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MINISTERIO DE RELACIONES ESTERIORES.

Al Sr. D. Mariano Baudrix, Encargado de Negocios de la Con federacion Argentina.

Montevideo, Agosto 28 de 1859.

El principio de neutralidad adoptado por el Gobierno de la República como regla de su conducta en la cuestion Argentina, le impone el deber de evitar todo cuanto pueda desvirtuarlo, llevándole á tomar participacion directa ó indirecta en la lucha á que debe permanecer estraño. Asi lo aconsejan las mas altas conveniencias de la República; asi lo aconseja tambien la naturaleza misma de la cuestion que se debate, y hasta los intereses bien entendidos de la Confederacion Argentina. Esa neutralidad, sin embargo, no impide que sean tratados de diverso modo ambos beligerantes por el Gobierno de la República, neutral en la contienda, siendo tambien diversa la base y la situacion, ya preexistentes, de las relaciones que respectivamente mantiene con ambos, y que no le es lícito modificar por sí mismo, establecidas las causas que han preparado esa situacion especial, independientemente de su propia voluntad.

Antes de ahora, y cuando la cuestión actual no habia tomado aun un verdadero carácter de alarma, cuando era fundada la esperanza de que no habian de llegar á romper las hostilidades que hoy amenazan, ya por la actitud misma de los contendentes, ya por las circunstancias que han concurrido á detener un rompimiento, como tambien por la interposicion del Agente de una Potencia amiga y respetable, el Gobierno creyò conveniente permitir la provision de armas, el enganche de hombres etc. á los Agentes de la Confede racion en la República; porque á ello, por otra parte, no obstaba el principio de la neutralidad. Empero, despues de la incursion he cha por la fuerza Naval Argentina en el Puerto de Buenos Aires, volviendo en seguida á refugiarse en este, la situacion que ha sobrevenido es doblemente alarmante; y V. S. que conoce sus míni mos detalles, no puede menos de comprender cuán delicada es hoy la posicion de la República, y las complicaciones de seria trascendencia en que puede verse comprometida á la altura á que han llegado los sucesos.

Penetrado como habrá de hallarse V. S. de la gravedad de estas consideraciones no estrañará que, usando de la misma franqueza y lealtad de que tan inequívocas pruebas ha dado al Gobierno de la Confederacion Argentina,el de la República le declare por el intermedio de V. S.-que en la actualidad considera incompatible la continuacion del armamento de la Escuadra Argentina, y su misma permanencia en el Puerto de esta ciudad, con esa neutralidad que representa para el Gobierno Nacional la política de sus convic

ciones y de las conveniencias de este pais; y que, por lo mismo, está en el deber imprescindible de salvar de todo menoscabo.

Haciendo á V. S. esta declaracion de òrden del Exmo. Sr. Presidente de la República, me persuado de que V. E. no hesitará en impartir sus órdenes á quienes corresponda, para hacer efectiva la suspension del armamento enunciado, disponiendo á la vez lo conveniente, á fin de que la Division Naval de la Confederacion se halle dispuesta para salir de las aguas de la República en el menor término posible.

Aprovecho la oportunidad para reiterar á V. S. las seguridades de mi mas distinguida consideracion.

Està conforme-A. de Brayer.

Es copia

ANTONIO DE LAS CARRERAS.

El Subsecretario de Relaciones Esteriores.
Carlos Guido y Spano.

MINISTERIO DE RELACIONES ESTERIORES.

Al Sr. D. Mariano Baudrix, Encargado de Negocios de la Confederacion Argentina.

Sr. Encargado de Negocios:

Montevideo, Agosto 30 de 1859.

En adicion à la nota que tuve el honor de dirigir á V. S. en 28 del corriente, manifestándole los principios, segun los cuales el Gobierno de In República, creia de su imprescindible deber apreciar los sucesos últimamente ocurridos en este puerto, he recibido encargo del Exmo. Sr. Presidente de la República para significar á V. S. á los efectos consiguientes, que se ha intimado ya á la Escuadra de Buenos Aires que se retire de las aguas de esta República, á fin de que la Argentina pueda evacuar el puerto sin peligro de ninguna especie, á las treinta y seis horas siguientes á la salida de aquella.

Haciendo á V. Š. esta comunicacion espero que impartirá sus órdenes para que ese plazo no se venza, sin que quede igualmente evacuado el puerto por la Escuadra Argentina; y aprovecho la oportunidad para reiterar á V. S. las seguridades de mi mayor consideracion.

