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"importaciones en gran escala de nuestros cereales y car

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nes, empresas que se han desarrollado poderosamente en "la Inglaterra bajo el sistema del comercio libre.

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"El perjuicio de los altos derechos es más grande para "nuestra República porque estamos á tan grande distancia que no podemos utilizar los movimientos del mercado del "mismo modo que la Rusia y los Estados-Unidos que ape"sar de los derechos, siempre están en posicion de aprove"charse inmediatamente de las necesidades del momento.

"La importancia del mercado aleman de granos para los países productores resalta todavía más, si nos fijamos que "á pesar de derechos altos, la importacion de granos durante " el año 1889, se elevó á la enorme cantidad de cerca de tres "millones de toneladas con un valor de 357 millones de LL marcos.

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"Los derechos sobre carnes frescas y conservadas como "sobre hacienda viva son tan altos que hasta ahora se ha "podido evitar toda importacion en grande escala, pero es muy posible que en vista de los precios actuales de este " alimento necesario, y de la agitacion entre la clase obrera, "el Gobierno Aleman se vea obligado á modificar la pre"sente ley.

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Esto no obstante, me es satisfactorio agregar que, si bien los impuestos sobre nuestros cereales y carnes son crecidos, en cambio hay otros que no lo son, relativamente á los que se hallan establecidos en otros países de Europa.

Por la tarifa de derechos se vé, que si los bueyes por ejemplo, pagan 30 marcos cada uno, las vacas y toros no pagan más que 9 marcos y los novillos 6 marcos, mientras en Francia los derechos son de 38 francos cada uno, impuesto este último á que fueron sometidos en el Havre las vacas y novillos importados desde Buenos Aires el año pasado (véase Boletin Mensual del Ministerio de Relaciones Exteriores, mes de Julio 1889, página 211.)

Y aqui llamo la atencion de V. E. sobre un asunto que me prometo ampliar tan luego como reciba nuevos informes y es que, en algunos circulos comerciales se trata de hacer

ensayos importando hacienda en pie de la República, para lo cual la Sociedad Rural Argentina no dudo que le prestará su ayuda, como ya lo ha hecho anteriormente, en caso de llevarse á efecto los trabajos que me anuncian.

Por otra parte, debo agregar que nuestros productos como las lanas, cueros salados, de matadero, pieles no curtidas, son libres de derechos. Los cereales pagan: el maíz, 2 marcos los 100 kilos y 5 marcos el trigo, cebada 2.25 márcos, el lino está libre de derechos y la carne fresca y en extracto paga 20 márcos los 100 kilos.

Los productos de saladero, como ser el sebo y la grasa pagan 2 marcos los 100 kilos, pero el aceite animal es libre de entrada.

El ganado lanar paga 1 marco cada uno y los caballos y animales de raza 20 marcos, con excepcion de los potrillos.

V. E. podrá verificar estos impuestos en el Anexo no. 2. En cuanto al comercio general que alimentamos con Alemania, segun las estadísticas que tengo á la vista, dos son los puertos principales por donde el tráfico comercial se efectúa con nuestro país y con las demás naciones de ultramar: Hamburgo y Bremen.

Los productos que desembarcan en Bremen, se cotizan, una parte en dicho puerto y la principal en Leipzig y en Dresde, y los de Hamburgo en esa misma plaza, siguiendo el resto á los diferentes centros comerciales de Alemania. A Leipzig se dirijen en grande escala nuestras lanas y los cueros; el movimiento en cereales, carnes, etc., es casi nulo. En lanas se recibe aproximadamente por año, un valor de 20 millones de marcos y en cueros 300,000 marcos, mientras que la exportacion de Leipzig á nuestro país es como de unos 200.000 marcos en máquinas de agricultura, de imprenta, etc.

Los principales artículos argentinos que se cotizan en Dresde, capital del Reino de Sajonia, son tambien las lanas, crines, cueros, maíz, linaza y cueros de carnero, con cuyos productos se hacen activas operaciones.

De las lanas argentinas, la Alemania importa una parte muy

considerable y de entre los Estados de esta nacion, es el Reino de Sajonia el que más consume. En Dresde, las fábricas de tejidos emplean de 12 á 15,000 fardos, cuyo valor aproximado es de 7 à 9 millones de marcos.

La exportacion de artículos de Sajonia hácia nuestro pais aumenta todos los años, especialmente desde que los fabricantes venden directamente á las casas de comercio en Buenos Aires y envían agentes especiales para contraer nuevas relaciones mercantiles con el fin de economizarse los gastos que les originarian el comercio de tránsito.

De Dresde se exportan los artículos siguientes: máquinas de coser, muebles, pianos, productos químicos, porcelanas, lozas, artículos de algodon, paños, etc., por valor de (2.300.000) dos millones trescientos mil marcos al año.

