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CONSULADO JENERAL DEL BRASIL.

Buenos Aires, 26 de Agosto de 1859.

El abajo firmado Consul Jeneral del Brasil, tuvo la honra de recibir la nota que el Sr. Ministro de Relaciones Esteriores de Buenos Aires, le dirijiò por órden del Exmo. Sr. Gobernador, con fecha 24 del corriente.

S. E. haciendo una reseña en esa nota, del despacho que el Sr. Ministro de Negocios Estrangeros del Imperio dirijió al abajo firmado en 30 de Julio último y del cual le fué entregada por el abajo firmado na copia auténtica, en conformidad con las órdenes de su Gobierno, presenta las observaciones que el Gobierno de Buenos Aires juzga que no puede ni debe omitir, y presta aquellas espli caciones que cree exijir forzosamente la misma naturaleza del citado despacho sobre hechos que van llamando muy seriamente la atencion del Gobierno Imperial, las cuales espera por lo tanto que seran tomadas en consideracion por el mismo Gobierno, y apreciadas debidamente. Cumple, pues, al abajo firmado informar á S. E. para que se sirva hacerlo llegar al alto conocimiento del Sr. Gobernador que pronto llevará á presencia del Gobierno Imperial copia de la citada nota asi como de esta contestacion.

El abajo firmado reitera á S. E. el Señor Doctor D. D: Imacio Velez Sarsfield las protestas de su mas elevada y respetuosa consideracion.

A S. E. el Sr. Dr. D. Dalmacio Velez Sarsfield.

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El abajo firmado Cónsul del Brasil, recibió á debido tiempo la nota que con fecha 24 de Agosto último, le dirijió el Sr. Ministro de Relaciones Esteriores de Buenos Aires.

En esa nota se refiere S. E. á las conferencias que tuvo con el abajo firmado en la última quincena de aquel mes, las cuales dieron lugar primeramente á la nota de S. E. en solucion á las declaraciones del Gobierno Imperial, que se contienen en el despacho del Sr. Ministro de Negocios Estranjeros del Imperio, datado á 30 de Julio del corriente año y en relacion á las consideraciones que fueron presentadas en la misma ocasion, al Gobierno de que S. E. hace parte, acerca de la Isla de Martin Garcia. Ellas produjeron la esplicita manifestacion del mismo Gobierno, de que, como acto suyo espontáneo, la citada Isla sería desarinada y declarada consiguientemente su neutralizacion por medio de una ley del Estado, siempre que el Brasil, conservándose neutro en la cuestion entre la Confede racion y Buenos Aires, garantiese la neutralidad del Estado Oriental en dicha cuestion, ò el Gobierno de esa República manifestase por un acto de pública notoriedad haber entrado en el camino de la verdadera neutralidad. Entiende, sin embargo, ahora S. E., que esa demostracion por parte de la República del Uruguay puede ser manifestada por la retencion de la Escuadra de la Confederacion en el puerto de Montevideo, y su completo desarmamento; lo que consig na tambien S. E. en su dicha nota, está de acuerdo con los principios del derecho internacional.

Cumple por lo tanto, al abajo firmado, no entrando en el exámen de esa pretension del Gobierno de Buenos Aires, que ademas le parece no estar de acuerdo con los principios del derecho de jentes, como muy esplícitamente observò de viva voz, en su entrevista con S. E. en 27 de dicho mes de Agosto, informar al Sr. Ministro de Relaciones Esteriores, que en la primera ocasion oportuna instruirá al Gobierno Imperial de cuanto ocurre á este respecto, para que el mismo Gobierno resuelva si le conviene ò nó prestar aquella garantía, de acuerdo con el Gobierno de la República del Uruguay, para que se haga efectivo el compromiso sobre la precitada Isla, el cual interesa sobremanera, especialmente á los Estados ribereños del Rio de la Plata y de sus afluentes para asegurar la libertad de la navegacion de esos rios; y en cuanto á la neutralizacion del Estado Oriental, se empeñará el mismo abajo firmado, como es de su deber en conformidad á lo que se halla consignado en el mencionado despacho del Sr. Ministro de Negocios Estrangeros del Imperio, datado en 30 de Julio del corriente año, en solicitar á la Legacion Imperial en dicha República, para que por medio de su consejo è influencia consiga que los actos de aquel Gobierno esten de acuerdo con los principios del derecho internacional, y ajustados á sus repetidas declaraciones de neutralidad en la cuestion entre Buenos Aires y la Confederacion.

El abajo firmado reitera á S. E. las protestas de su mas dis tinguida consideracion.

JUAN CARLOS PEREIRA PINTOS.

A S. E. el Sr. Dr. D. Dalmacio Velez Sarsfield.

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Al Sr. Consul Jeneral del Imperio del Brasil, Caballero D. Juan Carlos Pereira Pintos.

El abajo firmado, Ministro de Relaciones Esteriores del Estado de Buenos Aires, en referencia à las conferencias que ha tenido con el Sr. Cónsul Jeneral del Brasil desde el 16 del corriente hasta el 24, habiendo sido esta última en presencia del Sr. Gobernador, ha recibido òrden de S. E. para declarar á S. S. que el Gobierno de Buenos Aires habiendo dado solucion al despacho del Sr. Ministro de Negocios Estrangeros del Imperio del Brasil fecha 30 de Julio último, y hallándose dispuesto à llegar á un acuerdo satisfactorio sobre lo demas de la Comision que le ha encargado su Gobierno, y de que S. S. ha dado conocimiento al del Estado, con tal que el procedi miento que se le aconseja, se lleve á efecto por un acto espontáneo de este Gobierno, debe declarar que todo acuerdo definitivo sobre este último punto, depende esencialmente de que el Imperio del Brasil garanta á Buenos Aires la neutralidad del Gobierno Oriental, ò que este Gobierno, entrando en los verdaderos principios de su neutralidad declarada, obligue á la Escuadra del Jeneral Urquiza á no salir de aquel puerto para hostilizar al Gobierno de Buenos Aires; á conservarse consiguientemente en completo desarmamento, de conformidad con lo que prescribe el derecho internacional, en relacion á los dos belijerantes.

