Imágenes de páginas
PDF
EPUB

jeneral que el de obtener títulos profesionales; pero disentia en algunos accidentes que, ante la idea jeneral, pueden considerarse subalternos i de detalle (21).

Así, sin aceptar en todas sus partes el plan de estudios secundarios propuesto por Domeyko i dando menos importancia al estudio del latin, sin suprimirlo, proponia Varas en el segundo de sus artículos, otro plan en que igualmente se hacia entrar la variedad de conocimientos, esto es, la historia, las matemáticas, las nociones científicas i algun idioma vivo. Para desvanecer las preocupaciones vulgares en materia de enseñanza, Varas entraba a demostrar que la variedad simultánea de estudios, interesaba mucho mas a los niños, i les procuraba mayor provecho que la persistencia fatigosa en el estudio de un solo ramo, algunos meses continuos, como sucedia hasta entónces.

Aunque aquella reforma debia correr a cargo del nuevo rector del Instituto, don Antonio Varas, que merecia la confianza completa del ministerio de instruccion pública, se creyó necesario consultar a Domeyko sobre los medios de plantearla. Fué éste llamado a Santiago por una nota del ministro, de fecha de 3 de enero de 1843 (22). Domeyko, que en su memoria casi se habia limitado a indicar los rasgos jenerales, no hacia mucho caso de los detalles. Sin embargo, impugnó resueltamente algunas de las ideas de Varas, lo que produjo entre ellos cierto desabrimiento que no desapareció jamas del todo en la larga carrera de ámbos. El ministro, aceptando el plan jeneral propuesto por Domeyko, acabó por aceptar en los accidentes, las ideas emitidas por Varas en los artículos a que hacemos referencia.

(21) Entre otras diverjencias que se notan en esos escritos, debe señalarse que Varas sostiene que habia ventaja en que la universidad tuviera carácter académico o de cuerpo sabio, i que en el Instituto nacional siguieran haciéndose los estudios superiores; mientras que Domeyko pedia que estos últimos quedaran separados absolutamente de los secundarios. Se sabe que este último parecer, que era el mas fundado, se abrió camino i fué llevado a la práctica en 1852.

(22) La nota de don Manuel Montt al intendente de Coquimbo para que hiciera venir a Domeyko, ha sido publicada en la biografía de éste, escrita por don Miguel L. Amunátegui.

Esas ideas fueron la base de un decreto supremo, de sólo ocho artículos, espedido por el ministerio de instruccion pública el 25 de febrero de 1843. Fija los ramos que debian constituir los estudios secundarios o de humanidades, los distribuye en seis años, i da algunas reglas para poner en práctica el nuevo réjimen, i para el avance de los alumnos en los diversos años del curso Ese decreto, formulado seguramente por el mismo Varas, i fiel reglamentacion de las ideas emitidas en su artículo, se presta a muchas observaciones de carácter pedagójico. Así, por ejemplo, agrupa todos o casi todos los estudios científicos en los tres primeros años del curso, como si sólo se quisiera dar acerca de ellos las nociones mui rudimentarias al alcance de los niños de diez a trece años; i los suprime por completo en la seccion mas adelantada del curso. Pero, cualesquiera que sean los defectos de detalle, que el tiempo se encargaria de patentizar i de correjir, aquel decreto señala el impulso inicial de una gran reforma en nuestra instruccion pública.

Ese mismo año 1843 comenzó a plantearse la reforma solo en el Instituto nacional, bajo la accion sostenida i empeñosa del rector don Antonio Varas. Los seminarios i los colejios de enseñanza particular le oponian una obstinada resistencia. En el Instituto mismo era preciso luchar con no pocas contradicciones de numerosos padres de familia que clasificaban de inútiles todos los nuevos estudios, i aun de personas que tenian injerencia i representacion en la política. Ademas, en el mismo Instituto faltaban profesores de mediana preparacion para enseñar los nuevos ramos de estudio, i fué necesario comenzar a formarlos; como faltaban tambien libros elementales que faé preciso suplir de cualquier modo, i aun reimprimiendo algunos testos europeos no siempre bien elejidos. Apesar de todo, si bien muchas de esas nuevas clases comenzaron a funcionar desde entónces, pasaron todavía largos años para que pudieran establecerse otras que estaban designadas en ese plan.

Aquel decreto que reglamentaba los estudios secundarios jenerales, fué seguido poco despues (13 de marzo) de otro referente a los que seguian los aspirantes al título de agrimensor. Hasta entónces, no se exijia a estos mas que

el conocimiento de los primeros ramos de matemáticas puras (aritmética, áljebra, jeometría, trigonometría i secciones cónicas, todo esto sin gran desarrollo) i topografía. El decreto que recordamos impuso por primera vez a esos estudiantes la obligacion de cursar gramática castellana, jeografía, historia, retórica i un idioma vivo.

Como parte de esa reforma, se habia dictado otro decreto que refleja un propósito determinado i discreto. En su memoria citada, Domeyko señalaba la necesidad de una escuela normal superior, destinada, como la que existia en Francia, para formar profesores de instruccion secundaria. Como la planteacion de un establecimiento de esta clase ofrecia las mayores dificultades, Domeyko propoi.ia que de las becas que el gobierno costeaba en el Instituto nacional, diera algunas a los colejios de provincia, para que éstos enviaran alumnos distinguidos que hicieran o ensancharan allí sus estudios, i volvieran a aquellos establecimentos a desempeñar las funciones de profesores. Esta idea fué bien acojida por el gobierno, i reglamentada en un decreto de 8 de febrero, en que se asignaba a esos jóvenes, a mas de la beca, una subvencion de cien pesos anuales para costear los gastos mas indispensables de su residencia. Esta concesion, acordada entónces a los colejios de Concepcion i de Coquimbo, se estendió despues al de Talca, i fué aprovechada por unos pocos jóvenes de esos tres establecimientos; pero, ántes de muchos años, cayó en completo desuso.

