200 ACUERDO del 7. Bestablece los resguardos A ambulantes creados por el Artículo 161 Capítulo XIX Sesion 1a del Reglamento da Hacienda de 30 de Julio de 1858 CIRCULAR del 30. Dispone que en lo sucesi vo cuando se adquieran bienes adquieran bienes inmue bles, no se podrán inscribir en el rejistro 1 de la propiedad, sin que antes se inscri ba en él la la propiedad del que trasmite; y que respecto á los que adquieran dominio en virtud de compra judicial; areaα en pública almoneda, la inscripcion debeb hacerse por la autoridad que intervieneil venta o rematestobarodon sol à maju201 DECRETO XLIII del 2. Deelara insubsistente la Constitucion de la República dada er 27 de Diciembre de 1859; asume los Po deres de la Nacion, mientras se organice Bolusalemisor and CIR en 202 ACUERDO del 2. Nombra Majistrado de la ni Corte Suprema de Justicia, al Licencia. do Don on Ramon Carranza, mientras el Doctor Don Eusebio Figueroa desem peñe el cargo de trol Secretario de Estado.. DECRETO XLIV uel 13. Convoca á elecciones para Diputados á una Asamblea Nacion 203 nal Canstituyente que deberá instalarse cont 1 de Enero de 1869. DECRETO XLV del 20. Cierra todas las clases de la Universidad de Santo Tomas, y AGUERDO del 20 Nombra una comision pa ACUERDO dat 20. Nombra una comision pa ra formar un proyecto de plan de estu dios 6 Estatutos Universitarios. MES DE DICIEMBRE. DECRETO XLVI del 7. Nombra á los indivi duos que deben componer el. Protome dicato CIRCULAR á los Gobernadores de las Provin cias del 7. Dispone que los actuales Alcaldes Constitucionales continúen desempeñando las funciones que Tes competen, hasta que se nombren los que deban reemplazarlos DECRETO XLVII del 10. Reasume en el Minis nisterio de la Guerra la Comandancia General del Ejército de la República. DECRETO XLVIII del 10 Nombra consejeros del Ministro de la Guerra, á los Generales Don Lorenzo Salazar y Don Máximo Blanco.. DECRETO XLIX del 13 Nombra Gobernador de la Provincia de San Jose a Don Ma 203 209 210 211: 212: 913: 213 214 teo Mora.... Corte Suprema de Justicia á los Licen- DECRETO LI del 15. Nombra al Licenciado la Provincia de Heredia, al Señor Don DECRETO LII del 22. Ordena una siembra de tabaco chircagre para el año de 1869... 214 218 216 216 217 DECRETO I. Abre las sesiones extraordinarias. EL SENADO Y LA CAMARA DE REPRESENTANTES de la República de Costa Rica, reunidos en Congreso.-Con presencia del Decreto número 6 de 27 de Diciembre próximo pasado, y del artículo 68 de la Constitucion-DECRETAN:-Artículo único.El Congreso Nacional abre sus sesiones extraordinarias.-AL PODER EJECUTIVO.-Dado en el Salon de Sesiones. Palacio Nacional. San José, ocho de Enero de mil ochocientos sesenta y siete.-J. M. Montealegre, Presidente.-Juan Rafael Mata, Secretario.Andres Saenz, Secretario.-Palacio Nacional. José, Enero ocho de mil ochocientos sesenta y siete.-PUBLIQUESE.-JOSE MARIA CASTRO.-El Secretario de Estado en el Despacho del Interior.A. Esquivel. San DECRETO II. Dicta medidas hijiènicas para preservar el pais de la epidemia del cólera asiàtico. JOSE MARIA CASTRO, Presidente de la República de Costa-Rica.-Habiéndose desgraciadamente estendido el Cólera Asiático en la vecina Repúbli ca de Nicaragua, segun los últimos partes recibidos, -DECRETO.-Art. 1.-Los cordones sanitarios establecidos en los puertos y fronteras, continuarán observando con el mayor rigor, bajo las penas prescritas en las Ordenanzas del Ejército, las instrucciones |