El abajo firmado aprovecha esta ocasion para reiterar á S. S. las seguridades de su mas distinguida consideracion.

DALMACIO VELEZ SARSFIELD.

Es copia-El Subsecretario de Relaciones Esteriores.

Carlos Guido y Spano.

MINISTERIO DE RELACIONES ESTERIORES.

Buenos Aires, Setiembre 2 de 1859.

Al Sr. Consul Jeneral del Imperio del Brasil, D. Juan Cárlos Pereira Pintos.

El abajo firmado, Ministro de Gobierno y Relaciones, tiene órden de S. E. el Sr. Gobernador, de decir al Sr. Cónsul Jeneral del Brasil, despues de la conferencia verbal tenida con S. S., que por comunicacion del Jefe de la Escuadra de Buenos Aires ha sabido que el Gobierno de la República Oriental ha intimado á la Escua

de la Confederacion Argentina, su salida de aquel puerto en el término de treinta y seis horas, contadas desde las seis de la tarde del 31 de Agosto, lo cual no es conforme á la condicion que este Gobierno puso á S. S. en la nota aun no contestada, que se le dirigió con fecha 27 de Agosto, del desarme completo de dicha Escuadra. El Gobierno estima por lo tanto, que no es llegado el caso del allanamiento que prestò al consejo á que se refiere la precitada nota de 27 de Agosto.

El abajo firmado aprovecha esta oportunidad para reiterar à S. S. las seguridades de su mas alta consideracion.

DALMACIO VELEZ SARSFIELD.

Es copia-El Subsecretario de Relaciones Esteriores.

Carlos Guido y Spano.

CONSULADO JENERAL DEL BRASIL.

Buenos Aires, Setiembre 3 de 1859.

El abajo firmado Cónsul Jeneral del Brasil, acusa recibo de la nota que el Sr. Ministro de Relaciones Esteriores de Buenos Aires, le dirijiò con fecha de ayer.

y

S. E. aludiendo á la conferencia que tuvo con el abajo firmado, refiriéndose en esa nota á la comunicacion del Jefe de la Escuadra del Estado en que le participa la resolucion tomada por el Gobierno Oriental en su calidad de neutral en la cuestion entre Buenos Aires y la Confederacion, y de acuerdo con los principios del derecho internacional, en relacion á las Escuadras de los dos belijerantes, declara por órden del Exmo. Sr. Gobernador, que, no haIlándose dicha resolucion de conformidad con la condicion de que se trata en la parte final de la nota de S. E. fecha 27 del mes pasado, su Gobierno entiende que no es llegado el caso, de prestarse al cumplimiento de su compromiso sobre la Isla de Martin Garcia.

El Gobierno de Buenos Aires puede haber pretendido otra cosa ademas de aquello que se halla espresado fielmente en la nota que el abajo firmado dirigiò al Sr. Ministro de Relaciones Esteriores con fecha de hoy, en contestacion á la que recibió de S. E. datada en 24 del mes próximo pasado; pero lo cierto es, que, el mismo abajo firmado no se comprometiò de ningun modo á proceder de esta ó aquella manera en relacion á ese objeto, por cuanto es obvio que no podia resolver por sí una cuestion de tanta gravedad, ni tampoco hacer un ajuste en ese sentido, visto que carecía de las órdenes que habia solicitado el Gobierno Imperial en 26 del referido mes de Agosto, cuando dió cuenta de aquel compromiso al Gobierno de Buenos Aires.

Estas simples consideraciones conspiran incontestablemente en contra de la idea propalada por la prensa, de una obligacion contraida en virtud de un ajuste, aunque sea cierto que existe disconformidad entre el acuerdo sobre la retirada de las Escuadras de Buenos Aires y de la Confederacion del puerto de Montevideo, y aquello que se contiene en la parte final del sobredicha nota del 27 de Agosto último, la cual apènas hoy tuvo la correspondiente respuesta.

Juzga, por lo tanto, el abajo firmado que, independiente del hecho de la intimacion hecha por el Gobierno del Estado Oriental para la salida de la Escuadra de la Confederacion de aquel puerto, cuando tenga lugar la hipótesis de la garantia de la neutralidad de aquella República por parte del Brasil, o una manifestacion del Gobierno Oriental de su neutralidad por actos de pública notoriedad, no se rehusará el Gobierno de Buenos Aires al cumplimiento de su promesa en relacion á la referida Isla. Entretanto, como por otra parte el abajo firmado, no puede dar mas, paso alguno acerca de es te objeto, por la fuerte razon que ya alegò, y porque la continuacion de semejante discusion puede mas bien concurrir para perjudicar el asunto, que para producir cualquiera ventaja para los dos Gobiernos, le toca informar á S. E. para que se sirva elevarlo al conocimiento del Exmo. Sr. Gobernador, que trasmitirá brevementeal Gobierno Imperial, copia auténtica de la presente nota, reiterando el pedido de órdenes, para terminar este negocio de un modo digno y satisfactorio para todos.

El abajo firmado renueva á S. E. las protestas de la mas distinguida consideracion.

PUAN CARLOS PEREIRA PINTOS.

A S. E. el Sr. Dr. D. Dalmacio Velez Sarsfield.

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