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conflicto, aquel sujeto, cuya sensatez correspondia a sus luces, propuso que se solicitara un cabildo abierto, o reunion de vecinos principales, para discutir el asunto.

Aceptada la indicacion, se redactó una peticion, que fué firmada al punto por cuarenta de los individuos mas respetables del país, guarismo que se aumentó mui luego hasta doscientos cuarenta i cinco.

El procurador de ciudad llevó en persona, i sin pérdida de tiempo, esta peticion, a la real audiencia, que presidida por el gobernador Jáuregui, estaba deliberando en la sala de acuerdos.

La algazara de la multitud que ocupaba la plaza llegaba hasta los oídos del presidente i los oidores.

Jáuregui, "cuya moderacion era jenial," segun un cronista contemporáneo, accediendo, previo el dictámen de los miembros del tribunal, à la solicitud de don Manuel Sálas, permitió que se reuniesen los individuos del ayuntamiento i cien vecinos mas para que nombraran cuatro diputados "del mayor juicio i esperiencia, los cuales evitando confusiones i tardanzas, llevasen la voz del pueblo:" i obrasen de acuerdo con el cabildo.

Estos cuatro diputados fueron don Basilio de Rójas, don Antonio Bascuñan, don Antonio Lastra i don Lorenzo Gutiérrez.

Juntamente se ordenó por bando que no se innovara en lo que estaba establecido para la exaccion de las contribuciones.

"Con estas providencias, i con la fundada esperanza de que se le administrara justicia, informaban el presidente i la audiencia al ministro Gálvez con fecha 7 de setiembre de 1776, ha depuesto este pueblo la inquietud con que se habia ajitado;

i ha cesado la espectacion en que se hallaba lo principal de esta república con el sobresalto de que se cometiesen algunos insultos, que talvez promueve el libertinaje con el colorido pretesto del bien comun."

I luego concluian asegurando que hasta el dia de la fecha, los cuatro personeros populares continuaban sus jestiones "sin que se reconociese en la ciudad la menor novedad."

Jáuregui, sin embargo, temió mucho al principio que aquella conmocion fuera de serias consecuencias.

Lo ocurrido hizo concebir, al gobernador, dice el cronista Carvallo i Goyeneche, "i no sin fundamento, que el movimiento era jeneral en todo el reino; i dudoso de la fidelidad de don Ambrosio (O'Higgins) por estranjero, i vasallo del rei de Inglaterra, cuya amistad no es desagradable a aquellos colonos, habia dispuesto enviar a su hijo don Tomas, hoi coronel del rejimiento de Pavía, para que subrogara a don Ambrosio en el mando de la provincia de Concepcion. Mas todo se aquietó, i desapareció luego aquel nublado" (1).

El negocio siguió tramitándose con mas lijereza que de costumbre hasta el 31 de marzo de 1777, fecha en que se remitieron a España los antecedentes para que el rei. resolviese lo que fuera de su agrado, renovándose mientras tanto la órden de suspension de las providencias dictadas por el contador interino (2).

La corte de Madrid, impuesta del asunto, principió por nombrar tesorero de las reales cajas de

(1) Carvallo i Goyeneche, Descripcion histórica-jeográfica del reino de Chile, parte 1, libro 6, capítulo 8.

(2) Oficios de la Real Audiencia al Ministro Don José de Gálvez, fechas 7 de setiembre de 1776 i 28 i 31 de marzo de 1777.

Potosí, en recompensa de su celo, al contador interino don Gregorio González Blanco.

En cuanto a lo que ella hizo en lo sustancial de la materia, el cronista Carvallo, que fué testigo presencial, nos lo refiere en las líneas que siguen: "Por grados fué la corte librando las correspondientes órdenes para hacer subir los reales derechos, hasta que ha quedado admitido sin contradiccion el plan de González Blanco, que ántes rehusaron porque le vieron de vulto. En llegando el caso de establecer nuevos impuestos, la prudencia debe hacer todo el costo, así en su establecimiento, como en su exaccion; que el imprudente modo de conducirse de algunos comisionados hace duras e insoportables muchas cosas, i mas en aquellos países remotos, i en las críticas circunstancias de estos tiempos."