La importacion de la República Argentina en el año 1889 por el puerto de Bremen, ha ascendido á 22.926.900 marcos, segun estadística, (Anexo n.o 3).

La importacion de la República Argentina en el mismo año 1889 por el puerto de Hamburgo, segun la estadística, ha sido de 37.346.060 marcos (Anexo n.o 4).

En estas estadisticas figuran nuestras lanas por un valor de 21.665.000 marcos por el puerto de Bremen y por valor de 24.862.070 marcos por el puerto de Hamburgo. En este último ha habido tambien una importacion por valor de 8.271.330 marcos en cueros de potro, lanares y vacunos, así como en maíz 1.085.380 marcos, no obstante el fuerte gravámen impuesto á los cereales.

La exportacion de Alemania á la República, llega á una suma considerable; por el puerto de Hamb.rgo, segun la estadística oficial (Anexo n.o 5) durante el año 1889, han sali lo mercaderías por valor de 44.701.200 marcos, y si á esta exportacion agregamos la de Leipzig que ha sido de unos 200.000 marcos y la de Bremen en 5.000.000 de marcos (Anexo n.o 6) arroja la suma total de 49.901.200 marcos.

Debo observar á V. E. que estos datos se concretan á las exportaciones é importaciones habidas por los puertos de Bremen y de Hamburgo, y que no está incluida la expor

tacion de Dresde que monta á 2.300.000 marcos, así como no están comprendidas las que se introducen y salen del centro y sur de Alemania, del Gran Ducado de Baden, por ejemplo, de la Baviera, que frecuentemente toman la vía de los puertos de Francia é Italia.

Los productos argentinos que se intro ucen en esa parte del Imperio, así como los exportados á la República por esas vías, no están determinados y no existe departamento donde pueda ponerse en evidencia, ni para donde pasan los primeros despues de desembarcados, ni de qué punto de Alemania provienen al embarcarse, por Italia ó Francia, los artículos en los buques que los llevan á la República Argentina, especialmente en este último caso, desde que no existen derechos de exportacion algunos; pero es de suponer que esto último constituya una menor parte en el comercio general establecido.

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En la circular que contesto se me recomienda tambien señalar los productos de Alemania "que más se indiquen para una fuerte imposicion en nuestra Aduana con medida re"cíproca. En el Anexo n.o 6, V. E. encontrará una lista de los productos que salen de Bremen y que merecen especial mencion: el azúcar, el arroz, alambre, cerveza etc. De Hamburgo se hace notar la ferretería, los pianos y otros. muchos artículos que se especifican tambien en el Anexo número 5. Pero, á este respecto, me permito observar á V. E. que nadie estaría más habilitado para señalarlos con precision, que nuestra Direccion General de Rentas, que conoce las necesidades de la plaza comercial de Buenos Aires y de las provincias, sus exigencias y los artículos que pudieran ser más o menos gravados sin causar por ello dificultades en el órden económico.

Despues de las consideraciones expuestas y del estudio de las tarifas aduaneras de Alemania, que tengo el honor de someter á V. E., poco me queda que agregar.

En resúmen, Señor Ministro, debo señalar á V. E. el hecho de que si bien en las tarifas mencionadas no faltan disposiciones proteccionistas, en general puede decirse que la

legislacion aduanera en Alemania es liberal y que nuestros principales productos no están gravados, con excepcion de los cereales y de las carnes. Si estas tarifas fuesen modificadas daré de ello cuenta inmediata á V. E.

Esperando haber interpretado cumplidamente los deseos manifestados en la circular mencionada, me complazco en renovar á V. E. las seguridades de mi más distinguida consideracion.

CARLOS CALVO.

A S. E. el Señor Doctor Don Eduardo Costa, Ministro de Relaciones Exteriores de la República Argentina.

Legacion
de la

República Argentina en Portugal.

Lisboa, Diciembre 8 de 1890.

Señor Ministro:-Los anuncios hechos por los órganos del nuevo Gabinete respecto de importantes reformas proyectadas en las Leyes de Aduana para 1891, me hicieron postergar la contestacion à la nota Circular de ese Ministerio, del mes de Julio próximo pasado, en la que se pide á esta Legacion informes acerca de las modificaciones introducidas en las leyes aduaneras de este Reino y de la tendencia proteccionista que parece animar á los Gobiernos europeos á fin de resolver sobre la adopcion de igual sistema en la República, más no habiéndose producido aquellas reformas hasta esta fecha y constándome, por el contrario, que no serán ellas realizadas hasta que las nuevas córtes de 1891 funcionen, creo de mi deber no dejar pasar más tiempo sin contestar la Circular citada, por más que carezcan de interés los informes que puedo suministrar á V. E.

En efecto, es tan pequeño el movimiento comercial entre Portugal y la República Argentina, que cualesquiera refor

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