Imágenes de páginas
PDF
EPUB

rante la campaña del Perú; debiendo contarse ésta desde la fecha en que se embarcaron en Valparaiso hasta la de su regreso al territorio de la República; abonándose a mas un año a los que se hallaron en la batalla de Yungai (1).

Tómese razon i comuníquese.

PRIETO:

Ramon Carareda.

COMBATE NAVAL DE CASMA.

Santiago, marzo 28 de 1839.

Deseando el Gobierno manifestar su reconocimiento con una recompensa digna de los heroicos esfuerzos de los Jefes i Oficiales de marina i de los que mandaron las tropas que guarnecian los buques de guerra de la Escuadra en el glorioso combate naval de Casma el 12 de enero del presente año; viene en concederles el uso de una medalla de oro costeada por el Tesoro público, la cual tendrá diezi seis líneas de diámetro i la llevarán pendiente de una cinta azul celeste al lado izquierdo de la casaca: la medalla figurará una estrella de cinco puntas de esmalte blanco, guarnecidas de oro e iluminados los ángulos de ella con rayos diverjentes del mismo metal; en el anverso se verá una corona naval circulada de dos ramos de laurel enlazados por sus estremos inferiores i en su circunferencia esmaltada de encarnado, se leerá el siguiente lema: El Gobierno de Chile a los vencedores en Casma, i en el reverso con letras de oro realzadas esta inscripcion: El 12 de enero de 1839.

Tómese razon i comuníquese (2)..

PRIETO.

Ramon Cavareda.

PERMISO AL EJÉRCITO RESTAURADOR DEL PERU,

Santiago, abril 2 de 1839.

-El Gobierno en uso de las facultades estraordinarias de que se halla investido por la lei de 31 de enero de 1837, i a consecuencia de la solicitud que al efecto le ha sido dirijida a nombre del Excmo. se

(1) Este abono se hizo estensivo a los Jenerales, jefes i oficiales por decreto supremo de 23 de julio de 1839.

(2) Este decreto se comunicó a la Inspeccion en 11 de diciembre de 1839,

RECOP. MILIT,

66

ñor Presidente provisorio del Perú, ha venido en conceder a los Jenerales, jefes, oficiales i tropa del Ejército chileno restaurador, el permiso necesario para que puedan admitir los grados i condecoraciones que les han sido acordados por el Gobierno de aquella República.

Tómese razon i comuníquese.

PRIETO.

Ramon Carareda.

CAMPO DE YUNGAI.

Para perpetuar la memoria de la gloriosa victoria de Yungai, i trasmitir a nuestra mas remota posteridad un testimonio de la gratitud nacional, debido al Ejército chileno que ha hecho la campaña del Perú i triunfado en aquella memorable jornada, he acordado i de

creto:

1. En la entrada del camino de Valparaiso a esta ciudad se formará un paseo público que tomará la denominacion de Campo de Yungai.

2. En este paseo público se erijirá un arco triunfal.

En la fachada que mira hácia el poniente, se colocará la inscripcion siguiente:

EL PUEBLO CHILENO

CONSAGRA ESTE MONUMENTO

A LA

GLORIA DEL EJÉRCITO DE CHILE,

QUE BAJO EL MANDO DEL JENERAL BÚLNES

HIZO LA CAMPAÑA DEL PERÚ

I TRIUNFÓ EN YUNGAI

EN 20 DE ENERO DE 1839.

En la fachada que mira al oriente se inscribirán en láminas de bronce los nombres de los jefes i oficiales que murieron en la campaña del Perú.

3. Una diputacion de cada una de las municipalidades de la República, acompañará al Gobierno i a las autoridades supremas a la colocacion de la primera piedra de este monumento, que se verificará con la pompa i esplendor posibles.

4. El Ministro del Despacho del Interior queda encargado de la ejecucion de este decreto.-Dado en el Palacio de Gobierno en Santiago, a 5 de abril de 1839.

PRIETO.

Mariano de Egaña.

COMPAÑÍA DE ARTILLERIA.

Santiago, abril 11 de 1839.

La sétima compañía de artillería, mandada organizar por decreto de 4 de febrero último, se considerará disuelta desde el 1.° del presente mes i todos los individuos que la componen se reputarán incorporados en sus respectivas clases en el batallon de infantería de linea Chillan, desde la precitada fecha de la disolucion.

Tómese razon i comuníquese.

PRIETO.

Ramon Carareda.

APENDICE.

SUELDOS (1).

Santiago, noviembre 4 de 1818.

Desde que Chile dió el primer paso a la instalacion del Gobierno que hoi le rije, ha sufrido una serie de contrastes que no solo han paralizado los progresos de aquel, sino que tambien han destruido i aniquilado el fondo público. Este funesto resultado tuvo su primer oríjen de la inesperiencia i poco tino en la direccion de tan grande empresa. A él fué consiguiente nuestra subyugacion por las armas del rei de España, i en esta triste época se repitieron los sacrificios de estos habitantes, i se desvastaron los intereses con que debíamos contar para llenar los esfuerzos que nos restituyeron la libertad. Recuperada ésta, ha sido indispensable sostener una guerra que por su duracion i larga distancia en que se ha hecho, ha consumido i agotado los fondos de la nacion. Esta se vé hoi amagada de fuertes i sangrientas hostilidades. A proporcion de los peligros ha sido preciso tentar medidas tanto mas árduas i costosas, cuanto inusitadas i desconocidas en el pais. Una marina respetable i bien organizada ha sido el fruto de los últimos desvelos del Gobierno; pero al mismo tiempo que vé logrados de algun modo sus conatos, advierte que ni las fuerzas navales ni las de tierra pueden subsistir ni ménos obrar, si no se apuran todos los resortes de economía pública; i en este conflicto es necesitado el Gobierno a declarar, como desde luego declara, que: a todos los jefes i oficiales agregados al Estado Mayor del Ejér

(1) Este decreto es citado por el de 1.o de agosto de 1819, que no inseramos en su lugar, porque se nos pasó por alto.

« AnteriorContinuar »