Imágenes de páginas
PDF
EPUB

dando á la persona que desterráredes la causa por que le desterrays; y pareciéndoos que sea secreta, dársela eys cerrada y sellada, y por otra parte nos enviaréys otra tal para que seamos ynformado dello; pero avéys de estar advertido que quando oviéredes de desterrar alguno, no sea sin muy gran causa; para lo qual que dicho es y usar los dichos officios, vos damos poder cunplido con todas sus yncidencias y dependencias, anexidades y conexidades; y es nuestra merced y mandamos que ayáys y llevéys de salario en cada un año, con la dicha governación y capitanía general, dos mill ducados de á trezientos y setenta y cinco maravedis cada uno, de los quales avéys de gozar dende el día que os hiziéredes á la vela en los puertos de San Lúcar de Barrameda ó ciudad de Cádiz para yr en siguimiento de vuestro viage, en adelante, todo el tienpo que tuviéredes la dicha governación; el qual dicho salario mandamos á los nuestros officiales de la dicha provincia de Costa Rica y tierras della que vos den y paguen en cada un año de las rrentas y provechos que en qualquier manera nos pertenescieren en la dicha provincia y governación; y no aviendo rrentas ni provechos, no seamos obligado á vos mandar pagar cosa alguna dello; y el mismo salario tenemos por bien y mandamos que aya y lleve con la dicha governación y capitanía general el dicho vuestro hijo ó heredero ó persona que nonbráredes ó sucediere en el dicho cargo; y que goze del dicho salario desde el día que fuere rrescevido y començare á usar y exercer los dichos officios en adelante todo el tienpo que los sirvieren; y que tomen los dichos nuestros officiales vuestras cartas de pago y suyas, con las quales y con el treslado desta nuestra provisión, signado de escrivano público, mando que le sea rrescivido y pasado en cuenta lo que conforme á ella dieren y pagaren; y los unos ny los otros no fagades ni fagan ende al por alguna manera. Dada en Aranjuez, á diez y ocho de hebrero de mill y quinientos y setenta y quatro años (f.) Yo el Rey Por mandado de su magestad (f.) Antonio de Eraso Señalada del consejo, digo firmada del presidente Juan de Ovando.

[ocr errors]

CARTA DE LA AUDIENCIA DE PANAMÁ Á S. M. — AÑO
DE 1574 (1).

Católica, Real Magestad En lo que vuestra magestad nos manda por vuestra Real cédula ynformemos de lo que a pasado en el descubrimiento del valle del Guaymi, ase mandado dar provisión para quel governador de Veragua ynvíe la rrelación particular para ynviarla á vuestra magestad; de lo que tenemos noticia de presente es quel governador Alonso Vaca hizo dos entradas con cierta gente, las quales no fueron de effecto, y pobló un pueblo, á la costa del mar del sur, que se dize la Philipina, y entiéndese que será travaxoso de sustentar. El governador que está al presente a ynviado alguna gente á descubrir y catear oro, y escrivió se halló buena muestra; dizen se apercive para hazello más de propósito; venida la rrelación ynformaremos más en particular; y tenemos noticia que las minas de Veragua andan buenas. Panamá, á quatro de mayo de mill y quinientos y setenta y quatro Católica, Real Magestad humildes criados de vuestra magestad que sus rreales manos y pies besan= (f.) Licdo. Diego de Ortegón (f.) Licdo. Alonso de Caravajal = (f.) Licdo. Juan Rodríguez de Morales.

[ocr errors]

(1) Archivo General de Indias

Estante 69, cajón 2, legajo 21.

REAL PROVISIÓN DE LA AUDIENCIA DE PANAMÁ PARA EL AÑO DE 1574 (1).

GOBERNADOR DE VERAGUA.

