Conferencias de derecho constitucional dictadas por el catedrático de la asignatura para el curso inaugural de la misma en la Universidad de Montevideo el año 1871

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Impr. "La Razon", 1897 - 569 páginas
 

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Pasajes populares

Página 487 - Quedan abolidos los juramentos de los acusados en sus declaraciones o confesiones, sobre hecho propio; y prohibido el que sean tratados en ellas como reos.
Página 430 - Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden ya la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe.
Página 538 - Se prohibe la fundación de mayorazgos, y toda clase de vinculaciones ; y ninguna autoridad de la República podrá conceder título alguno de nobleza, honores ó distinciones hereditarias.
Página 457 - ... y, en el caso de exigirlo asi urgentísimamente el interés público, se limitará al simple arresto de la persona, con obligación de ponerla en el perentorio término de veinticuatro horas á disposición de su juez competente...
Página 488 - A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar y sí solo para asegurar a los procesados y penados.
Página 305 - Es enteramente libre la comunicación de los pensamientos por palabras, escritos privados, ó publicados por la prensa en toda materia, sin necesidad de previa censura; quedando responsable el autor, y en su caso el impresor, por los abusos que cometieren, con arreglo á la Ley.
Página 434 - Es libre la entrada de todo individuo en el territorio de la República, su permanencia en él y su salida con sus propiedades, observando las leyes de policía, y salvo perjuicio de tercero.
Página 147 - Encontrar una forma de asociación que defienda y proteja con la fuerza común la persona y los bienes de cada asociado, y por la cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca sino a sí mismo y permanezca tan libre como antes.
Página 536 - República. 132. Los hombres son iguales ante la Ley, sea preceptiva, penal, ó tuitiva: no reconociéndose otra distinción entre ellos sino la de los talentos, ó las virtudes.
Página 340 - Varela, y llamado de educacion comun, parte de la base de que el fomento y mejora de la instruccion pública, es deber de los Gobiernos y de los pueblos porque ella es la gran fuente de la prosperidad y grandeza de las naciones; de que. es necesario elevar cada dia á mayor altura el nivel intelectual y moral del pueblo, para que la República conserve dignamente el puesto que le corresponde en el concierto de las naciones civilizadas...

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