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nas relaciones existentes, por tratarse solamente de una medida que tiene por objeto principal prevenir las consecuencias de un olvido, en el cumplimiento de un ceremonial, que, no está basado en la reciprocidad.

Aunque respecto á la República Oriental esta práctica estaba basada en la reciprocidad, porque iguales honores se concedían á los aniversarios patrios de esta República, siendo una resolucion de carácter general, en nada comprometerá, como V. E. lo expresa, las buenas y cordiales relaciones existentes entre ambos países.

Aprovecho la oportunidad para saludar á V. E. con mi consideracion más distinguida.

ERNESTO FRIAS.

A S. E. el Señor Ministro de Relaciones Exteriores de la República Argentina, Dr. Don Eduardo Costa.

(TRADUCCION).

Legacion Imperial de Rusia.

Buenos Aires, Enero 8 de 1891.

Señor Ministro:- Cumplo con el deber de acusar recibo de la nota circular que V. E. ha tenido á bien enviarme con fecha 31 de Diciembre último, relativa á la decision que el Gobierno de la República Argentina ha adoptado de suprimir el uso practicado hasta hoy de enarbolar el pabellon Argentino en honor de los dias de fiesta y de duelo celebrados por las potencias que tienen aquí sus representantes.

Tomando nota de esta resolucion, no creo que ella pueda comprometer en lo que sea las buenas relaciones existentes. Ruego al Sr. Ministro, de servirse aceptar las seguridades de mi más alta consideracion.

P. BOGDANOff.

A S. E. el Sr. Dr. D. Eduardo Costa, Ministro de Relaciones Exteriores.

Legacion de S. M. Británica.

(TRADUCCION).

Buenos Aires, Enero 8 de 1891.

Señor Ministro:-Tengo el honor de acusar recibo de la nota de V. E. fecha 31 de Diciembre último, por la que me hace saber los cambios que ha resuelto el Gobierno Argentino hacer respecto á enarbolar el pabellon nacional en ciertas ocasiones, ya festivas ó nó, y me permito agradecer á V. E. esta cortez comunicacion de cuyo contenido se ha tomado la debida nota.

Aprovecho esta oportunidad, Sr. Ministro, para reiterar á V. E. las seguridades de mi más alta consideracion.

F. PAKENHAM.

A S. E. el Señor Ministro de Relaciones Exteriores, Doctor D. Eduardo Costa.

Legacion de Alemania.

(TRADUCCION).

Buenos Aires, Enero 9 de 1891.

Señor Ministro:-Con la circular fecha 31 de Diciembre próximo pasado V. E. ha tenido la bondad de poner en mi conocimieto que el Gobierno Argentino ha resuelto abolir la costumbre de izar la bandera nacional en los dias solemnes de las naciones extranjeras aquí representadas, por razon que ese ceremonial no está basado en la reciprocidad.

Al acusar á V. E. recibo de esta comunicacion, que he pasado á mi Gobierno, aprovecho esta oportunidad para renovarle las seguridades de mi distinguida consideracion.

R. KRAUEL.

A S. E. el Sr. Dr. D. Eduardo Costa, Ministro de Relaciones Exteriores.

Legacion de los Estados Unidos.

(TRADUCCION).

Buenos Aires, Enero 10 de 1891.

Señor Ministro:-Tengo el honor de acusar recibo de la nota de V. E. fecha 31 de Diciembre y de poner en su conocimiento que esta Legacion ha tomado en debida consideracion el contenido de aquélla.

Tengo el honor de saludar á V. E. con las seguridades de mi más alta consideracion.

GEV. W. FISHBACK.
Encargado de Negocios.

A S. E. el Sr. Dr. D. Eduardo Costa, Ministro de Relaciones Exteriores.

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Buenos Aires, 12 de Enero de 1891.

Señor Ministro:-Tengo el honor de acusar recibo á la nota de V. E. de 31 de Diciembre último, por la cual se ha servido informarme que el Gobierno Argentino ha decidido abolir la costumbre observada hasta hoy de enarbolar el pabellon nacional en los dias de fiesta celebrados por las naciones que entretienen una representacion diplomática cerca de esta República.

No he dejado de llevar al conocimiento del Gobierno I. y R. de Austria Hungría esta comunicacion y aprovecho la oportunidad para renovar á V. E. la expresion de mi consideracion distinguida.

R. KRAUEL.

A S. E. el Sr. Dr. D. Eduardo Costa, Ministro de Relaciones Exteriores,

Legacion de Belgica.

(TRADUCCION).

Buenos Aires, Enero 22 de 1891.

Señor Ministro:-Tengo el honor de acusar recibo de una circular, fecha 31 de Diciembre próximo pasado, por la cual V. E. pone en mi conocimiento que el Gobierno de la República acaba de abolir el uso de enarbolar el pabellon argentino con motivo de fiestas y aniversarios, ó de duelos nacionales en órden á otros países.

Es verdad, como V. E. lo constata, que esta práctica no tenía por origen, ni una prescripcion de la ley, ni una convencion internacional. Constituía un simple acto de cortesía, pero éste, en un país que recibe cada año un gran número de emigrantes extranjeros, simbolizaba en cierto modo el carácter generoso de la hospitalidad argentina, circunstancias que lo hacía muy apreciable. Sea de ello lo que fuere, la abolicion del precitado uso, no puede modificar, es evidente, los vínculos de solidaridad y de simpatía que unen entre sí á naciones amigas, cuyas relaciones han sido siempre cordiales.

Ruego á V. E, Sr. Ministro, acepte las seguridades de mi más alta consideracion.

ERNESTO VAN BRUYSSEL.

A S. E. el Sr. Dr. D. Eduardo Costa, Ministro de Relaciones Exteriores.

LEGACION EN ITALIA.

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