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de derecho es necesario y se requiere.-Don Florián Girón.-Francisco de Eraso.-Francisco de Fuenzalida.-Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.-Francisco de Toledo y Arbildo.—Andrés Enríquez Yáñez.-Luis Monte de Sotomayor.-Joán de Allende.— Ante mí.-Manuel de Toro.

ACUERDO

CABILDO DE 14 DE MARZO DE 1623.

PARA

ESCRIBIR Á DON JERÓNIMO DE SARAVIA.-Eu la ciudad de Santiago de Chille, en catorce días de el mes de marzo de el año de mill y seiscientos y veinte y tres, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado, donde acordaron se escriba al señor capitán don Jerónimo de Saravia que se venga luego á ejercer su oficio por lo que importa; y lo fir

maron.

COMISIÓN-En este cabildo se mandó despachar comisión á Juan Rodrigo de Guzmán para que, por el tiempo que falta, atento á que no ha habido ponedor á la renta de las carretas y pinsión que está echada, y por el trabajo que ha de tener se le señala el quinto de lo que cobrare, con que se obligue á dar cuenta; y cometieron el cumplimiento al señor procurador y el despachar la comisión al señor don Francisco de Eraso.

SOBRE LAS DERRAMAS.-En este cabildo se mandó despachar mandamiento contra el capitán Agustín Ramírez por lo que debe á esta ciudad de las derramas que fueron á su cargo.-Don Florián Girón. -Don Francisco de Eraso.-Andrés Enríquez Yáñez.-Joán de Allende-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 31 DE MARZO DE 1623.

En la ciudad de Santiago, en treinta y uno de marzo de seiscientos y veinte y tres años, habiéndose juntado á cabildo la Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad, no acordaron ni trataron cosa alguna.

COMISIÓN PARA RECOGER SOLDADOS.-En el cual paresció el sargento mayor don Alonso de Narváez y Valdelomar y presentó una comisión del señor Gobernador de este reino para recoger los solda

dos que están en esta ciudad y que se lleven á la guerra; y para que conste lo firmé yo el escribano por ausencia del propietario.-Antonio de Bocanegra, escribano de Su Majestad.

CABILDO DE 4 DE ABRIL DE 1623.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en cuatro días de el mes de abrill de el año de mill y seiscientos y veinte y tres, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue.

ACEPTACIÓN DE DON JERÓNIMO DE SARAVIA.-En este cabildo paresció el capitán don Jerónimo Bravo de Saravia, electo alcalde ordinario de esta ciudad este presente año, y habiéndolo aceptado, juró de lo usar como debe y es obligado y guardar el secreto de este Cabildo y procurará el bien y aumento de esta ciudad y sus bienes, vecinos y moradores de esta ciudad; y si así lo hiciere, Dios le ayude, y si no, se lo demande; y el señor general don Florián le entregó la vara de la real justicia.

FIEL EJECUTOR.-En este cabildo se nombró por fiel ejecutor al señor capitán don Francisco de Eraso por el tiempo que le toca, que por haber sido alcalde no lo ha sido hasta el presente; el cual lo aceptó y juró de usar como debe y es obligado.

SOBRE SALINAS.-En este cabildo se dió comisión al señor capitán Luis Monte para que vaya á las salinas de Rapel, donde hay noticia que algunas lagunas han cuajado, y personas de la comarca, sin dar aviso á este Cabildo, han cogido la sal sin dar aviso á esta ciudad, como tenían obligación, y que embargue la que se ha cogido para que en conformidad de lo dispuesto y ordenado por los señores de la Real Audiencia de este reino, se reparta.