Don Phelippe, etc. - Á vos Pedro Godines Osorio, governador de la provincia de Veragua, salud y gracia : bien savéys como nos mandamos dar é dimos una nuestra carta y provisión rreal, ynserta una cédula nuestra, por la qual vos mandamos que enviásedes al nuestro presidente é oydores de la nuestra audiencia que rreside en la ciudad de Panamá rrelación de qué descubrimiento es el que dizen del valle del Guaymí y de qué calidad, y lo que en ello se a hecho, y si conviene se lleve adelante y por qué orden, y si a sido en algún tienpo descubierto por españoles, para que, conforme á la dicha nuestra cédula, el dicho nuestro presidente y oydores enviasen rrelación particular dello al nuestro consejo de las Yndias juntamente con su parecer; y en cunplimiento de la dicha nuestra carta, enviastes á la dicha nuestra audiencia cierta ynformación fecha acerca de lo suso dicho; y porque agora avemos sido ynformado que nuevamente avéys hecho personalmente cierta jornada al dicho valle, y porque queremos ser ynformado de lo que en ello se a hecho y a sucedido, visto por el nuestro presidente y oydores, fué acordado que devíamos mandar dar esta nuestra carta para vos; y nos tuvimoslo por bien; por que vos mandamos que, luego que la rresciváys, conforme á la dicha nuestra cédula, hagáys ynformación de lo que agora últimamente en la dicha jornada hizisteys y a sucedido, y con rrelación del asiento del dicho valle, y qué poblaciones de naturales ay en él y de las que se an descubierto, y la calidad de la tierra, y si es rrica y fértil ó de qué calidad, y si será ó no dificultosa la prosecución del dicho descubrimiento, y lo que convendrá hazer para el

(1) Archivo General de Indias

Estante 69, cajón 3, legajo 1.

=

buen subceso dél; y juntamente con parescer vuestro lo enviad á la dicha nuestra audiencia para el dicho efecto; y no fagades ende al por alguna manera, so pena de la nuestra merced y de quinientos pesos de oro para la nuestra cámara. Dada en Panamá, á diez días del mes de dizienbre de mill é quinientos é setenta y quatro años (f.) El licenciado Diego Ortegón (f.) El licenciado Alonso de Caravajal (f.) El licenciado Juan Rodriguez de Morales Yo Gabriel de Navarrete, escrivano de cámara de su cathólica, rreal magestad, la fize escrevir por su mandado, con acuerdo de su presidente é oydores Registrada = (f.) Gerónimo Núñez Chanciller (f.) El licenciado Montalvo.

=

[ocr errors]

=

INFORME DEL GOBERNADOR DE VERAGUA SOBRE EL

GUAYMÍ. — AÑO DE 1575 (1).

Yo Pedro Godines Osorio, governador y capitán general en esta governación por su magestad, en cunplimiento de la provisión rreal de su magestad, en que me manda dé mi parecer tocante á la conquista é paciticación del valle del Guaymi, digo que yo salí desta ciudad por el fin del mes de agosto pasado del año de setenta y quatro, por la mar del norte, con dos fragatas é dos chalupas y gente de armada, en demanda del valle del Guaymí y entré en él siete jornadas por un rrio arriba, en las dichas fragatas quatro leguas, y lo demás por tierra, sienpre siguiendo el rrío. El rrío es muy grande, de muy rrecios rraudales, no puede por él subir baxel arriba; á diez leguas topé las poblaciones de los yndios; están mal poblados, de dos en dos y de tres en tres los bohíos; de unos bohíos á otros medio quarto de legua; tiene el rrío, por la rribera dél por donde yo subí, en entrando en la población de los yndios, muy malos pasos y de mucho peligro, si no se saven tomar los altos con tienpo; juntáronse gran cantidad de yndios para defenderme la entrada; son yndios muy bien tallados, no muy grandes; creen en el sol principalmente, y después desto la primera cosa que ven cada día tienen por señor, de manera que todos los días obedecen por señor lo que ven; hablan muchos dellos con el demonio; ay gran cantidad de mugeres brujas y adivinadoras; es tierra que jamás llegaron cristianos ni savían qué cosa era; es tierra doblada, de grandes muestras de mucho oro, y así los mineros que llevé conmigo dixeron y dizen que no an visto tierra de tanto oro en su vida; hize dar dos catas en la parte menos conviniente que parecía aver menos oro, y, de dos bateas que se sacaron de tierra en el rrío, se sacó

(1) Archivo General de Indias

Estante 69, cajón 3, legajo 1.

« AnteriorContinuar »