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dicho puerto, las autoridades aduaneras se apoderaron de aquéllas, é impusieron una multa de $ 1.200.

Acompáñase copia de la declaracion jurada que explica cabalmente todo lo ocurrido, y se me ha encargado someter el asunto á la consideracion del Gobierno Argentino en la esperanza que V. E., (puesto que no se intentó, ni se tuvo en vista, ni, en el hecho, se cometió fraude alguno) tendrá la bondad de hacer que sean impartidas órdenes por donde corresponda, y á la posible brevedad, para que las sesenta y una latas de aceite en cuestion puedan ser devueltas y para que sea remitida la multa que, como queda dicho, se le impuso al buque.

Aprovecho la ocasion, Señor Ministro, para renovar á V. E. las seguridades de mi más alta consideracion.

F. PAKENHAM.

A S. E. el Señor Dr. D. Eduardo Costa, Ministro de Relaciones Exteriores.

Anxeos.

(TRADUCCION).

Vapor "Straits of Belle Isle ".

Yo, Jorge Briggs, domiciliado accidentalmente en la Terraza Prudhoc, n.o 1, on North Shields, marino recibido, declaro solemne y sinceramente como sigue:

I. Soy maestre (capitan) del vapor "Straits of Belle Isle," cuyo vapor fué fletado por los señores Aicardi, Heynes y C.a de Bari, dueños de vapores y á la vez comerciantes, para cargar un cargamento general.

La contrata de fletamento lleva fecha de 28 de Mayo de 1889. El buque cargó cargamento general en Barletta, Bari, Messina, Nápoles y Génova, puertos estos de Italia y de Si

cilia. Partes del cargamento eran destinados á Montevideo, á Buenos Aires y al Rosario.

II.-El buque salió de Génova, donde embarcó su última carga, el 24 de Agosto de 1889, siguiendo viaje hasta llegar á Montevideo, el 27 de Setiembre, en cuyo puerto descargó parte del cargamento destinado á dicho puerto, con excepcion de 61 latas de aceite, las que se hallaban en la bodega n.o 2 debajo del cargamento que venía consignado á Buenos Aires.

Con fecha 4 de Octubre, figura, segun veo, el siguiente asiento en el diario de navegacion llevado por el segundo del buque: "A la 1 p. m. concluí con todo el cargamento de la bodega n.o 2 con excepcion de 61 latas de aceite con la marca A. C., pues aquéllas se hallaban entre el cargamento para Buenos Aires;" completóse la descarga del buque el 4 de Octubre y el mismo dia siguió viaje para Buenos Aires, donde llegó á las 7 a. m. del siguiente dia.

III.-El 5 de Octubre comenzamos la descarga de aquello que venía con destino á dicho punto. Concluimos de descargar (inclusive lo del Rosario el 14 de Noviembre último).

IV.-El dia que llegó el buque à Buenos Aires, me vi con al señor T. Gibbson, agente de los SS. Aicardi, Heynes y C.a, los fletadores, y le hice saber que á bordo del buque había 61 latas de aceite que debían haber sido desembarcadas en Montevideo y que venían marcadas A. C.

Dijo él está bien; téngalas á bordo y descárguelas á su regreso á Montevideo.

V. Más o menos el 17 de Octubre la lancha de la aduana atracó al buque y el que la mandaba me preguntó si todavía conservaba á bordo 61 latas de aceite que debían haberse desembarcado en Montevideo.

Contestele que sí. Me pidió le diera un apunte por el que constara que tenía yo aquéllas á bordo; asi lo hice y la lancha se alejó.

VI. El dia 19 de Octubre recibí del Señor Gibbson la nota que ahora se exhibe y se me muestra señalada A y la que trajo el empleado en la lancha de la Aduana (Resguardo).

Las 61 latas fueron trasbordadas á dicha lancha que se las

llevó; yo desembarqué en ella, me vi con el Señor Gibbson y le pregunté porque no había manifestado las latas á mi llegada tal cual se le había comunicado á él, á lo que me contestó que yo algo le había dicho acerca de carga que debía haberse desembarcado antes de llegar á Buenos Aires, pero que no se había fijado mayormente ni en cantidad, ni en calidad de aquélla.

Le lei el apunte que había yo hecho en mi diario, cuando le mencioné por primera vez lo ocurrido.