SOBRE QUE NO SE SAQUE DINERO.-En este cabildo el capitán Miguel de Zamora, procurador general de esta ciudad, pidió que por el bien común, atento al poco dinero que hay en esta ciudad y reino, y que en los navíos y por negros se lleva y ha ilevado lo que hay, y que en ello se dé el orden más necesario para reparo de el daño que causará no haberlo; y habiéndolo tratado, remitieron al señor capitán don Jerónimo de Saravia, alcalde ordinario, para que, comunicado con los señores de la Real Audiencia lo que se pide y con su aprobación, se provea lo que más convenga.

SOBRE LAS PAGAS.-Y asimismo se informe si se podrá por este

Cabildo, atento á las necesidades de este reino, mandar que las deudas que deben los vecinos de esta ciudad lo paguen en especies, por excusar el daño de pagar en dinero no habiéndole.

DINERO Á DON JERÓNIMO DE TORRES.-En este cabildo se mandó al procurador general de esta ciudad que de cualesquier bienes que sean á su cargo de la dicha ciudad, envíe á don Jerónimo de Torres y Altamirano y Escobedo, a cuenta del trabajo que tiene en las causas de esta ciudad y solicitación de ellas y de las que al presente se le envían de los asientos y otros de esta ciudad mil y doscientos treinta pesos, y los envfe con el mayor seguro que pudieré, y se le responda á sus cartas y (roto) se dé lo necesario y este acuerdo sirva de libranza.

PAGA Á ANDRÉS BARONA.-En este cabildo el capitán Miguel de Zamora, procurador general de ella, propuso lo mucho y bien que Andrés Barona, procurador de causas en esta corte y solicitador de las de la ciudad, le ha ayudado en ellas y que le ha pedido satisfación y la merece, que Su Señoría provea lo que convenga; y habién dolo tratado mandaron que el dicho procurador general, de los bienes de esta ciudad y porque acuda á la solicitud de ellas y de las que tuviere por este presente año, le dé veinte y cinco patacones, y con este acuerdo y su recibo le sirva de libranza.

VINO. En este cabildo se mandó que el señor fiel ejecutor de esta ciudad haga que en las pulperías se venda el vino albillo de la bodega del maestre de campo Ginés de Lillo y el capitán Andrés En ríquez, y siendo bueno, como han informado, lo den á real el cuartillo, y si le hubiere de uva negra, que sea bueno, á razón de tres patacones cada arroba; y lo demás no se suba el precio.

Y lo firmaron.--Don Florián Girón.—Don Francisco de Eraso.— Don Jerónimo Bravo de Sotomayor.-Ginés de Toro Mazote.-Francisco de Toledo y Arbildo.-Andrés Enriquez Yáñez.-Luis Monte de Sotomayor.-Joán de Allende Villela.-Luis de Toro Mazote.-Ante mí.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

CABILDO DE 11 DE ABRIL DE 1623.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en once días de el mes de abrill de el año de mill y seiscientos y veinte y tres, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado, donde pareció el capitán don Jerónimo Bravo de Sotomayor y presentó el título que se sigue.

TÍTULO DE CAPITÁN DE DON JERÓNIMO BRAVO DE SOTOMAYOR.Don Pedro Osórez de Ulloa, caballero del hábito de Alcántara, del Consejo de S. M., su gobernador y capitán general deste reino de Chille y presidente de la Real Audiencia que en él reside, etc.