7. Reformas en el ministe- 7. En todos los ramos de la admi

rio de guerra: restable,

cimiento de la escuela

militar: frustrado pro.

nuevo código militar.

nistracion pública se hacia sentir este saludable espíritu de reforma, yecto de formacion de un despertado i llevado a la práctica a la sombra de la paz interna, i de la concordia i la tolerancia establecida por la política inaugurada con el gobierno del jeneral Búlnes. La mayor parte de esas reformas era recibida sin recelos por la opinion jeneral del país, por cuanto no se veian aparecer en ellas los intereses de partido o de círculo, sino aspiraciones de mas elevado carácter.

El jeneral don José Santiago Aldunate, ministro de la guerra, promovió dos de ellas que merecen recordarse. Fué una la creacion de una academia o escuela militar.

Un establecimiento de ese nombre habia existido en 1817, fundado por el supremo director O'Higgins para instruir aceleradamente a los oficiales del nuevo ejército de Chile que conquistó tanta gloria en las campañas subsiguientes. Ese establecimiento, que el gobierno hubiera querido tener en buen pié, habia llevado despues una vida intermitente; a tal punto que hubo un tiempo en que se colocó como una seccion del colejio que dirijia don José Joaquin de Mora. En los primeros años de la administracion del jeneral Prieto, la academia militar tuvo una existencia mas regular i estable; pero fué clausurada en 1838, despues de haber incorporado en el ejército a casi todos sus alumnos. Formaron éstos una porcion considerable de la oficialidad que hizo la campaña contra la confederacion perú-boliviana.

La escuela que Aldunate queria restablecer, se diferenciaba esencialmente de aquellos primeros ensayos. Se dividiria en dos secciones de cuarenta alumnos cada una. La primera de oficiales, a quienes se daria una instruccion científica en lo posible, pensando el gobierno mandar a Europa a los mas distinguidos de ellos a 'completar sus estudios, para formar militares facultativos. La segunda tenia un objetivo mas modesto, pero no ménos útil. Se compondria de aspirantes a cabos i sarjentos, recibirian una instruccion adecuada a ese propósito, i serian destinados en la práctica a instructores de tropa. El plan de estudios de ambas secciones seria dictado por el presidente de la República. Aldunate creia poder costear ese doble establecimiento con una reduccion de oficiales i clases del ejército igual al número de alumnos, i con una subvencion de 3 500 pesos con que contribuiria el estado para el pago de profesores. Remitido al senado el proyecto del gobierno, el 19 de agosto, i sostenido allí por Benavente, mereció aprobacion jeneral i particular unánime, sin modificacion alguna.

Entró al debate en la cámara de diputados el 23 de setiembre. Don Manuel José Cerda se opuso resueltamente a la creacion de la escuela militar. Sostenia que la paz de que gozaba el país hacia innecesaria la fundacion de una escuela de esa clase, que estaria formando militares que no se necesitaban. El ministro de hacienda defen

dió la proyectada institucion, sosteniendo que por sólida que fuera la paz de que gozaba Chile, siempre seria necesario costear un pequeño ejército aunque fuera solo para mantener tranquilos a los indios bárbaros del sur, rechazando i castigando las irrupciones de éstos. Renjifo sostenia ademas que el establecimiento que se trataba de fundar obedecia a un propósito de instruccion, porque se queria formar militares ilustrados. Al fin, el proyecto fué aprobado en jeneral con un solo voto en contra, i con unos pocos en la discusion particular de algunos de sus artículos. Por último, el 6 de octubre de 1843, era sancionada i promulgada la lei que creaba la nueva escuela militar; i en los primeros meses del año siguiente, comenzaron a funcionar sus dos secciones. Si ellas no dieron desde luego todos los beneficios que se esperaban, no fueron en manera alguna estériles. No podia atribuirse a la lei o al gobierno que no se hubiera alcanzado el fruto que necesitaba mejores condiciones científicas i sociales para jerminar.

La otra reforma en el órden militar proyectada por el gobierno, aunque tan importante o mas que la anterior, fracasó completamente. Contamos antes que el 25 de abril de 1839 habia sido promulgado un código militar, claborado en Chile por encargo del gobierno, i sobre la base de la antigua ordenanza española. Los defectos e inconvenientes del nuevo código, que el gobierno mismo habia reconocido, no tardaron en traerle las críticas de todos los militares de alguna ilustracion. Aldunate, que era de este número, se preocupó de ese asunto desde su entrada al ministerio; i pensando en una reforma útil i efectiva, creyó que era indispensable dar completamente de mano al código militar sancionado en 1839, i preparar uno nuevo. La manera que discurrió para llevar a efecto esa idea, era, sin embargo, la ménos aparente para conseguir ese resultado. Por un decreto espedido el 10 de enero de 1843, disponia el nombramiento de una comision encargada de preparar un código militar que comprendiese todo lo relativo al ejército, su organizacion, disciplina, servicio de guarnicion i de campaña, premios, retiros, procedimientos judiciales i penas, i ademas todo cuanto era relativo a la guardia nacional. Por otro decreto de 18 del mismo mes,

« AnteriorContinuar »