VII.-Estando yo en Buenos Aires, se me informó por el Resguardo que las latas habían sido confiscadas y que se impondría una multa al buque ó á los agentes. El Señor Gibbson escribió á los SS. Schwartz y C.a de Montevideo, los agentes de los fletadores, pidiéndoles mandáran un certificado en que se declarara que las 61 latas debían haber sido desembarcadas en esa; lo que se hizo.

Con este certificado elevó el señor Gibbson una solicitud á las autoridades aduaneras declarando en ella que no había intencion alguna de defraudar al Fisco, pero que las latas habían seguido viaje con el vapor y que serían devueltas y entregadas siempre que no hubieran pasado á poder de otro.

Antes que zarpara el buque del puerto de Buenos Aires, el señor Gibbson y yo fuimos repetidas veces à averiguar lo que hubieran resuelto las autoridades aduaneras, pero sin que pudiéramos conseguir informes satisfactorios.

La víspera de zarpar el buque, fuí con el señor Garcao, socio de la casa de los SS. W. Sanson y C.a y vimos al señor Gibbson quien en esa ocasion negó categóricamente que yo le hubiera jamás dicho nada respecto al cargamento que debía haberse desembarcado en Montevideo. Le hice saber yo que no tan solo le había dado los números correspondientes á las latas en cuestion, sino que conjuntamente sus respectivas marcas.

Le dijo al señor Garcao que caso de imponerse una multa, rebajaría hasta cada centavo del importe de ella, del flete. IX.-Antes de partir de Buenos Aires, dí poder á la casa del señor Garcao para percibir el saldo del importe del flete

que se le adeudaba al buque y que sumaba ₺ 1.325 menos £ 1.200 por multa de aduana, cuya multa le autoricé á que la protestara y les hice saber que ella era motivada enteramente por la falta de Aicardi, Heynes y C.a, en no haber manifestado el cargamento que debiendo haberse desembarcado en Montevideo había seguido viaje para Buenos Aires.

X.-El 6 de Noviembre escribí de Montevideo á los SS. Aicardi, Heynes y C.a, copia de la carta que les envié se exhibe y va señalada con la letra B.

Los trabajos aduaneros en Montevideo y Buenos Aires fueron hechos por los fletadores y de haber supuesto yo que las latas no hubieran sido declaradas, habría arreglado yo mismo todo el asunto.

Declaracion prestada en North Shields el 11 de Febrero de 1890.

Ante mi.-H. A. Adamson.

GEO BRIGGS.

Señor Capitan Briggs.

(Anexo A.)

Buenos Aires, Calle Corrientes 424.

Vapor "Straits of Belle Isle. "

Muy señor nuestro:-La aduana nos ha entregado hoy una órden del Gobierno para compeler á Vd. á descargar en esta 61 latas de aceite marca A. C. que dice tiene Vd. ȧ bordo y que no las ha manifestado.

Tenemos entendido que mañana irán á bordo á ilevar á efecto la órden;-lo único que podemos aconsejarle á Vd. es cumplir esta misma.

De Vd. atento SS. SS.

pp. Aicardi, Heynes y Ca

T. Gibbson.

Carta recibida del Oficial del Resguardo, Octubre 9 de 1889,

Sábado, fecha en que fueron entregadas las precitadas mercaderías.

G. B.

Vapor "Straits of Belle Isle. “

Este es el escrito ó nota marcada A á que se hace refe rencia en la declaracion de G. Briggs, prestada hoy 11 de Febrero de 1890.

Ante mi. Horacio A. Adamson, (Comisionado.)

(Anexo B.)

Vapor "Straits of Belle Isle ".

Montevideo, Noviembre 6 de 1889.

Señores Aicardi Heynes y Ca

Bari.

Señores: -Despues de penosísimo trayecto de 29 dias concluimos la descarga y lamento muchísimo que no pueda hacer saber que se me tratara la casa de Vds. en Buenos Aires con la misma cortesía y la misma ayuda que Vds. y sus agentes en Italia me prestaron. Los SS. Schwartz y C.a, de ésta, tambien me han prestado toda especie de ayuda y esto en la forma correcta y comercial que les es habitual.

Debido á que su empleado de Vds. en Buenos Aires, el Señor Gibbson, se descuidó en declarar la existencia del cargamento que debía haberse desembarcado en Montevideo, existencia que puse yo en su debido conocimiento á mi llegada á Buenos Aires, dicho cargamento ha sido confiscado por las autoridades aduaneras y queda pendiente una multa de $20 por lata.

Hay sesenta y una latas de aceite marcadas A. C.

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