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En Guatemala, á diez días del mes de Setiembre de mil y seiscientos y diez años, yo el escribano de su magestad cité con esta petición y lo á ella proveído al señor licenciado Juan Maldonado de Paz, fiscal de su magestad en esta real audiencia, y dijo quel secretario ante quien pasan estas provanzas saque fe y testimonio de los papeles de su oficio de las encomiendas y pensiones que se han dado por razón destos servicios á los primeros y á sus descendientes y lo ponga con estos autos para que conste á su magestad si están gratificados ó no, y hecho se le traiga para pedir lo que convenga; y esto dió por su respuesta: no hubo testigos y dello doi fe y lo señaló.-Hernando Delgadillo, escribano de su magestad.

Y para que dello conste, del dicho pedimiento y mandamiento fice sacar este traslado de las dichas probanzas originales, con las cuales se corrigió y concertó, á que me refiero, en la ciudad de Santiago de Guatemala, á veinte días del mes de Setiembre de mil y seiscientos y diez años, siendo testigos don Cristóbal de Escobar y Domingo Miguel y Gabriel Miroa, vecinos desta ciudad. E por ende fice mi signo en testimonio de verdad. García de Es

cobar.

Informaciones de méritos y servicios de los frailes menores de San Francisco.-Años de 1607 y 1608 (1)

Fray Alonso de la Calle, de la orden de los frailes menores de San Francisco, custodio desta provincia de San Jeorge de Nicaragua para ir al capítulo general de la dicha orden, dice que los años pasados, viniendo por mandado de sus prelados en Costarrica, siendo guardián y dotrinero en el pueblo de Quepo, entendió cómo Don Gonzalo Vázquez de Coronado, adelantado de la dicha provincia, abrió camino para ir por tierra á Panamá, con que se aumentasen las comunicaciones y tratos de la dicha provincia de Costarrica, lo cual por entonces no tenía efecto ni se andaba el dicho camino á causa de que los indios Borucas, por cuyas tierras se va, estaban de guerra y sin pacificar, y así no había la dicha comunicación entre las tierras de Panamá y Costarrica, á cuya causa el dicho Fray Alonso de la Calle, deseando servir á Dios nuestro señor y aprovechar en algo á las dichas tierras, se determinó ir entre los dichos indios Borucas y pacificarlos si pudiese y inducirles á que fuesen cristianos y á que rescibiesen la ley del santo evangelio de nuestro señor Jesucristo, lo cual, ayudando y disponiendo las cosas Dios nuestro señor, puso en ejecución y efecto; por que fué á las dichas tierras de Boruca y aquietó y pacificó á los indios dellas, y les indujo á que fuesen cristianos y comunicasen con ellos y hiciesen buen tratamiento á los españoles y demás cristianos que por allí pasasen y se allanasen á reconocer por su señor al rey y sus ministros de justicia, ofreciéndoles algunos dones en reconocimiento y como por tributo, y así después acá han vivido pacífica y quietamente los dichos indios, dando paso y ayuda de indios y comida á los españoles y demás gentes que pasan por sus tierras y ofreciendo cada año en reconocimiento de vasallaje y como por tri

(1) Archivo General de Indias.-Estante 65, cajón 1, legajo 30.

buto algunas cosas é frutos de los que aquella tierra lleva, y algunas veces pidieron ministros que les enseñasen á ser cristianos, aunque hasta ahora no los tienen por ser tierra muy á tras mano y haber falta de ministros á lo que creo, y sobre lo dicho a dado su certificación Don Juan de Ocón y Trillo, gobernador que fué de la dicha provincia de Costarrica, que con ésta se presenta ante vuestra merced; y después de lo que dicho es, como cuatro años, fué otra vez el dicho Fray Alonso de la Calle á las tierras de los indios Cébacas en la costa del mar del Sur, y de lo que entre ellos hizo y sucedió de su entrada hizo autos el dicho Don Juan de Ocón y Trillo, siendo como dicho es governador, los cuales presenta originalmente ante vuestra merced: pide y suplica á vuestra merced mande ver los dichos autos y certificación y haga parecer ante sí al dicho Don Juan de Ocón y Trillo, que reside en esta ciudad de Granada, y declare debajo de juramento si pasaron ante él los sobre dichos autos y si dió la sobre dicha certificación, y con lo que así dijere y declarare se le vuelvan los dichos originales presentados, que en ello recibirá merced con justicia que pide Fray Alonso de la Calle.

