AÑO DE 1877 Nómbranse Jueces de Rio 2' Departamento de Hacienda Córdoba, Enero 2 de 1877 El P. E. de la Provincia Visto lo expuesto por el Gefe Político del Departamento Río Seco, en nota de 28 de Diciembre último; y hasta tanto que funcione la Munici palidad respectiva. ACUERDA Y DECRETA: Art. 10-Nómbranse Jueces en la forma siguiente: Juez de Alzada, á D. José Romo Juez Pedáneo de Villa de María, á D. Jesús A. Córdoba. Juez Pedáneo de la Estancia, á D. Severo César. Juez Pedáneo de San Miguel, á D. Atanacio Bustamante. Juez Pedáneo de la Candelaria, á D. Eusebio Córdoba. Como esta medida tiene por principal propósito evitar en lo posible los frecuentes robos de hacienda que se perpetran al trasladarlas de una Provincia á otra, se hace necesario tambien que Vd. haga observar fielmente en ese Departamento el decreto adjunto, que con idéntico objeto se dictó el 12 de Marzo de 1870. Las guías exigidas segun ese deSATURNINO D. FÚNES creto, deben estenderse en lo sucesi Art. 2o-Comuníquese, publíquese y dése al R. O. ZAVALÍA |