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del Río de Matina más de cien leguas y la Isla de Mangles más de ochenta: las únicas noticias que por esta costa se han adquirido son las que contiene la carta que me dirigió mi Lugarteniente con fecha de 5 de octubre próximo pasado, que original remito á V. S. con copia de mi respuesta. Por mi parte tengo tomadas todas la providencias para la seguridad y defensa del valle de Matina, como corresponde, aunque vivo con la desconfianza de sus moradores por el terror pánico que sin emboso confiesan tienen á los Indios, aun aquellos más principales, sin que les extimule su honor ni el de la Nación. Yo no puedo perder de vista asunto en que tanto se interesa el servicio del Rey como mi honor y el de la Nación, y siempre que adquiera algunas noticias ciertas de que el citado Superintendente ú otros enemigos de nuestro Soberano se aproximaren á estas costas daré pronto aviso á V. S. y despacharé refuerzo de gente y víveres; como así mismo, si nuestros corsarios se presentaren en el próximo mes de Enero, se les franqueará la gente y víveres que necesitaren, pues así tengo dada la orden al capitán comandante y Teniente de aquel valle y una carta para que se la entreguen al comandante de los corsarios, en que le prevengo lo mismo y que si necesitare mayor número de gente ó vastimentos con su aviso prontamente se los despacharé, y si la necesidad lo pide, con arreglo á la orden de V. S. iré remitiendo para la costa socorro de gente y víveres.

Como tengo á V. S. hecho presente, en el valle de Matina combenía se pusiera de comandante un oficial militar de experiencia y conducta, para que con el honor que corresponde se interesara en caso necesario en su defensa: en esta provincia no hay ninguno, lo que reproduzco á V. S. por si hallare por combeniente destinar algún oficial de los que hubiere en el Reyno.

Quedo con deceos de las veneradas órdenes de V. S. y que nuestro señor guarde su importante vida muchos años. Cartago y Octubre 15 de 1777.=M. I. S.=Señor=Juan Fernández de Bobadilla-M. I. S. Don Martín de Mayorga.

He recibido la carta de Vmd. de 15 de Octubre próximo pasado y la que me acompaña y havía Vmd. recibido, escrita en Matina á 5 de Octubre último por D. Pe

dro Alcántara Zamora, con copia de la contestación que Vmd. le dió á ella, cuyo expediente me deja enterado de haver noticia en esas costas del socorro de Piraguas y gente que se decía iba á dar el Inglés James Lourri, de Rio Tinto, á los Indios Mosquitos, y contiene así mismo, entre otras, la apreciable noticia de haver enviado el Rey de Mosquitos á saver si en Matina estamos de paz con ellos, como les ofrecieron por su parte los corsarios de Cartagena en las paces que celebraron.

Apruevo el celo y acierto con que Vmd. tiene dadas sus órdenes y me ofrece cuidar de estos importantes asuntos, así en cuanto á vivir con cuidado para si experimentare algún insulto en esas costas, defenderse con el exfuerzo que sea posible, como en auxiliar á los corsarios de Cartagena si lo necesitaren, con el esmero que corresponde y merecen las armas de nuestro soberano, tan útiles y dedicados á la defensa de esa Provincia; y estimo igualmente muy propio del celo de Vmd. las ofertas que tiene mandado se hagan á los Indios Mosquitos, así de la paz constante que deseamos y experimentarán con nosotros, como de los auxilios que se les franquearán para su establecimiento y comercio, previniendo á Vmd. cuide de que vean por la experiencia comprovados nuestros ofrecimientos, amistad y buena armonía; y que refleccionando Vmd. el mejor modo de ganar al Rey de Mosquitos, el gobernador y Almaral, dé Vmd. sus órdenes para que sean obsequiados siempre que vengan á ver á los nuestros, como parece piensan, y que se les hagan algunos regalos de aquellas cosas que según su genio puedan serles más apetecibles, dándome Vmd. cuenta, como ofrece, de lo que ocurra y se vaya adelantando en estos importantes asuntos, para trasladarlo á noticia de S. M. que los mira con particular atención y cuidado. Quedo tomando mis medidas para enviar á Vmd. un oficial del Exército que sirva de comandante de Matina y vaya disiplinando lo que pueda aquellas gentes para su defensa, y en auxiliar á Vmd. con todas las providencias que tenga arbitrio para llevar á efecto las de nuestro Soberano que se le tienen comunicadas. Dios guarde á Vmd. muchos años. Nueva Guatemala, 23 de Diciembre de 1777. Martín de Mayorga= Señor Gobernador de Costarrica.

Título de capitán real de la Costa de Mosquitos en

favor del almirante Alpárez Talan Delze, proposiciones de paz que á los Mosquitos hace el gobernador de Costa Rica y carta de éste sobre el mismo asunto.- Años de 1777 y 1778 (1).