Fray Alonso de la Calle, guardián de este convento de San Berdardino de Quepo, paresco ante vuestra merced y digo que los días pasados, movido del servicio de Dios nuestro señor y por haber venido á pedírmelo muchas veces los indios principales de Cébaca, digo que yo fuí los días pasados á la provincia de Cébaca á reducir aquellos naturales al conocimiento de Dios nuestro señor y darle noticia de la ley evangélica y de que fuesen vasallos del rey nuestro señor, y ha sido Dios servido que aunque con muy gran riesgo de mi persona y vida los he reducido á la santa fe católica y les hice yglesia y quedan todos cristianos y poblados y todos los más casados; y últimamente han venido conmigo el cacique y principales del dicho pueblo de Cébaca, como vuestra merced ha visto, pues lo hallamos en este pueblo de Quepo haciendo la visita general, y le consta ser esto que digo verdad; y después de venir el dicho cacique y principales acompañándome desde su tierra á éste de Quepo así mismo vienen á ofrecer tributo á su magestad y á que vuestra merced los ampare en

su real nombre como á sus vasallos, y que quieren ser tributarios de su magestad, que ofrecen por cada indio casado cuatro pesos de tributo en cacao y por cada soltero dos pesos, y quéstos los quieren poner á su costa en este pueblo de Quepo, por que la tierra que hay de aquí á la suya es muy áspera y no se anda á caballo por los muchos esteros; así mismo piden estos dichos indios y suplican á su magestad se sirva de dar licencia á los indios Cébacas que están poblados en este pueblo de Quepo, que serán ocho ó diez, para que se vuelvan á poblar con éstos y los demás que allá quedan, y que todos pagarán el dicho tributo porque éstos tienen también allá sus cacaotales, y estando todos juntos se hará una razonable población y podrán dar avío si algún navío ó fragata llegare á su tierra, atento á que están poblados en la costa del Golfo Dulce, que es una baía de ocho leguas en largo y tres de ancho muy apacible y pueden estar surtos doscientos navíos, y hay en aquella baía y costas muchas ostras de perlas que yo vide sacar á los indios, y es tierra de mucho cacao y á donde podrían tomar refresco los navíos y puerto algunos necesitados de agua ó de otras cosas; por tanto á vuestra merced pido y suplico mande llamar ante sí al dicho cacique de Cibaca y los demás principales que están en este dicho pueblo y les pregunte y mande que declaren si es verdad lo que aquí digo y si es su voluntad pedir esto y ofrescer este tributo á su magestad, y siéndolo pido se me dé por testimonio con certificación de vuestra merced para ocurrir con ella ante el rey nuestro señor, así para que sepa tiene un pueblo más en su real corona como para que si conviniere conceda la merced que estos indios piden, y en todo pido justicia. Fray Alonso de la Calle Otro si digo que el dicho cacique quiere y se ofrece á hacer la paga del dicho tributo desde San Juan primero venidero deste presente año la mitad, y la otra mitad por Navidad del dicho año, y desta manera lo pagarán ordinariamente, y que así los admita vuestra merced en nombre de su magestad á quien dan la obediencia como sus vasallos. Fray Alonso de la Calle.

En el pueblo de Quepo de la real corona, en veinte y siete días del mes de Marzo de mil y seiscientos y doce años, ante Don Juan de Ocón y Trillo, governador y ca

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pitán general en estas provincias de Costarrica por su magestad, se leyó esta petición y á ella proveyó que parezcan ante su merced el dicho cacique y principales del pueblo de Cébaca y declaren si es verdad que quieren cumplir lo contenido en esta petición y si es cierto lo en ella contenido, y hecho se traiga ante su merced para proveer lo que sea del servicio de su inagestad, y así lo proveyó, mandó y firmó. Don Juan de Ocón y Trillo Ante mí Antonio Riquelme.

En el pueblo y provincia de Quepo, en el dicho día, mes y año dichos, el dicho governador hizo parescer ante sí á Don Antonio Currive, cacique del pueblo Cébaca, y Alonso Bayo, y á Diego Cará, princpales de el dicho pueblo, y por lengua de Diego Caborá, Naguatato, se les dió á entender en la forma y lo contenido en esta petición del padre Fray Alonso de la Calle, guardián del convento de este dicho pueblo, los cuales por la dicha lengua dijeron ser verdad lo contenido en la dicha petición, y quel dicho padre les ha hecho cristianos mediante haber pedido ellos el agua del santo bautismo, porque había muchos días que tenían deseo de ser cristianos y vasallos del rey nuestro señor, porque ellos tienen muy buen corazón con los españoles, y así desde luego dan la obediencia al rey nuestro señor y en su real nombre á las justicias que pusiere y se obligan á le pagar de tributo en cada un año cada indio casado cuatro pesos en cacao, y por cada indio soltero dos pesos en el dicho género, el cual dicho tributo se obligan á poner en este pueblo á su costa porque no haya trabajo de ir á Cébaca por él, lo cual se obligan á pagar la mitad por San Juan. deste presente año y la otra mitad por Navidad deste año, y desta manera ordinariamente para siempre; y que piden á el dicho señor governador los haya é tenga por tales vasallos de su magestad y como tales los ampare y defienda, y á los indios naturales de Cébaca questán en este pueblo les dé licencia para que se bayan á poblar con ellos al dicho su pueblo, y que ellos se obligan á dar avío á los españoles que pasaren por su pueblo desta provincia á la de Tierra Firme pagándoles lo que fuere justo. Lo cual visto por el dicho governador dijo que en nombre de

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