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aquí irán declaradas; y es negocio que le puede pretender el hermano del duque del Infantazgo ú otra grande calidad de persona; y lo segundo, posible de hasta cinco ó seis mil ducados; que S. M. le haga merced de licencia de negros, para que de golpe se busque oro y minas, porque descubierto esto, no tiene necesidad de más favor, á causa que los indios no quieren descubrillas ni decir adonde están las minas; y habiendo esto posible, con gran facilidad darían en ello con la industria y práctica que allá tenemos.

Asimismo es menester gran autoridad al gobernador que fuerc, porque así conviene al servicio de Dios nuestro señor y de S. M. y del señor presidente, pues ha de ser hechura suya y en su tiempo; y proveyéndose así, yo pondría mi cabeza que fuese un negocio tan acertado cuanto otro ninguno se habría proveído mejor que éste; porque, debajo de ser cristiano y sacerdote, entiendo que vendría á ser uno de los prósperos y ricos hombres que ha habido en las Indias, porque sería en su mano henchir cofres; y esto tan bien le consta á V. R. como á mí, pues le consta, en lo poco que allá estuvo, del vicio de ella.

Conviene que, pues Juan Vásquez de Coronado, por siniestra información, ganó el adelantamiento de esta provincia, que pues acabó él, el Consejo confirmó á su hijo en el negocio; lo cual no sé si fué acertado, advirtiendo como advertí al señor fiscal en secreto que no convenía al servicio de S. M. ni al bien de la tierra, y dando para ello mis razones bastantes; y no queriendo parar ni mirallas, y asimismo los inconvenientes que á la tierra vayan, de lo cual yo, por práctica que tengo del negocio, podría dar tal aviso que se podría remediar; de forma que el Consejo quedase con su honor y el proveído no tuviese más título de adelantado; y cuando se me pidiese razón, yo la daría muy cumplida.

Tiene aquella provincia, por dos ó tres años primeros, necesidad de algun socorro y auxilio de las gobernaciones vecinas; y de esto yo advertiré á su tiempo, mandándomelo. Asimismo tiene necesidad de dalle al pueblo de Nicoya, que está en cabeza de S. M., que esté á aquel obispado y gobernación sujeto, porque el mismo pueblo lo pide; y así traje yo poder para ello, por las vejaciones que pasan de venir como vienen ochenta leguas despoblado á dar cuenta á los oficiales reales, y por óleo y crisma y otras cosas necc

sarias al bien público; por donde los miserables indios vienen á padecer grande detrimento en sus personas y vidas; y así conviene al descargo de la conciencia real y al del señor presidente; y no proveyéndolo, teniendo este aviso, no lo tendría por seguro (10).

Conviene asimismo, por dos ó tres años, librar el salario de gobernador y obispo de la dicha provincia de CostaRica en la caja de S. M. en Tierra- Firme, á causa de ser aquella provincia tierra nueva; y hasta entablarse los negocios, sería muy necesario esto.

Nombrar asimismo oficiales reales, porque hasta ahora no están nombrados; y no serán malos cargos ni de los peores de las Indias. Nombrar alcalde mayor de minas con veinte y cuatro leguas de jurisdicción.

Yo he puesto aquí estos capítulos que me han venido á la memoria, luego como recibí la de V. R., que habrá ocho horas. Podrá V. R. hacer lo que dicho tengo, de mirar lo que mejor le pareciere; y si después de leído, viere que conviene mostrar la carta y relación al ilustrísimo señor presidente, déjolo al parecer de V. R.; y si por acaso S. S. İllma. la viere, y entendiere que en más que esto puedo servir, enviándomelo S. S. á mandar, aunque yo me desasosiegue algún tanto, lo haré de muy entera voluntad, porque yo en ello entiendo muy cierto servicio á Dios nuestro señor y á S. M., y por el bien de aquellos naturales; y asimismo suplico á V. R. que en lo que yo pudiere servirle en este caso y en lo demás que se ofreciere, hasta que de esta Corte V. R. sea despachado, me lo envíe á mandar, porque lo haré con las entrañas y amor que ya V. R. tiene conocido de mí; y suplico á nuestro señor dé á V. R. las fuerzas necesarias para proseguir tan santa obra y jornada como V. R. quiere proseguir, y lo lleve con aquel próspero viaje que yo deseo. Y todo lo que aquí tengo dicho y va por aviso, lo digo debajo de haberme puesto V. R. la conciencia por delante, y así lo digo delante de nuestro señor; y que no proveyendo S. S. Illma. aquella tierra del remedio dicho, siendo avisado, que no lo tendría por seguro, por la gran necesidad que tienen, así los que han poblado como los naturales; y

(10)-Véase desde cuando se hacía notar la conveniencia de que Nicoya estuviese unido á la provincia de Costa-Rica.

encargo la de V. R. deDe esta casa de V. R.,

con esto descargo mi conciencia y lante de nuestro señor; y así ceso. adonde estaré muy á su servicio cuando me mandare que le sirva, hoy lunes y de mayo 6 de 1572 años Besa las manos de Vuestra Reverencia su más humilde servidor=(f.) El licenciado Juan.de Estrada Ravago=Al padre fray Diego Guillén.

