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A S. M. porque siendo aquí los víveres más baratos que en ninguna parte del reino, surtirían al castillo y tropa los que necesitase, y á los vasallos porque abrirían un comercio recíproco que cedería en beneficio de la real hacienda y de ellos, por cuya falta son limitadas las sementeras. Podría también este batallón alternar con el de Granada para la guarnición y defensa del castillo, socorrerlo en caso de asedio y sorprender al enemigo, que por ignorar la comunicación descuidaría su retaguardia y sería fácilmente atacado.

Permítame V. S. le diga que para conseguir la comunicación, que juzgo fácil y utilísima, sería conveniente buscarla viniendo con buenos prácticos y aguja de marear del castillo hacia esta parte, porque entonces traen la dirección fija y les sirven de punto de demarcación los volcanes y cordilleras de esta provincia, no siendo lo mismo para la inversa, porque internado en el monte y siendo como es tan bajo el lugar que buscan, no le encontrarían sin gran dificultad y demora, como ya se ha verificado.

También deberán buscar la salida de estas poblaciones dirigiendo su rumbo del sur al sueste, para no encontrar con los infieles antropófagos Guatuzos y venir á salir al volcán de esta ciudad ó á sus inmediaciones; pero V. S. resolverá siempre lo mejor. Dios, etc. Cartago, 5 de Abril de 1803.-M. I. S. Thomás de Acosta-M. I. S. P. Don Antonio González Saravia.

El gobernador D. Tomás de Acosta informa respecto de la Villavieja de Heredia.-Año de 1803 (1)

M. I. S. El gobernador de Costarrica obedeciendo al decreto que antecede expone lo siguiente:

La población de la Villavieja de Heredia consiste en una parroquia de bajareque que por su construcción y antigüedad está amenazando ruina, por cuyo motivo se está fabricando otra al lado de aquélla, pero de cal y canto, de regular arquitectura y suficiente magnitud, que promete considerable duración, y todo á expensas y con beneplácito de sus vecinos.

Hay así mismo una cárcel y casa que llaman de cabildo para las juntas del vecindario, bastante grandes, hechas de adobes y bien tratadas, de modo que durarán muchos años, como se ve en los demás edificios de esta provincia, donde todos son de la misma calidad.

Tiene dicha población una hermosa plaza y sus habitantes ocupan diez calles que corren norte sur y otras tan tas leste oeste, cada calle con diez manzanas de cien varas de frente y cada manzana dividida en cuatro solares que están habitados, y las calles son de ocho varas de ancho. De lo dicho se deduce que la citada población ocupa un espacio de mil ochenta varas en cada uno de sus frentes.

Hay en este pueblo como ochocientas familias, algunas de ellas de Españoles, que son los reputados por nobles, y las demás de mestizos y mulatos, que son los tenidos por plebeyos; pero hay á más como otras tantas en los arrabales y campos del distrito, y así éstas como aquéllas se ejercitan en la agricultura y arriería, ya por sí ya por sus domésticos, y algunos pocos en cría de ganado mayor y mulas.

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Generalmente hablando las gentes de la Villavieja de Heredia son laboriosas, de arreglada conducta y de dócil

(1) Archivos Nacionales de Costa Rica.-Sección Histórica.

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índole y viven en paz y armonía; pero no así en esta ciudad, donde la emulación, el odio, el ocio y la cavilosidad parece que son su patrimonio.

En consecuencia al anterior mandato de V. S. M. I. se ha medido el terreno que deberá servir de ejido á la enunciada población, dejándola á más un espacio para el aumento de seis manzanas en cada calle, en consideración á la propagación del vecindario y á que muchos de los que viven fuera de poblado, en la tierra señalada para ejido, se reunirán al pueblo por eximirse de la contribución.

El terreno no medido para el ejido es de media legua á cada viento cardinal, en cuya extensión pasturarán los ganados que tienen para su uso y servicio diario, formarán potreros y harán cercos para labranzas, teniendo unos y otros con inmediación al poblado que habitan; y éstos serán los que pagarán el derecho de ejido, según costumbre, para formar el fondo de propios y hacer los gastos

comunes.