Por cuanto la compañía de caballos del número desta ciudad de Santiago, que servía el capitán don Diego González Montero, está vaca por haberse ofrecido ir cerca de mi persona á hacerlo en el real ejército de la guerra deste reino, y conviene nombrar persona en su lugar, de calidad, partes y suficiencia que la sirva, y porque la del capitán don Jerónimo Bravo de Sotomayor es la que para este efeto se puede desear, y demás de haber servido á Su Majestad en cargos y oficios muy preeminentes y honrosos, es nieto del dotor Bravo de Saravia, presidente y gobernador que fué deste reino y oidor de la Real Audiencia de los Reyes y del Consejo Real de las Indias, y del capitán García de Cáceres, de los primeros conquistadores deste dicho reino y del del Pirú; por la presente, en nombre de Su Majestad, elijo, proveo y nombro á vos el dicho capitán don Jerónimo Bravo de Sotomayor por capitán de caballos ligeros lanzas de la compañía del número de esta dicha ciudad, en lugar de el dicho capitán don Diego González Montero, y os doy poder y facultad para que, como tal, lo uséis y ejerzáis en todas las ocasiones que se ofrecieren del servicio de S. M., cómo y de la manera que lo usó el dicho vuestro antecesor y lo han hecho los demás capitanes de caballos del número desta dicha ciudad; y mando á mi lugar teniente de capitán general della, sargento mayor, capitanes, oficiales y soldados os hayan y tengan por tal capitán de caballos, y os guarden y hagan guardar todas las horas, gracias, mercedes, franquezas, excepciones y libertades que por razón del dicho cargo debéis haber y gozar, sin que os falte cosa alguna, y al Cabildo, Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad os reciban al uso y ejercicio del dicho oficio; y, en particular, mando á los soldados de la dicha vuestra compañía guarden y cumplan las órdenes que por escrito ó de palabra les diéredes del servicio de S. M., que tal es su voluntad y mía en su real nombre: en cuyo cumplimiento mandé despachar la presente, firmada de mi mano, sellada con el sello de mis armas y refrendada del infrascrito secretario, que es fecha en la dicha ciudad de Santiago de Chille, en diez y ocho días del mes de noviembre demill y seiscientos y veinte y dos años.-Don Pedro Osórez de Ulloa.-Por mandado de Su Señoría.-Pedro Valiente de la Barra.

Y visto por Sus Señorías, le hubieron por recibido y mandaron que use el dicho oficio, como Su Señoría manda.

SACA DE INFORMACIONES.-En este cabildo se mandó al señor procurador general de nuevo contradiga las sacas de las informaciones que pide y hace el señor dotor don Cristóbal de la Cerda, y para ello le dió comisión en forma.

ASISTENCIA Á LAS IGLESIAS.-El señor corregidor esta semana santa le tocó acudir á la Merced. El señor capitán don Jerónimo, al convento de San Agustín. El señor capitán Francisco de Fuenzalida, á Santa Clara. Y el señor capitán don Francisco de Eraso, al hospital. Y por ausencia del capitán Fuenzalida, el alguacil mayor.-Don Florián Girón.-Don Jerónimo Bravo de Sotomayor.-Don Francisco de Eraso.-Diego de Morales.-Luis Monte de Sotomayor.-Pasó ante mí. -Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 21 DE ABRIL DE 1623.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y un días de el mes de abrill de el año de mill y seiscientos y veinte y tres, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado, y acordaron lo que se sigue.

Sepan

PODER AL LICENCIADO DON ALONSO DE MERLO. cuanto esta carta vieren, cómo Nos el Cabildo, Justicia y Regi miento de la noble y muy leal ciudad de Santiago del reino de Chille, cabeza de gobernación dél, por nos y en nombre de las demás ciudades, villas y lugares deste dicho reino, por quien, siendo necesario, prestamos voz y caución de racto que estarán y pasarán por lo que en virtud de este poder se hiciere y autuare, so expresa obligación que hacemos de los bienes y rentas desta ciudad, otorgamos y conocemos por la presente que damos todo nuestro poder cumplido y bastante, como de derecho se requiere y es necesario para valer, al licenciado don Alonso de Merlo y de la Fuente, presbítero, residente en la ciudad de los Reyes, que va á corte de Su Majestad, para que en nombre desta ciudad y de las demás del reino informe al rey Don Felipe, nuestro señor, y sus Reales Consejos del trabajoso estado en que está este reino por la guerra de los enemigos naturales dél, y el peligro que amenaza total ruina por el crecimiento en que están las fuerzas del enemigo, causadas de la guerra defensiva, el avilantez que tienen por no haber sido castiga

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