ANTONIO DE LAS CARRERAS.

Es copia conforme-A. de Brayer.

Es copia-El Subsecretario de Relaciones Esteriores.

Carlos Guido y Spano.

LEGACION ARGENTINA.

Montevideo, Agosto 31 de 1859.

A S. E. el Sr. Ministro Secretario de Estado en el Departa mento de Relaciones Esteriores, Dr. D. Antonio de las Carreras.

El infrascrito Encargado de Negocios de la Confederacion Ar gentina tiene el honor de avisar á V. E. el recibo de sus notas fechas 28 y de hoy, dirigidas la primera á manifestarle que el principio de la neutralidad adoptada por el Exmo. Gobierno de esta República, como regla de su conducta en la cuestion Argentina, y las complica ciones de seria trascendencia en que puede verse comprometida á la altura á que han llegado los sucesos, ponen al Gobierno de V. E. en la necesidad de declarar al que firma, que en la actualidad, considera incompatible la continuacion del armamento de la Escuadra Argentina y su misma permanencia en el Puerto de esta Ciudad, con esa neutralidad que representa para el Gobierno Oriental, la politica de sus convicciones y de las conveniencias de este país. Y la segunda á esponer, que segun los sucesos últimamente ocurridos en este Puerto, el Exmo. Sr. Presidente ha encargado á V. E. signifique al abajo fir mado á los efectos consiguientes, que se ha intimado á la Escuadra de Buenos Aires que se retire de las aguas de la República, á fin de que la Argentina pueda evacuar el puerto á las treinta y seis horas siguientes á la salida de aquella.

El infrascrito ha prestado á las notas de V. E. toda la atencion que la gravedad de ellas debia naturalmente inspirarle, y pide permiso á V. E. para contestarlas con toda la detencion que su contenido demanda, á fin de disipar, al menos por el recuerdo oportuno de todos los hechos que han precedido al armamento y estacion de los buques Argentinos en estas aguas, toda apariencia de que la Escuadra de la Confederacion, por un uso ligero del derecho de hospitali dad, haya podido poner en peligro los principios fundamentales de la política actual del Gobierno de V. E, ni mucho menos espuesto á conflictos, un pueblo cuya independencia y tranquilidad son tan caros para el Gobierno Argentino, como cree haberlo acreditado con alto desprendimiento y notoria solemnidad.

El infrascrito conocia la perfecta neutralidad que S. E. el Sr. Presidente de la República se impuso desde su advenimiento al Poder, en las disenciones de la Confederacion Argentina; pero sabia tambien por la notoriedad de los acontecimientos que tuvieron lugar en 1858,y por el Mensaje que el digno antecesor de V. E. dirigió á las Honorables Cámaras Lejislativas en 9 de Abril del presente año, "que "el Gobierno de Buenos Aires en medio de las protestas de amistad "y respeto al de V. E., al que no se le podia reprochar sinò su esceso "de benevolencia, y en los momentos mismos en que reconocia en su "conducta respecto de la cuestion Argentina la mas estricta neutrali

"dad, habia organizado y dirigido sobre Montevideo, la vandálica "espedicion de la Maipú, con el designio de realizar sus planes de "guerra con la Confederacion." El infrascrito sabia por ese Mensaje solemne que, "el Gobierno de Buenos Aires criminal á los ojos "de esta Nación por su atentado contra la paz y la Independencia "de la República, estaba en completa desinteligencia con él de V. E. "y que esa desinteligencia duraria el tiempo que durase la actual si"tuacion de aquella Provincia, porque así era la voluntad del Go "bierno Oriental, que se hacia un deber en declararlo á los Represen"tantes de la Nacion."

Análogas apreciaciones habia consignado V. E. en la nota que con fecha 12 de Enero de 1858, se sirvió dirigir al Ministro de Relaciones Esteriores de la Confederacion Argentina, en la que demos trando V. E. los malos móviles y tendencias dominadoras del Gobierno de Buenos Aires, se sirvió manifestar que de ellas provenía el empeño de “hacer revivir la lucha de los antiguos partidos", "la pro"paganda de la prensa demagoga con sus doctrinas de esclusivismo "hasta el esterminio," "traida y mantenida por los individuos mismos "que la sustentaban en los diarios oficiales de Buenos Aires, y en fin, "la rebelion, el soborno, las conspiraciones de mercenarios estranje"ros, preparadas con iniquidad abominable etc."

