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"Despues que el prusiano Pauw trabajó nueve o diez años como un escarabajo para formar su pelotilla de cuanto malo habian dicho de la América i habitantes sus tiranos, escribia el mejicano Miers en 1813, los españoles han dado en regodearse con esta putrefaccion para echárnosla en cara como si todavía fuésemos los antiguos indios" (1).

Las aseveraciones de Pauw contra las facultades naturales de los americanos eran completamente inexactas, como no tardó en manifestarlo la esperiencia en la tremenda lucha de la gran revolucion de 1810, que hizo aparecer con brillo en la escena pública a tantos ilustres criollos, los cuales adquirieron en aquellas circunstancias difíciles merecido renombre, sea como estadistas, sea como militares.

Aunque estremadamente exajeradas, eran sin embargo mucho mas aproximadas a la realidad, las observaciones que Pauw hacía relativas al cultivo intelectual de los hispano-americanos.

Ese cultivo era, o por demas insignificante, o ninguno.

Numerosos son los hechos indudables que he consignado en esta misma obra, de los cuales consta que la metrópoli ponia los mas serios embarazos para que los criollos se ilustrasen, no solo cuando niños, sino tambien cuando adultos.

Las escuelas i los colejios que habia, sobre ser mui pocos, estaban pésimamente organizados.

Se ponia toda especie de trabas a la impresion o a la circulacion de escritos.

La discusion pública de cualquiera clase era completamente desconocida.

(1) Servando Teresa Miers, Historia de la Revolucion de Nueva España por el doctor José Guerra, prólogo.

Así, no era nada estraño que los dominios hispano-americanos hubieran producido mui pocos individuos en el gremio de los aspirantes a literatos o sabios.

En consecuencia, este antecedente podia aducirse, no contra la intelijencia natural de los criollos, sino contra el pésimo réjimen social bajo el cual vivian.

La impaciencia misma con que soportaban la injustificable desigualdad que se habia establecido entre ellos i los españoles-europeos, es la mejor manifestacion de que estaban mui distantes de encontrarse en la degradacion intelectual que suponia Pauw.

XIX.

En los últimos tiempos de la dominacion española, los colonos reclamaban sus derechos, no solo en nombre de los principios de la justicia, sino tambien como el cumplimiento de un pacto espreso i solemne.

Llamo la atencion sobre la siguiente cita de un escritor de la época de la revolucion, el cual espone perfectamente este aspecto legal de la cuestion.

"Los conquistadores desde Colon, que cooperó con la octava parte de los gastos para ir a descubrir las Indias, la conquistaron a su propia costa, como consta de las historias. Aun prohibieron espresamente las leyes que se hiciese alguna poblacion, conquista o descubrimiento a costa del rei (1). Los que se proponian hacerlo contrataban con el soberano, quien reservándose el alto dominio, cedia lo demas a los conquistadores i

(1) Recopilacion de Indias, libro 4, título 1, lei 17.

sus hijos (1). Así cuando por las primeras leyes de Indias, se les quisieron quitar los esclavos i enconmiendas, se opusieron con mano armada como contra una violacion de sus contratos con el rei, quien entró en nuevos compromisos i acomodamientos (2). Las leyes de Indias están llenas de encargos a los virreyes i amplias facultades para recompensar i hacer mercedes a los conquistadores, descubridores i primeros pobladores (3). Concédeseles muchas, i las de ser preferidos en los premios i encomiendas (4). A sus hijos i descendientes los hace hijosdalgo, i personas nobles de linaje i solar conocido, i manda que por tales sean habidos i tenidos, i les concede todas las honras i preeminencias que deben haber i gozar todos los hijosdalgo i caballeros de estos reinos de Castilla, segun fueros, leyes i costumbres de España (5). I mandan a los virreyes que de éstos, al reves de lo que practican, compongan la parte decente de su familia, la única que puede i debe ser empleada" (6).

Tal era lo que escrbia en 1813 el mejicano don Servando Teresa Miers en la Historia de la Revolucion de Nueva España, que dió a la estampa bajo el seudónimo de José Guerra (7)

Una de las principales causas que hicieron estallar la gran revolucion de 1810 fué el anhelo de hacer desaparecer esta injustificable inferioridad en que la metrópoli habia colocado a los criollos.

(1) Recopilacion de Indias, libro 4. título 3, lei 1.

(2) Garcilaso, Comentarios Reales, parte 2, libro 4, capítulos 3. i 4. (3) Recopilacion de Indias, libro 4, título 6, leyes 4 i 7.

(4) Recopilacion de Iudias, libro 4, título 6, lei 5 i otras.

(5) Recopilacion de Indias, libro 4, título 6, lei 6.

(6) Recopilacion de Indias, libro 3, título 3, lei 31.

(7) Servando Teresa Miers, Historia de la Revolucion de Nueva España, por el doctor José Guerra, libros 5 i 14.

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Se ha visto que el punto céntrico a que iban a parar todos los resortes de la dominacion española en el nuevo mundo era la persona del monarca, Así debe comprenderse con facilidad que qualquier trastorno dinástico produjese perturbaciones en las comarcas hispano-americanas,

I efectivamente fué lo que sucedió,

En dos ocasiones hubo mudanza de dinastias

sus hijos (1). Así cuando por las primeras leyes de Indias, se les quisieron quitar los esclavos i enconmiendas, se opusieron con mano armada como contra una violacion de sus contratos con el rei, quien entró en nuevos compromisos i acomodamientos (2). Las leyes de Indias están llenas de encargos a los virreyes i amplias facultades para recompensar i hacer mercedes a los conquistadores, descubridores i primeros pobladores (3). Concédeseles muchas, i las de ser preferidos en los premios i encomiendas (4). A sus hijos i descendientes los hace hijosdalgo, i personas nobles de linaje i solar conocido, i manda que por tales sean habidos i tenidos, i les concede todas las honras i preeminencias que deben haber i gozar todos los hijosdalgo i caballeros de estos reinos de Castilla, segun fueros, leyes i costumbres de España (5). I mandan a los virreyes que de éstos, al reves de lo que practican, compongan la parte decente de su familia, la única que puede i debe ser empleada" (6).

Tal era lo que escrbia en 1813 el mejicano don Servando Teresa Miers en la Historia de la Revolucion de Nueva España, que dió a la estampa bajo el seudónimo de José Guerra (7).

Una de las principales causas que hicieron estallar la gran revolucion de 1810 fué el anhelo de hacer desaparecer esta injustificable inferioridad en que la metrópoli habia colocado a los criollos.

(1) Recopilacion de Indias, libro 4. título 3, lei 1.

(2) Garcilaso, Comentarios Reales, parte 2, libro 4, capítulos 3. i 4. (3) Recopilacion de Indias, libro 4, título 6, leyes 4 i 7.

(4) Recopilacion de Iudias, libro 4, título 6, lei 5 i otras.

(5) Recopilacion de Indias, libro 4, título 6, lei 6.

(6) Recopilacion de Indias, libro 3, título 3, lei 31.

(7) Servando Teresa Miers, Historia de la Revolucion de Nueva España, por el doctor José Guerra, libros 5 i 14.

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