Mas si, como lo refiere Carvallo i Goyeneche, el gobierno peninsular logró establecer poco a poco un sistema mas oneroso de contribuciones, sin provocar tumultos estrepitosos, no pudo conseguir su objeto sin dar motivo para murmuraciones, i sin producir una gran desconfianza en los habitantes de Chile.

Referiré una incidencia que manifiesta hasta qué grado de alarma habian llegado los ciudada

nos.

En 6 de julio de 1780, el rejente de la real audiencia don Tomas Alvarez de Acevedo sucedió interinamente en el mando superior a don Agustin de Jáuregui, mientras venía el propietario.

Como el rejente era un administrador bastante laborioso, realizó en el corto período de su interinidad varias mejoras mas o ménos importantes, i entre ellas la de numerar las casas de Santiago;

pero era tanta la suspicacia que habia despertado el procedimiento de la corte en el asunto de las alcabalas i pulperías, que tuvo que suspenderse la comenzada numeracion; porque principió a decirse que aquello se encaminaba a imponer nuevas contribuciones, i en consecuencia, a conmoverse el vecindario de un modo serio (1).

Este pequeño incidente manifiesta cuál era el descontento público que habia en 1780 a causa de los rigores que se ejercian en el cobro de los derechos de alcabalas i de pulperías.

II.

A la causa mencionada de desagrado, se agregaba otra que debia perturbar los ánimos no ménos fuertemente.

Allá por el año referido de 1780, se estaba tratando en Chile de efectuar la reforma de los regulares, decretada por real cédula de 16 de octubre de 1769. Habiendo las órdenes monásticas ido relajando poco a poco sus constituciones, muchos individuos de ellas vivian fuera de los claustros, sin observar los preceptos de sus reglas, i distraídos en la administracion de bienes propios o ajenos. El rei, para poner fin a tales escándalos, habia mandado que se nombraran visitadores encargados de restablecer la vida comun en los conventos, haciendo que los relijiosos orasen a Dios, en vez de ocuparse en negocios mundanos.

Fácilmente se concebirá que la ejecucion de esta disposicion real debia ser mui desagradable para los pacientes i sus allegados.

(1) Pérez García, Historia Natural, Civil i Sagrada del reino de Ohile, libro 10, capítulo 14.

Ahora bien, es sabido que los frailes tenian una grande influencia en la época colonial. Cada familia era dirijida, puede decirse, por alguno de ellos.

Así no se estrañará que la cuestion de la reforma monástica inquietase los ánimos tanto como la de las alcabalas i pulperías.

III.

En medio de estas diversas conmociones que estuvieron ajitando al pueblo de Chile desde 1776, las cuales eran simples disgustos de súbditos buenos i leales, i de ninguu modo conatos de rebelion, ni siquiera lejanos, nació la primera idea de independencia.

Los que concibieron un pensamiento tan inmaturo fueron dos franceses, llamados, el uno Antonio Gramuset, i el otro Antonio Alejandro Ber

ney.

Gramuset estaba residiendo en el país hacía muchos años, i se habia casado en él.

Era un individuo emprendedor, que habia pasado la vida cortejando a la fortuna, sin lograr ja

mas merecer sus favores.

El primer rastro suyo que he podido descubrir se refiere al año de 1769.

En aquel año se habia ordenado espulsar por mandato del rei a todos los estranjeros que se hubieran introducido en Chile, sin competente permiso.

Estaban los infelices haciendo sus lios para partir, cuando mui oportunamente para ellos estalló en Arauco un levantamiento jeneral i terrible de los pehuenches, guilliches e indios de los llanos, los cuales mataron a cuantos cristianos pudieron

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