El Teniente Coronel de los Reales Exércitos Don Juan Fernández de Bobadilla, Gobernador y Teniente de Capitán General por S. M. de esta provincia de Costa Rica, &.a Por cuanto en virtud de las proposiciones tratadas por mí á la Nación de Indios Mosquitos, situados en la Costa del mar del Norte de los Dominios de la Corona de España, que con fecha del día diez y siete de Abril del año pasado les remití á sus Gefes firmadas de mi mano, propendiendo por medios suaves y equitativos á traerlos á nuestro partido, se presentó en esta Capital y ante mí el Capitán de la Parcialidad de Indios de la Laguna de Perlas llamado Alpárez Talan Delze, Almaral de ellos; y habiendo asentado lo que pareció conforme á efecto de conseguir obediencia á Nuestro Cathólico Monarcha y mantener buena paz y correspondencia, en fee de todo me pidió le librase nombramiento de Capitán de toda la Costa del Norte arriba expresada, con el renombre de Real; y habida consideración de no ser opuesto lo que pide á las R.3 órdenes de S. M. (que Dios guarde) ni á las del Superior Gobierno de este Reyno con que me hallo, y antes bien esperar favorables resultados; por tanto, en nombre del Rey nuestro Señor elijo y nombro por Capitán Real de la referida Costa, comprendida en los Dominios de Europa Americanos, al mencionado Alpárez Talan Delze, y en conformidad de lo referido sea tenido y habido por tal Capitán y pueda francamente entrar con los suyos de paz en nuestros Puertos y ser recibidos por los Ministros que en ellos mandaren, tratando y

(1) Archivo General de Indias.-Estante 100, cajón 2, legajo 9.

contratando en nuestras Tierras sin oposición, guardándole á dicho Almaral y haciéndole guardar los honores, honrras, excepciones, franquezas, gracias, privilegios y prorrogativas que le son debidas á semejantes oficiales y á los Caciques de estos Reynos, según y como lo tiene mandado nuestro Soberano, aquién se le dará cuenta por el Ilustrísimo Señor Ministro y al Superior Gobierno de este Reyno de este libramiento y de lo tratado en el particular; y para que en el entretanto se determina por S. M. aprobarlo, le libro el presente título firmado de mi mano, sellado con el sello de mis armas y refrendado de mi Prosecretario de Guerra, en esta Ciudad de Cartago, en doce de Febrero de mil setecientos setenta y ocho años. Ju.o Fern.2 de Bobadilla Antonio de Mendaño, Prosecretario.

En la Ciudad de Cartago, en quince días del mes de Febrero de mil setecientos setenta y ocho años, en conformidad de lo propuesto á la Nación de Indios Mosquitos que habitan en la Costa del Norte de los Dominios del Rey nuestro Señor (que Dios guarde) por mí el Teniente Coronel D." Juan Fernández de Bobadilla, Gobernador y Theniente de Capitán General por S. M. de esta provincia de Costarrica, hallándose en esta dicha Ciudad el Capitán de la parcialidad de Indios de la Laguna de Perlas llamado Alpárez Talan Delse, Almaral, para asentar paces y afianzar lo contenido en dichas proposiciones que firmadas de mi mano tiene en su poder dicho Almaral, aprobadas por el Superior Gobierno de este Reyno, que á la letra son éstas:

Y hallándome con las correspondientes facultades les prometo en el R.' nombre de S. M. C. (que Dios guarde) que se les darán tierras cuantas quisieren y á su gusto en las márgenes de los Ríos y á donde las escogieren, para que puedan con comodidad y sosiego vivir y cultivar sembrando Platanares, haciendas de Cacao, Cañaberales y otras sementeras que pidieren, y se les darán por los Españoles. Que de cuenta de Nuestro Rey y Señor se les darán Bacas, Yeguas, Caballos, Chanchos y gallinas para que hagan cría de todo. Que todo el Carey y demás frutos y efectos que vendan se les comprará por plata, ropa, aguardientes y demás

efectos que pidieren, y si algunos quisieren trabajar en las haciendas del valle de Matina se les pagará por el dueño de ellas, como se hace con los demás que las trabajan. Que serán bien tratados y estimados de todos, y sus Gefes y superiores, como demás oficiales, se les guardarán todos sus honores y se les darán títulos por el Rey de España, dándoles franco y libre pasaporte para que puedan navegar y entrar en los Puertos Españoles y tratar y vender en ellos sus efectos, paseándose en nuestras Ciudades y poblazones con toda libertad. Que vivirán á su Ley, sin que sean inquietados, y si quisieren algunos instruirse en nuestras Docmas Cathólicas lo lograrán y se les enseñarán á sus hijos, si quieren, á leer y escribir, sin que les cueste cosa alguna. Que todos los Indios bárbaros que de otras Naciones cogieren se les comprarán, y si tuvieren así mismo algunos Cautivos Españoles, Negros y Mulatos se les dará por cada uno veinte y cinco pesos de Cacao. Que si entre ellos estuvieren viviendo algunos Españoles, Mestizos, Negros y Mulatos, que fugos de las poblazones Españolas se hallan á causa de haber cometido delitos por los que debían ser castigados, se les perdonará con indulto en nombre de Nuestro Soberano, y sólo sí los que fueren esclavos deberán volver á servir á sus amos sin que se les siga perjuicio.

En todo prometo amparar y favorecer á dicha Nación Mosquito que vive dispersa en la Costa del Norte, Dominios del Rey mi Señor, sin faltarles en cosa alguna en cuanto va tratado y prometido. Y para que les conste se les entregará este Expediente, con el cual les doy mano, fee, palabra y buen seguro que se les cumplirá; y que si quisieren tratar conmigo de estas Capitulaciones afirmándolas con verdad, pueden venir los Capitanes ó sujetos principales que les pareciere, ó darme aviso para despachar Comisario que lo trate y venga con ellos, que serán bien recibidos. Que es fho. en la Ciudad de Cartago, Capi. tal de la provincia de Costa Rica, á diez días del mes de Abril de mil setecientos setenta y siete años, firmado de mi mano por ante testigos, en falta de Escno. R.', lo que certifico.=Juan Fernández de Bobadilla-Don Pedro Antonio de Irivarren-Don Esteban Benegas.

Y en su consecuencia, con asistencia de Don Antonio de la Fuente, Alférez R.', rexidor y Alcalde ordinario de

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