En cuanto á la nominación de alcaldes ordinarios para dicha población no parece conveniente al informante: lo 1.0 porque entre los vecinos de la Villavieja de Heredia no hay seis en quienes concurra el talento é instrucción necesaria para el desempeño, pues á la verdad que la mayor parte de aquellos que por su calidad pudieran obtener este empleo apenas saben firmar y carecen absolutamente de los conocimientos precisos para la escuela de una causa; no hay letrado ni persona idónea que los dirija, y si alguno de los muchos mal intencionados que hay en esta ciudad, conociendo la insuficiencia y sanidad de aquéllos se fija allí con el fin de ser su director, su mentor y su oráculo, les hará cometer á los infelices alcaldes mil desaciertos é injusticias sin que lo conozcan, é inocentemente pagarán las culpas de aquel mal director en quien nunca recae la responsabilidad.

Lo 2.0 porque habiendo alcaldes ordinarios en la citada población, les sería privativa la policía y administración de justicia de aquel distrito, de que resultarían continuas quejas y competencias con este gobierno y cabildo, no menos que con los jueces eclesiásticos y jefes militares, sirviéndome de ejemplar para pensarlo y decirlo así el conocimiento que tengo del carácter de estas gentes y los acon

tecimientos que frecuentemente ha habido entre el gobierno de León y los alcaldes de Nicaragua.

Lo 3.0 porque para remover de la vara á un alcalde ordinario que lo merece se requieren requisitos y formalidades que no son menester para un teniente de gobernador, porque aquéllos están confirmada á nombre de S. M. y á éste lo puede suspender el gobernador que le nombra.

Lo 4.o porque tengo motivo para creer que si los de la Villavieja de Heredia se ven con jueces privativos, no sólo vuelvo á decir que serán muchas las quejas y competencias con este cabildo y gobierno, sino que se apresurarán á solicitar los empleos concejiles; y por el contrario, viéndose en todo dependientes de esta ciudad han de estimularse á tener su ayuntamiento comprando los empleos necesarios, en que resultará beneficio al erario.

Esto es cuanto el exponente conceptúa deber informar á V. S. sobre cada uno de los puntos á que se contrae su superior mandato, para que se determine lo conveniente.= Cartago, 12 de Enero de 1803. Thomás de Acosta=Al M. I. S. P. Don Antonio González Saravia.

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Informe de D. José Salvador sobre las pesquerías

de perlas y caracol de tinte en Nicoya.-Año de 1803 (1).

Razón circunstanciada de la clase y cantidad de pezcas que se verifican en las costas del Mar del Sur de esta Prova de León de Nicaragua.

Con cuanta brevedad me ha sido dable y permite la distancia que media de esta Capital de Provincia al partido de Nicoya he formado, con la individualidad que se me manda, la noticia que S. M. ha resuelto se le remita de la clase y cantidad que se hace de pezcas en las Costas de este Gobierno, con lo demás que incluye la Soberana disposición.

En la Costa del Mar del Sur, partido de Nicolla, su Puerto nombrado el Río de Albarado y en el día el más frecuentado por la inmediación á aquel Pueblo, que sigue ésta hasta finalizar en el sitio nombrado Cabo Blanco, su distancia será la de 60 leguas poco más o menos. Hay varios arenales é Islas pequeñas que se descubren en las vaciantes ó vajas de Mar, siendo el tiempo en que se verifican las pescas de Perlas, por que se facilita el aproximarse á las oquedades en que existen y se encuentran con más facilidad las conchas, y lo mismo sucede en los arenales indicados, que desde inmemorial tiempo se ha ejercitado en estos parajes y han producido y producen buena clase de Perlas de todos tamaños, su origen en lo general regular y en algunas particular. De la cantidad no se puede dar noticia individual, por no haberse verificado estas pezcas con la formalidad y método que corresponde y hacerlo cada uno cuando le acomoda ó le permiten sus fuerzas ó caudal, agregándose á lo expuesto el corto número de vecindario

(1) Archivo General de Indias.-Estante 101, cajón 6, legajo 22.

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