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En fe de lo cual, los Plenipotenciarios respectivos lo han firmado i sellado. Hecho en Santiago de Chile por duplicado el treinta i uno de agosto del año de mil ochocientos cincuenta i ocho.

(L. S.)-J. V. LASTARRIA.

(L. S.)-DEROTE.

I por cuanto el Tratado preinserto ha sido ratificado por mí, previa la aprobacion del Congreso Nacional, i las respectivas ratificaciones se han canjeado en esta ciudad el dia nueve del pasado mes de noviembre por don Jerónimo Urmeneta i don Ant. Const. Louis José Derote, Plenipotenciarios nombrados al efecto por los Gobiernos de Chile i de Béljica:

Por tanto, en virtud de la facultad que me confiere el artículo 82, parte 19 de la Constitucion Política, dispongo i mando que se cumpla i lleve a efecto en todas sus partes el referido Tratado por todas las autoridades i ciudadanos de la República, para cuyo conocimiento se publicará en el periódico oficial.

Dada en la Sala de mi Despacho, en Santiago, a veintiocho dias del mes de diciembre de mil ochocientos cincuenta i nueve.

Promulgacion.

MANUEL MONTT.

Jerónimo Urmeneta.

TRATADO

PARA EL RESCATE DEL PEAJE DEL ESCA LDA

ENTRE CHILE I BELJICA.

JOSÉ JOAQUIN PÉREZ,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE CHILE.

Firmado el 16 de Canjeado el 9 de diciembre de 1868. de febrero de 1861.

julio de 1863.

Promulgado el 2

Por cuanto entre la República de Chile, Su Majestad el Emperador de Austria, Rei de Hungría i Bohemia, Su Majestad el Emperador del Brasil, Su Majestad el Rei de Dinamarca, Su Majestad la Reina de España, Su Majestad el Emperador de los Franceses, Su Majestad la Reina del ReinoUnido de la Gran Bretaña e Irlanda, Su Majestad el Rei de Hanóver, Su Majestad el Rei de Italia, Su Alteza Real el Gran Duque de Oldemburgo, la República del Perú, Su Majestad el Rei del Portugal, Su Majestad el Rei de Prusia, Sn Majestad el Emperador de Todas las Rusias, Su Majestad el Rei de Suecia i de Noruega, Su Majestad el Emperador de los Otomanos i los Senados de las Ciudades Libres i Hanscáticas de Lubeck, Brémeni Hamburgo, por una parte, i por otra, Su Majestad el Rei de los Belgas, se negoció, concluyó i firmó un Tratado para el Rescate o Abolicion del peaje del Escalda el 16 de julio último, por medio de Plenipotenciarios competentemente autorizados al efecto, Tratado cuyo tenor literal es como sigue:

«Su Exelencia el Presidente de República de Chile, Su Majestad el Emperador de Austria, Rei de Hungría i de Bohemia, Su Majestad el Rei de los Belgas, Su Majestad el Emperador del Brasil, Su Majestad el Rei de Dinamarca, Su Majestad la Reina de España, Su Majestad el Emperador de los Franceses, Su Majestad la Reina del ReinoUnido de la Gran Bretaña e Irlanda, Su Majestad el Rei de Hanóver, Su Majestad el Rei de Italia, Su Alteza Real el Gran Duque de Oldemburgo, Su Exelencia el Presidente de la República del Perú, Su Majestad el Rei del Portugal i de los Algarbes, Su Majestad el Rei de Prusia, Su Majestad el Emperador de Todas las Rusias, Su Majestad el Rei de Suecia i de Noruega, Su Majestad el Emperador de los Otomanos i los Senados de las Ciudades Libres i Hanseáticas de Lubeck, Brémen i Hamburgo, igualmente animados del deseo de exonerar para siempre la navegacion del Escalda del peaje que la grava, de asegurar la reforma de los impuestos marítimos percibidos en Béljica, i de facilitar así el desenvolvimiento del comercio i la navegacion de sus respectivos Estados; han resuelto ajustar a este efecto un Tratado, i han nombrado por sus Plenipotenciarios, a saber:

Su Exelencia el Presidente de la República de Chile,

A Don Manuel Carvallo, Su Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario cerca de Su Majestad el Rei de los Belgas;

Su Majestad el Emperador de Austria, Rei de Hungría i de Bohemia,

Al Señor Cárlos, Baron de Hügel, Caballero de la Órden Imperial i Real de la Orden de la Corona de Hierro de primera clase; Caballero de la Órden Imperial i Real de Leopoldo de Austria; Gran Cruz de la Orden de San José de Toscana; Gran Cordon de la Orden de San Gregorio el Grande; Senador Gran Cruz de la Orden Constantino de San Jorje de Parma; Caballero, de la Orden Papal del Cristo; Comendador de la Órden Real del Danebrog de Dinamarca i de la Orden de Wasa de Suecia; Ofi

Partes Contratantes.