En momentos pues, en que V. E. y su digno antecesor el Sr. Nin, juzgaban de este modo la política del Gobierno de Buenos Aires y establecian tan claramente la desinteligencia en que se hallaba con el de esta República, sobrevinieron los pronunciamientos de los pueblos Argentinos, por la solucion de la cuestion Nacional que ha mantenido dividida aquella República, y agitados á algunos de los Estados vecinos; y el Gobierno Argentino en la necesidad de prepararse á resolver por las armas, las dificultades que durante siete años ha opuesto el de Buenos Aires á la paz y organizacion de la Confederacion y de garantir la libre navegacion de los rios que afluyen al Plata, dispuso el apresto de una armada de la que una division se halló por causas estrañas en este Puerto.

La Legacion Argentina no pensò jamas sorprender la benevolencia del Gobierno de V. E., ni creyó deber envolver los aprestos maritimos de la Confederacion en las sombras del misterio. Pensó por el contrario que las intimas relaciones de amistad y alianza existentes entre el Gobierno Argentino y el de V. E., y cultivadas con tanta lealtad y esmero por S. E. el Presidente de la Confederacion en momentos de prueba, hacian naturales aquellos aprestos destinados á garantir la paz de los Estados del Plata. de los Estados del Plata. Y en ese concepto, ninguna sombra ocultò el armamento de los buques que debian concurrir á consolidar el reposo de estos pueblos contra las agresiones de un enemigo comun y alevoso.

El infrascrito debe consignar aquì, con espresiones de recono cimiento, que ninguna dificultad le fue creada entonces por el Exmo.

Gobierno de V. E.; y que lejos de ello encontró bien manifestadas sus buenas disposiciones hácia la Confederacion. Sin embargo de esto, anhelando presentar francamente algunas conveniencias de la cuestion Argentina, solicitó del antecesor de V. E., el Sr. Nin, una conferencia en la que tuvo el honor de esponerle las vistas de esta Legacion sobre el armamento de los buques, con otros puntos que creyò el abajo firmado conveniente presentar á la consideracion de S. E. El infrascrito pide permiso á V. E. para recordarle, que sus solicitudes fueron aceptadas sin limitaciones, y para indicarle que en un memorandum que en Mayo último el infrascrito entregó al Sr. Nin, que V. E. conoce, se hallan recapituladas todas las insinuaciones de esta Legacion.

El ilustrado predecesor de V. E. no opuso inconveniente á las principales solicitudes allí contenidas, y el Exmo. Gobierno de V. E. accedió con hechos reiterados, que no es necesario mencionar, su conformidad con el memorandum de esta Legacion. En vista de esas disposiciones prosiguieron los buques Argentinos en este Puerto esperando para terminar su armamento en él, la incorporacion del vapor "Hèrcules" y del bergantin "Argos" que se tripulaban y aprestaban en el Janeiro, de cuyo puerto, es notorio que el último recientemente ha llegado; y cuando anuncios de Buenos Aires indicaron que los emigrados Orientales conducidos de Entre-Rios en buques de aquel Gobierno, desembarcarian en estas costas, los vapores Argentinos, estuvieron prontos al servicio del Gobierno de V. É. con la solicitud que correspondia.

El infrascrito cumplió con el deber de instruir á su Gobierno de las deferencias del de V. E. que hacian innecesaria la salida de los buques desde que podian terminar en este puerto sus aprestos como parecia convenido: ellas fueron debidamente apreciadas por la Confederacion Argentina y por su esclarecido Gefe, que decansó desde entonces respecto de esta division, y el que firma se complace en creer que no habran sido indiferentes á V. E. los testimonios de perfecta reciprocidad, con que la Confederacion Argentina ha procurado acreditar su estimacion y estrechar sus relaciones comerciales con el Estado Oriental, á fin de que fueran ellas tan sueltas, como íntimas y cordiales eran las diplomáticas de ambos Gobiernos.

El abajo firmado siente necesidad de agregar aquí á V. E. que tan claras encontrò las disposiciones de este Exmo. Gobierno, e n favor de la integridad de la Confederacion, que no se presentó dificultad alguna ni para concertar la completa interdiccion de todos los puertos del Estado Oriental con los de Buenos Aires, siempre que igual medida se adoptase en los Puertos Argentinos. Ella fuè efec tivamente declarada en la Confederacion y en esta Capital: el Congreso Argentino se apresurò á reparar por medidas convenientes el perjuicio que esa interdiccion podia ocasionar al comercio de esta República, y si bien la inhibicion convenida no se ha mantenido en

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