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Profesor de Canto (Cursos Inferiores)
Profesor suplente de Historia Natural

Profesor de Canto (Cursos Superiores)

Profesor de Inglés (Cursos Inferiores)
Profesor de Dibujo Natural
Profesor de Dibujo Geométrico..
Profesor de Caligrafía ....

200 00

90 00

70 00

70 00

100 00

80 00

y Ciencias Físicas

Ayudante del Laboratorio

50 00

Primer portero y guardián del establecimiento

85 00

45 00

45 00

Segundo portero..

20-Hacer los siguientes nombramientos:

Don Manuel González Z., para profesor de Castellano y Literatura (Curso Superior).

Don Jesús Arley para segundo portero, en reemplazo de don Francisco Montero Aguilar, que renunció.

3-Crear las siguientes plazas para completar la organización del personal docente y administrativo del establecimiento, y nombrar para que las desempeñen á las personas que á continuación se expresa:

Profesor de Castellano (Curso Prepa

ratorio) don Pedro Vieto, con . Profesor de Latín, Presbítero don José Vicente Salazar, con

Bibliotecario y guardalmacén, don
Guillermo Tristán....

Tercer portero, don Constantino Mon

ge, con

Guardián del campo de agricultura, don Francisco Solís, con

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70 00

70 00

50 00

3000

45 00

4-Suprimir la plaza de profesor suplente de

Gimnasia.

50-Autorizar al Director del Liceo de Costa Rica para que invierta mensualmente hasta la suma de cuarenta colones (40-00) en gastos del Laboratorio de Química y de los Gabinetes de Física é Historia Natural.

Publíquese.-Rubricado por el señor Presidente.-ASTÚA AGUILAR.

PODER LEGISLATIVO

DECRETO No 1.-(Publicado el 3 de Mayo).- El Congreso Constitucional abre las sesiones ordinarias.

No I

EL CONGRESO CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA,

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 73 de la Constitución,

DECRETA:

Artículo único.-El Congreso Constitucional abre las sesiones ordinarias en el actual período legislativo.

AL PODER EJECUTIVO

Dado en el Salón de Sesiones del Congreso.-Palacio Nacional.-San José, á primero de Mayo de mil novecientos cinco.

FEDERICO TINOCO,

RAF. RODRÍGUEZ,

cinco.

Presidente

JULIO ACOSTA,

Ier. Secretario

20 Secretario

San José, dos de Mayo de mil novecientos.

Publiquese

ASCENSIÓN ESQUIVEL

El Secretario de Estado en el
Despacho de Gobernación,

JOSÉ ASTÚA AGUILAR

CARTERA DE GUERRA

RESOLUCIÓN no 6.-(Publicada el 3 de Mayo). -Otorga una pensión vitalicia á unos soldados.

No 6

San José, 2 de Mayo de 1905

Vistos los expedientes de los soldados de esta Plaza, señores José Castillo, único apellido, Rafael Campos Díaz, José Cirilo Lobo Ramírez, Fermín Meza Porras, Aniceto Mora Rojas y Jesús Solís, único apellido, en que solicitan pensión por haber asistido á la Guerra Nacional de 1856 y 1857; y

Considerando:

Que los soldados nominados han comprobado legalmente su asistencia á la Guerra dicha, su honradez y estado de suma pobreza y que por su avanzada edad no pueden trabajar, El Presidente de la República,

En cumplimiento de lo que ordena el decreto No 14, de la Comisión Permanente, emitido el 7 del mes anterior,

RESUELVE:

Otorgar una pensión de por vida, á cargo del Tesoro Público, en cantidad de quince colones mensuales, á cada uno de los petentes citados. Publíquese y comuníquese.-Rubricado por el señor Presidente.-QUIRÓS.

RESOLUCIÓN no 7.- (Publicada el 3 de Mayo).-Otorga una pensión vitalicia á unos soldados.

No 7

San José, 2 de Mayo de 1905

Tomadas en consideración las solicitudes de los soldados de la Plaza de Cartago, señores Faustino Brenes Ulloa, Juan Buenaventura Céspedes Ortega, Pedro Chaves Solano, Francisco Guzmán, único apellido, Manuel Guillén Castillo, Juan José Guillén Rojas, Manuel Mora Rojas, Antonio Orozco Chaves y Manuel Zeledón, único apellido, en que piden les sea concedida una pensión en virtud de haber asistido á las campañas nacionales de 1856 y 1857; y

Considerando:

1

Que los solicitantes han comprobado debidamente su asistencia á dichas campañas, su avanzada edad, honradez y estado de suma pobreza,

El Presidente de la República,

En conformidad con el decreto número 14 del 7 del mes próximo pasado,

RESUELVE:

Otorgar una pensión vitalicia de quince. colones mensuales, á cargo del Tesoro Público, á cada uno de los soldados referidos-Publiquese y comuníquese.-Rubricado por el señor Presidente.--QUIrós.

RESOLUCIÓN no 8.--(Publicada el 3 de Mayo). - Asigna una pensión vitalicia al soldado de Alajuela José Lobo Barriento.

No 8

San José, 2 de Mayo de 1905

En vista de la solicitud del soldado de la Plaza de Alajuela, señor José Lobo Barriento, para que se le conceda una pensión del Tesoro Público, en razón de haber asistido á las campañas nacionales de 1856 y 1857; y

Considerando:

Que el peticionario ha justificado que asistió á las campañas referidas; que es demasiado pobre y honrado; y que por su mayoridad no puede trabajar,

El Presidente de la República, .

De acuerdo con lo que dispone el decreto número 14, de la Comisión Permanente, del 7 del mes último,

RESUELVE :

Asignar una pensión de por vida, á cargo del Erario Nacional, en cantidad de quince colones mensuales, al expresado señor Lobo Barriento.--Publiquese y comuníquese. — Rubricapor el señor Presidente.—QUIRÓS.

do

RESOLUCIÓN no 9.-(Publicada el 3 de Mayo).-Asigna una pensión vitalicia al soldado de Puntarenas José León Obando Sáenz.

No 9

San José, 2 de Mayo de 1905

Examinadas las diligencias del soldado de

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