Objeto.

Plenipotenciarios.

cial de la Órden Real de Leodoldo de Béljica; Caballero de la Orden Real del Águila Roja de Prusia; etc., etc., etc.; Doctor en Derecho de la Universidad de Oxford: Miembro efectivo de las Academias Imperiales de Ciencias de Viena i de Leopoldina Carolina; Presidente de la Sociedad Imperial de horticultura de Viena; Miembro honorario i efectivo de muchas Sociedades sábias; Su Consejero íntimo actual; Su Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario cerca de Su Majestad el Reț de los Belgas;

Su Majestad el Rei de los Belgas,

Al Señor Carlos Rogier, Gran Oficial de su Órden de Leopoldo; Condecorado con la Cruz de Hierro; Gran Cordon de la Lejion de Honor; Gran Cruz de la Orden de San Mauricio i Lázaro; Gran Cruz de la Orden de la Estrella Polar; Gran Cruz de la Órden de la Rama Ernestina de la Casa de Sajonia; Gran Cruz de la Orden de Nuestra Señora de la Concepcion de Villaviciosa; Gran Cruz de la Órden del Águila Blanca; Gran Cruz de la Órden de Cárlos III; Gran Cruz de la Orden del Águila Roja; Su Ministro de Negocios Estranjeros; i al Señor Augusto, Baron Lambermont, Oficial de su Orden de Leopoldo; Gran Cordon de la Orden de San Estanislao; Gran Oficial de la Lejion de Honor; Caballero de primera clase de la Orden de San Fernando de España; etc., Secretario Jeneral del Ministerio de Negocios Estranjeros;

Su Majestad el Emperador del Brasil,

Al Señor Joaquin Tomas de Amaral, Comendador de Șu Orden Imperial de la Rosa; Comendador de la Orden de Francisco I de Nápoles; Su Ministro Residente cerca de Su Majestad el Rei de los Belgas;

Su Majestad el Rei de Dinamarca,

Al Señor Francisco Preben, Baron de Bille Brahe;, Caballero de Su Orden de Danebrog; Oficial de la Orden de Leopoldo de Béljica; Caballero de las Órdenes de la Estrella Polar de Suecia i del Águila Roja de Prusia; Chambelan i Montero de Su Cor

te, Su Ministro Residente cerca de Su Majestad el Rei de los Belgas;

Su Majestad la Reina de España,

A Don Diego Coello de Portugal i Quesada, Gran Cordon de Su Órden de Isabel la Católica; Comendador de Su Órden de Cárlos III; Gran Cordon de la Órden de San Mauricio i Lázaro; Gran Cordon de la Orden de San Jorje de Parma; Oficial de la Lejion de Honor, Caballero de la Orden de SanJuan de Jerusalen; Diputado a las Cortes; Su Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario cerca de Su Majestad el Rei de los Belgas i cerca de la Confederacion Suiza;

Su Majestad el Emperador de los Franceses, Al Señor José Alfonso Pablo, Baron de Malaret; Oficial de la Lejion de Honor; Gran Cruz de la Órden de los Güelfos de Hanóver; Gran Cruz de la Orden de Enrique el Leon de Brunswick;, Comendador de número estraordinario de la Orden de Cárlos III de España; etc.; Su Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario cerca de su Majestad el Rei de los Belgas;

Su Majestad la Reina del Reino-Unido de la Gran-Bretaña e Irlanda,

A Cárlos Augusto, Lord Howard de Walden i Scaford, Pardel Reino-Unido; Caballero Gran Cruz de la Mui Honorable Orden del Baño; Su Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario cerca de Su Majestad el Rei de los Belgas;

Su Majestad el Rei de Hanover,

Al Señor Bodo, Baron de, Hodemberg; Condecorado de cuarta clase de la Órden de los Güelfos de Hanóver; Comendador de la Orden del Leon Neerlandes; Ministro Residente de Su Majestad el Rei de Hanóver cerca de Sus Majestades el Rei de los Belgas i el Rei de los Paises-Bajos;

Su Majestad el Rei de Italia,

Al Señor Alberto Lupi, Conde de Montalto; Gran Cordon de Su Órden de San Mauricio i Lázaro; Gran Cordon de la Órden del Leon Neerlandes; Su Enviado Estraordinario i Ministro Pleni

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