(Hállase original en el Archivo General de Indias de Sevilla, entre los papeles traídos de Simancas, legajo 22 de los de Buen Gobierno de Indias. Confrontóse en 29 de octubre de 1793-(f.) M. F. de Navarrete.)

(From the copy in the Depósito Hidrográfico of the Spanish Governement Madrid, March 17 th 1857=(f.) Buckingham Smith.)

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(Esta copia, encontrada en la colección del Sr. D. Jorge Squier, N. York, la he sacado y escrito de mi propio pu ño (f.) Felipe Valentini-N. Y., 12 setiembre 1872.)

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Relación muy circunstanciada escrita al rey sobre los sucesos de Juan Vásquez de Coronado en la pacificación y descubrimiento de Nueva-Cartago y Costa-Rica por el cabildo del Castillo de Garcí-Muñoz de la misma provincia. Año de 1562 (1).

Católica, Real Majestad-Por otras que á V. M. tenemos escritas, hemos dado larga cuenta de cómo, en vuestro real nombre, estamos en la pacificación y descubrimiento de las provincias de Nueva-Cartago y Costa-Rica, en las cuales ha dos años é más entramos en compañía del licenciado Juan de Cavallón, que, por mandado de vuestro presidente é gobernador de la real audiencia de los Confines, vino á la dicha obra; é de cómo, por causa de la rebelión y contumacia que los naturales de ella han tenido, envejecidos en sus ritos é sacrificios que son muy muchos, hemos padecido algunos trabajos, ansí por los querer atraer al conocimiento de Dios nuestro señor é dominio de V. M. por vía de paz, como porque ellos han procurado lo posible, con guazabaras y traiciones, defender la población de esta ciudad que en vuestro real nombre hizo el dicho licenciado, de que se han recrecido algunas necesidades é faltas de mantenimientos, que han sido causa que tan santa obra como ésta no pasase adelante por la poca posibilidad que hemos tenido, porque puesto caso que el dicho licenciado Cavallón gastó de su hacienda lo que pudo en la dicha jornada, hubo de salir de ella al llamamiento que le fué fecho por el dicho vuestro presidente, para que asistiese en la fiscalía de que por V. M. le fué fecha merced.

(1)-Este notabilísimo documento lo debo también á la amabilidad de don Francisco María Iglesias.

É visto por el dicho vuestro gobernador cuan importantísima era á vuestro real servicio la pacificación y descubrimiento de las dichas provincias, y que á causa de no tener la gente española que en ellas residían, capitán so cuyo gremio y amparo continuasen la dicha jornada, ni bastimentos con que poder sustentarse en ella, se salían é dejaban la dicha población; atento á lo cual y al sér é calidad de Juan Vásquez de Coronado, é que era tal persona cual para ello convenía, é que estaba por vuestro justicia mayor de la provincia de Nicaragua, le nombró é eligió por justicia mayor de la dicha provincia é por vuestro capitán general de ellas, para que las fuese á pacificar é poblar é socorrer é proveer á los españoles, que en ellas estaban, de bastimentos é lo necesario; é ansí el dicho Juan Vásquez de Coronado, con el zelo y voluntad que siempre ha mostrado al aumento de la dicha jornada, lo aceptó; é luego con toda instancia, solicitud é cuidado, procuró á socorrer á dicha provincia, é para ello envió un navío con bastimentos é ciertos soldados proveídos de armas y lo necesario, é por tierra envió ganados de que en aquella provincia había mucha necesidad, el cual mandó cargar muchos paños, lienzos, ruanes y jergas, sayal, calzado é otras cosas, é aderezos de caballos, é aparejos de jarcia; y le mandó ir á la provincia de Costa-Rica para el socorro de ella, que fué causa que no se fuesen algunos soldados, que con la necesidad que tenían se querían ir; é la gente española se remedió.

Y el dicho Juan Vásquez quedó en la dicha provincia, aprestándose de caballos, armas é más gente y otras cosas para mejor favorecer la dicha jornada, enviando por tierra ganados y otros aderezos útiles y necesarios á la dicha jornada; proveído lo cual, partió para esta provincia de Nicaragua; que visto el orden, afición y zelo con que el dicho Juan Vásquez hacía la dicha jornada, dejaron los indios que en vuestro real nombre tenían en encomienda, por seguir al dicho Juan Vásquez, donde llegó á la villa de los Reyes, puerto de Landecho de esta provincia, que en vuestro real nombre se ha poblado; é allí proveyó é socorrió á la gente que en él estaba de lo necesario; y desde el dicho pueblo y puerto despachó un navío con caudillo y gente para que le trujesen de la ciudad de Panamá munición é otras cosas que en la dicha provincia de Nicaragua no pudo hallar.

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