríos navegables, Montes de las mejores maderas, materiales abundantes de Jarcia y Velamen, breas y alquitranes, facilitan el establecimiento de magníficos Astilleros; que el añil, la grana, el Cacao, el Palo de Brazil, la Zarza, el Carey, el Caracol, las Perlas, las Conchas, la baynilla, el algodón, las sedas de monte, el café, el Achiote, el Tabaco, la Azúcar, los bálsamos, la Peletería, el oro, la Plata, el Plomo, el cobre y el fierro son los frutos y produciones más comunes; el carácter de sus havitantes es apacible, amantes de la hospitalidad y con disposiciones para las ciencias y artes, pero se lamentan de que todo se halla en manos de la naturaleza; que en medio de unas riquezas positivas la miseria tiene asentado su trono, y que el país más delicioso camina á su ruina si no se les quita el pesado yugo de trabas que ni sus Padres ni ellos han podido sufrir.

Por último, después de tocar ligeramente sobre la consideración de que son dignos los frutos preciosos relacionados por su cabildo, apoyando la idea de éste por las proporciones que hay en Nicaragua para hacer ventajosamente el Comercio Universal, se extiende más sobre la situación local que para ello tiene la Provincia, describién. dola en esta forma: «Se halla bañada en sus mejores puntos por ambos mares; la Capital dista 4 leguas del mar del Sur y 30 del Norte por caminos planos; la misma ó menos distancia tienen de ambos mares los partidos principales de Granada, Rivas de Nicaragua y Nicoya y otros menores que intermedian; de modo que el gran lago de Nicaragua, que tiene de ámbito 80 leguas y desagua en el mar por medio del Río de San Juan, conservando la misma latitud en su embocadura, hace comunicables los dos mares de Norte y Sur, con la sola distancia de 3 à 4 leguas de uno á otro por la parte de Rivas de Nicaragua (1)»; y

(1) Ofrece informar por separado del único paso que ha dado sobre el proyecto de abrir un canal de comunicación.

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