Diario de sesiones de la camara de Senadores

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Página 35 - Reunidos en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, su excelencia el señor Ministro del ramo, doctor don José Antonio Terry, y su excelencia el señor don José Francisco Vergara Donoso, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Chile, á fin de ponerse de acuerdo para
Página 619 - los terrenos necesarios para las vías, estaciones, talleres, galpones de carga, casas de camineros y calles que deben circundar las estaciones, de acuerdo con los planos que apruebe el Poder Ejecutivo, quedando facultado el concesionario para gestionar por su cuenta su expropiación, con arreglo a la ley general de la materia. Art.
Página 35 - al Norte del paralelo 23 de latitud Sur, y, una vez exhibidos sus plenos poderes que fueron hallados en buena y debida forma, convinieron en lo siguiente: Al Norte del mencionado paralelo 23, el
Página 165 - Oriental del Uruguay. Su Excelencia, el Presidente de la República Argentina, Su Excelencia el Presidente de los Estados Unidos del Brasil, Su Excelencia el Presidente de la República del Paraguay y Su Excelencia el Presidente de la República Oriental del Uruguay, deseando salvaguardar la salud pública, sin traer inútiles obstáculos
Página 424 - Al honorable Congreso de la Nación. El Poder Ejecutivo tiene el honor de solicitar de Vuestra Honorabilidad la sanción del adjunto proyecto de ley abriendo un crédito suplementario al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Página 357 - la ocupación de los terrenos necesarios para las vías, estaciones, depósitos, talleres, galpones de carga, casas de camineros y calles que deben circundar las estaciones de acuerdo con los planos que apruebe el Poder Ejecutivo, quedando facultados los concesionarios para gestionar por su cuenta su expropiación con arreglo a la ley general. Art.
Página 646 - cincuenta mil" pesos moneda nacional en efectivo ó en títulos nacionales de renta, en calidad de garantía del fiel cumplimiento de sus obligaciones, la que será devuelta cuando la empresa haya invertido en la construcción de la vía permanente el triple de dicha cantidad. SI el concesionario no firmara el contrato en el plazo
Página 603 - Reunidos en la sala del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, sus Excelencias, el doctor José A. Terry, Ministro del ramo y el señor José Francisco Vergara Donoso, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República de Chile, animados del deseo de fomentar las relaciones artísticas entre ambos países
Página 169 - Art. 49. Las Altas Partes Contratantes convienen en tomar providencias sanitarias contra los buques procedentes de puertos infectados y de países ajenos á esta Convención, de acuerdo con los principios consagrados en ella. Art. 50. En caso que los progresos científicos suministren á la profilaxia nuevos elementos juzgados eficaces, las autoridades sanitarias de las Altas
Página 166 - halle explícitamente determinada en esta Convención. Art. 12. Se entiende por "vigilancia sanitaria" la observación médica ejercida por la autoridad sanitaria, sobre los pasajeros ó transeúntes, procedentes de puntos infectados ó sospechosos, por un tiempo que no podrá exceder del periodo de incubación de la enfermedad de Que se precave. a) Cuando se

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