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Legacion
de la

República Argentina en Inglaterra

Londres, Octubre 6 de 1890.

Señor Ministro: - He tenido el honor de recibir la importante Circular de V. E., dirijida en el mes de Julio último á las Legaciones de la República, sobre las modificaciones que en algunos Estados europeos se están introduciendo en las leyes aduaneras con fines proteccionistas, tendentes á causar graves perjuicios á nuestra agricultura y ganadería, y á oponer serios obstáculos á nuestro comercio con esos Estados.

Felizmente esta política económica no entra en las ideas inglesas, ni tiene expresion en su sistema financiero. Hace medio siglo que Inglaterra, despues de una lucha viva contra la rutina y el antagonismo internacional, proclamó y puso en práctica el Comercio Libre, borrando de sus leyes, casi totalmente, los derechos de Aduana sobre las mercancías que se introducen de países extranjeros. Esta reforma tiene ahora la sancion de la experiencia, porque desde que se hizo, mejoró visiblemente la agricultura, que el antiguo impuesto pretendía proteger, los géneros alimenticios bajaron de precio, el trabajo cobró nueva energía, el bienestar público se esparció por todas partes, aumentó el comercio y la navegacion, resultando así comprobados los sanos principios sentados por la ciencia económica desde el tiempo en que Adam Smith los expuso magistralmente.

De los pocos productos que todavía están gravados en este país con derechos de importacion, ninguno forma parte de la produccion argentina exportable. Esos productos son doce: tabaco, té, café, cacao, algunas drogas y frutas secas, vagilla de oro, cierta clase de jabon, los espíritus, los vinos, los licores y la cerveza. Para mayor exatitud, insertaré aquí una nómina completa de ellos:

La cerveza paga un impuesto de una libra esterlina y seis chelines por barril de 36 galones; la chicoria, trece chelines

por libra; el cloral, un chelin y tres peniques por libra; el cloroformo, tres chelines por libra; el colodion, una libra y cuatro chelines por galon; el éter acético, un chelin y nueve peniques por libra; el éter sulfúrico, una libra y tres chelines por galon; el cacao, un penique por libra; el café, catorce chelines por quintal; las frutas secas, siete chelines por quintal; la nafta, diez chelines y cuatro peniques por galon; la vagilla de oro, diez y siete chelines por onza; el jabon, en cuya fabricacion se ha empleado alcohol, tres peniques por libra; los naipes, tres chelines y nueve peniques por docena de juegos; los espíritus ó aguardientes y barnices conteniendo alcohol, diez chelines y cuatro peniques por galon; el agua de Colonia, diez y seis chelines y seis peniques por galon; los licores, catorce chelines por galon, el té, cuatro peniques por libra; el tabaco, de tres á cuatro chelines y seis peniques por libra; los vinos, de uno á dos chelines y seis peniques por galon.

Todos los demás productos y todas las manufacturas extranjeras, excepto los que dejo enumerados, entran libremente al Reino Unido. El monto de valores sujetos á derechos de Aduana, fué el año paso de ₺ 27.700.000, y los derechos. percibidos ascendieron casi al 75 por ciento (₺ 20.207.000), siendo los articulos más productivos los espiritus, los vinos, el tabaco y el té; y es digno de notarse, aunque sea de paso, que estos cuatro renglones producen al Estado más de la cuarta parte de sus rentas generales.

Con motivo de las discusiones que ocurrieron en el Parlamento cuando se celebró la Convencion sobre los azúcares, de que di cuenta en mis notas de 22 de Diciembre de 1887 y 3 de Setiembre de 1888, se ha visto que el partido Tory, hoy en el poder, no piensa volver al sistema proteccionista que sostuvo en otros tiempos, de modo que no hay motivo. alguno para temer que Inglaterra reaccione y levante de nuevo una bandera que todos reconocen definitivamente abandonada y vencida en este país.

De lo que dejo expuesto se deduce que el Gobierno Argentino no tiene porque tomar medida alguna de represalia contra las tarifas inglesas, porque éstas lejos de conspirar contra

las industrias argentinas, las favorecen del modo más amplio posible, dejando abierto vasto campo para la expansion del comercio importante y activo que tenemos con el Reino Unido y que con el desarrollo de nuestro país crece constantemente. Así, por ejemplo, ia carne fresca conservada por el frio adquiere cada dia mayor aceptacion En los nueve meses corridos del presente año, la cuarta parte de esta clase de carne introducida en el Reino, ha venido de la República Argentina. La misma perspectiva ofrecen nuestros cereales, y especialmente el maíz, pues somos ya los mejores introductores de este grano despues de Rumania, de donde se importó en el mes de Setiembre en Inglaterra un millon doscientos ochenta y ocho mil quintales, mientras que de la República Argentina se introdujeron novecientos ochenta y nueve mil quintales, figurando despues de nosotros los Estados-Unidos y Rusia. En el mes anterior de Agosto había sucedido cosa parecida.

