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tir el libre comercio entre la metrópoli i las colonias, no pensó siquiera en alzar la mal aconsejada i funesta prohibicion de comerciar con los estranjeros, que la España se esforzó por mantener durante todo el largo período de su dominacion en América.

Así, la reforma de aquel sabio monarca, por saludable que fuera, estuvo mui léjos de aplicar al mal todo el remedio conveniente.

El único arbitrio que habia para correjir como correspondia un sistema tan opuesto a las advertencias del buen sentido habria sido abrir los puertos de los dominios hispano-americanos al comercio de todas las naciones.

Las consecuencias fatales de este réjimen ultraprohibitivo, aunque endulzadas, continuaron desenvolviéndose.

Estas consecuencias eran la despoblacion i pobreza de las colonias, el disgusto de los habitantes contra un órden de cosas que los sometia a las mayores privaciones, la práctica del contrabando en una grande escala, la malevolencia contra España de las naciones marítimas, que no le perdonaban el que les cerrara los mercados del nuevo mundo.

La metrópoli, por ignorancia, por excesiva suspicacia, por el deseo de estraer ella sola a la América todo el tocino, como decia el conde de Aranda, se habia empeñado en aislar del resto del mundo sus posesiones ultramarinas; pero como aquello era contrario a la naturaleza, sus colonos, mui sumisos en todo lo demas, no habian tenido escrúpulos de trabar relaciones con los estranjeros, siempre que lo habian podido, a pesar de todas las prohibiciones, i a riesgo de todos los castigos.

Por real órden espedida en San Ildefonso a 15 de setiembre de 1776, mandó el soberano a las au

toridades civiles i eclesiásticas que desarraigasen el error en que estaban sus pueblos del nuevo mundo "de no haber pecado en la usurpacion de los reales derechos."

Pero todo fué inútil: el contrabando continuó floreciente hasta la revolucion de la independencia.

Voi ahora a confirmar con algunos hechos i documentos relativos a la historia de Chile, ignorados hasta ahora, la exactitud de las observaciones precedentes.

II.

Principiaré por dar a conocer un documento del cual aparece que ya a principios del siglo XVIII, los chilenos reclamaban por los perjuicios que esperimentaban a causa del aislamiento comercial en que se les mantenia.

Véase lo que se esponia a la audiencia de Santiago en 10 de diciembre de 1705.

"Mui Poderoso Señor. Don Andres López de Gamboa, procurador jeneral de esta ciudad, digo que en el cabildo de ella se ha acordado que se informase a Su Majestad la necesidad que tenian estas provincias de que en ellas se introdujesen sin impedimento las mercaderías que llegan en navíos de permiso al puerto de Buenos Aires, i especialmente por lo que toca a los negros esclavos; i se ha de servir Vuestra Alteza de mandar que sobre ello se informe por esta real audiencia con las noticias que justifican esta pretension para que por la real persona se declare la permision, alzando cualquiera prohibicion que para esto hubiere habido, porque siendo esto permitido para las provincias de Tucuman, Paraguai i Buenos Aires, todas las razones de congruencia que en esta per

mision concurren, se hallan en estas provincias de Chile, por ser parte tan remota, i mas que las otras que tienen mas continua i fácil comunicacion con las provincias del Perú, i las ciudades mas populosas de ellas, como es la ciudad de las Chárcas; i que en los términos de aquella real audiencia, se hallan comprendidas las dichas provincias; i éstas de Chile, por su grande distancia i separacion, tienen esta real audiencia por haberse considerado que fueran mui dificultosos los recursos en la administracion de justicia, si fuera de ellas se hubiese de ocurrir; i como quiera que las mercaderías que entran por el reino de Tierra Firme i Portobelo pasan en sumas mui cuantiosas a Potosí i a las Chárcas, donde está la mayor grosedad de las contrataciones, de allí se comunican a las dichas provincias de Tucuman, Paraguai i Buenos Aires, porque están debajo del gobierno de aquella audiencia; i si para ellas ha habido motivos i congruencias que justificaron el comercio de las mercaderías que se introducen por el puerto de Buenos Aires, éstas con mayor razon militan en estas provincias de Chile, especialmente porque los términos de ellas se estienden de la otra banda de la gran cordillera nevada, donde están situadas las ciudades de Mendoza, San Juan i San Luis de Loyola, i la frontera, i que estas ciudades no se dilatan i padecen suma pobreza sus habitantes por falta de comercio, con especialidad por lo que toca a la contratacion de los negros esclavos que entran por el dicho puerto de Buenos Aires, se hallará que es urjentísima la necesidad que de ellos tienen estas provincias de Chile, porque falta la labor de los campos i la crianza de los ganados, i se han encarecido grandemente los mantenimientos por no haber