Además, la nueva Tarifa de Estados-Unidos, que hoy entra en vigor, ofrece á nuestros granos un porvenir inmenso, que puede compensarnos la pérdida que nos imponen los norteamericanos cerrando á nuestras lanas sus mercados.

El ganado en pié es el único producto argentino que encuentra obstáculos al entrar en este país, y éstos no son opuestos por las leyes aduaneras sino por las sanitarias que por su exageracion pueden dar lugar en la práctica a abusos deplorables.

Dejando así contestada la Circular de ese Ministerio, tengo el honor de reiterar á V. E. las seguridades de mi más alta y distinguida consideracion.

LUIS L. DOMINGUEZ.

A S. E. el Sr. Dr. D. Eduardo Costa, Ministro de Relaciones Exteriores de la República Argentina.

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Legacion Argentina

en

Alemania

Berlin, Octubre 9 de 1890.

Señor Ministro:-Con fecha 21 de Agosto del corriente año, en nota núm. 29, tuve el honor de acusar recibo de la Circular de ese Ministerio, referente á las tarifas con que se gravan nuestras exportaciones en este Imperio.

En cumplimiento de las instrucciones en ella contenidas, me diriji á las principales oficinas Consulares de la República, á fin de contar con mayor amplitud de datos para facilitar el estudio sobre tan importante materia.

La Europa entera se preocupa actualmente, Señor Ministro, de resolver los problemas económicos que afectan los intereses de sus diferentes nacionalidades.

Las tendencias son proteccionistas y las leyes aduaneras de algunos Estados manifiestan un espíritu acentuado en ese órden de ideas.

La discusion diplomática pendiente entre Francia é Italia, llamada "guerra de tarifas", tiene por origen la denuncia hecha por la segunda (el 15 de Diciembre de 1886 para terminar l 1o de Enero de 1888), del tratado de comercio firmado entre ambos países el 14 de Mayo de 1882: prorogado por dos meses por un protocolo que tuvo lugar en Roma el 29 de Diciembre de 1887.

Desde el 1o de Marzo de 1888, fecha en que espiró esta prorogacion, los productos italianos han sido sometidos al pago de los derechos de las tarifas diferenciales, estableci das por la ley de 27 de Febrero de 1888, continuando entretanto la lucha, cada dia más viva y sin probabilidades de un acuerdo definitivo é inmediato.

Por otra parte, efectuada la triple alianza, entre Alemania, Austria é Italia, las leyes aduaneras de estos tres grandes Estados, tienden á protejerse entre sí para facilitar el intercambio y disminuir los perjuicios que necesariamente resultan con la "guerra de tarifas" mencionada.

La Rusia, adoptando la política de Francia, acaba de elevar los derechos de importacion en un 20 %.

La Alemania impuso fuertes derechos proteccionistas á los productos extranjeros cediendo á las exigencias de los diferentes centros industriales y agrícolas del Imperio, pero los relativos á los cereales y á la carne han encontrado oposicion por ser artículos de primera necesidad.

Los Estados Unidos de la América del Norte como los más directamente amenazados con el espíritu y tendencia de las reformas europeas, han respondido bajo la forma del bill Mac-Kinlay, que es sin duda alguna un acto de represalia dirijido á las industrias de los principales países eu Europa como son Inglaterra, Alemania, Francia y hasta el Austria, y es presumible que provocará medidas análogas, cuyas consecuencias no es difícil prever.

¿Serán gravadas nuestras exportaciones, las lanas, por ejemplo, que hoy se hallan libres de derechos, tanto en Alemania como en Francia?

No lo pienso, porque esa medida afectaría principalmente la industria nacional y segun informes recibidos de buen origen, se cree que encontraría una fuerte oposicion. No obstante, si las tendencias manifiestamente proteccionistas de Francia sobre los productos agrícolas, se extendiesen á las lanas, es de temer que lo sean tambien en este país.

Establecidos estos hechos, tócame informar á V. E. con la detencion posible, del desarrollo alcanzado en las relaciones comerciales entre nuestro país y Alemania.

En las leyes de Aduana de este Imperio se observa la tendencia de dar libre entrada á toda materia en bruto y de gravar fuertemente todos aquellos artículos que se pueden fabricar ó producir en el pais mismo.

Con tal motivo el Cónsul Argentino en Bremen, expone lo que á continuacion transcribo:

"Examinando los impuestos alemanes sobre los productos "argentinos, como se representan en el cuadro A (anexo no. 1) es preciso convencerse que el espíritu de la ley es sobre "todo proteccionista y que ha servido para hacer imposible.

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