trabajadores que asistan a estos beneficios, habiéndose estenuado los indios que se ocupaban en ellos con las repetidas pestes i otros accidentes. Con la que de próximo se ha esperimentado este año, se han muerto en la mayor parte los pocos indios que habia, i se espera que su falta será mui sensible i de grande detrimento al estado público i conservacion de los habitadores de esta tierra, i aunque pudieran pasar a estas provincias negros de los que entran por la via de Portobelo, como es tan larga distancia, i tan dilatadas las navegaciones, i los costos tan excesivos, cuando algunos llegan a esta ciudad, tienen precios tan excesivos, que se venden por setecientos i ochocientos pesos, i no hai caudal para poderlos comprar, i así son mui pocos los que pasan, i no se puede suplir con ellos la necesidad. I puesto que este reino necesita especiales asistencias para poderse mantener en tantas calamidades como ha padecido i padece de terremotos, pestes, inundaciones, e invasiones de enemigos de Europa i de los indios naturales de estas provincias, donde se mantiene guerra interior, será del servicio de la real persona todo cuanto condujere al alivio i conveniencia de los habitadores de ellas, mediante lo cual a Vuestra Alteza pido i suplico mande informar como de suso pido, sobre que pido justicia, i para ello, etc.— Andres López de Gamboa."

III.

La jeneral penuria que se describe en el documento precedente, producida por el monopolio i las trabas comerciales, fomentaba el contrabando, i causaba la mas escandalosa desmoralizacion, tan

to entre los súbditos, como entre los funcionarios de alta i baja jerarquía.

La elevacion de Felipe V, nieto de Luis XIV, al trono de España, al comenzar el siglo XVIII, dió naturalmente a la Francia una grande influencia en los negocios de la Peninsula i de sus colonias.

Aun ántes que el nuevo monarca pisara el suelo español, ya sus representantes en Madrid dictaban con pocos dias de intervalo las dos siguientes cédulas bien significativas.

Hé aquí la primera.

"El Rei. Mi gobernador i capitan jeneral de las provincias de Chile i presidente de su audiencia real de ellas. Por despachos que se os han dirijido, i los que recibireis en esta ocasion, estareis informado el que por haber fallecido el Rei Nuestro Señor don Cárlos II (que esté en gloria) sucedió en esta monarquía el Rei Nuestro Señor don Felipe V (que Dios prospere), nieto del Señor Rei Cristianísimo; i habiéndose estrechado con este motivo el vínculo de parentesco i amistsd entre esta corona i la de Francia, se hallan tan unidas, que las conveniencias i favorables sucesos de la una se consideran comun interes de las dos, en cuya intelijencia ha parecido poneros para que enterado de estas noticias, i prevenido del estado en que nos hallamos, podais en los casos que se ofrecieren dirijir con acuerdo i seguridad las operaciones de vuestro gobierno, de forma que acreditando en todo la atencion i buena correspondencia, cumplais con las obligaciones de vuestro empleo. De Madrid a 3 de enero de 1701. Yo la Reina.-El Cardenal Portocarrero.-Frai Don Manuel Arias.-Don Fernando de Aragon.-El Obispo Inquisidor Jeneral.-Don Rodrigo Manuel Manrique de Lara.-El Conde de

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