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grande muestra de oro, por donde se entendió que era grandísima la rriqueça de la tierra; demás desto los mismos yndios de la tierra dizen aver mucho oro en el rrío y quebradas; y todos los yndios desta provincia siempre an dicho que toda la rriqueça desta provincia está allí; y así con esta noticia se an perdido diez generales, que todos an ydo en demanda y busca deste valle, que no lo pudieron topar ni se a hallado hasta agora. Ay en el valle siete (caci)ques poblados, todos de la manera arriba dicha; son muchos yndios; están las minas lexos de la mar del norte; la tierra es montaña; aunque es toda rrozas viejas, es buen tenple para montaña y á mi parecer bien vividera; cogen los yndios mayz para sustentarse y para más; su principal sustento es uvas palmas, ques una fruta que llaman pejibáes, y yuca y piñas, y desto hazen cierta bebida que ellos llaman mazamorra, con que se sustentan y aun se enborrachan con ella. Paréceme quel conquistar el valle será muy fácil, como se lleve el rrecaudo conviniente; será menester que entren más de cien soldados y que lleven cien cargueros é más, y con esto y con vituallarse de lo que an menester, que fácilmente aquí se vituallan, salgan de aquí tres fragatas con cinco ó seis botequines ó canoas que sean grandes, y entren por el rrío las fragatas hasta el primer rraudal; y allí hagan el Real y queden en él como veynte soldados de la gente más ynútil, fuera uno ó dos que los goviernen, que sean honbres que los puedan mandar; la demás gente suba arriba; llévense las vituallas que se pudieren llevar, y los botequines é canoas que digo lleven molinetes en los botequines y toas para que suban los rraudales, porque de otra manera podrán subir mal; vayan los botequines por el rrío como fuere marchando el canpo para que en los pasos malos entren en los botequines en cada uno quatro ó cinco arcabuzeros, para que vayan arcabuzeando desde medio del rrío el paso con arcabuzes los más largos que oviere en el canpo, para que lleguen de puntería desde tan lexos que los yndios de los pasos no les puedan hazer daño; lleven tres ó quatro versos delgados y largos que alcanzen en cada botequín el suyo, porque con esto podrán asegurar todos los pasos que los altos no se pudieren tomar; llegados arriba en las minas, pueblen allí y fortifiquense; queden en la fortificación quarenta sol

dados y los demás corran la tierra, hasta en tanto quel general que vaya á esto junte todas las poblaciones que ay en siete lugares y cada cacique el suyo, en la parte más conviniente que le parezca; y quando tenga fecho esto, podrá dominallos y hazellos ynstruir en la fee católica y en pulicía; y antes no es posible porque, como están poblados, será menester montear cada uno por sí y los caciques se escusarán, con qualquiera desvergüença que hagan los yndios, que ellos no lo saven; esto se hará y costará poco con que su magestad dé licencia que con los yndios saquen por diez ó doze años oro; y con esto se hallarán soldados á muy poca costa y pobladores rricos en la tierra que son menester; más a de mandar su magestad que á las quadrillas destas minas envíen la quarta parte de cada una dellas á sacar oro; servirá esto de dos cosas, el uno de cargueros, más de los que son menester sin que cueste nada, el otro labrarse an luego las minas y aprovecharse an de la mucha rriqueça que allí ay y asentarse a la tierra; aviendo este rrecaudo en todo, se les subirá la comida muy fácilmente á la población, en tanto que los yndios se allanan, porque los soldados que corren la tierra hazen escolta á los botequines que puedan baxar y subir con vituallas al Real quando quisieren, y los soldados que subieren arriba sean arcabuzeros, porque rrodeleros muy poquitos bastan; y esto es lo que parece conviene se haga para pacificar la tierra y que su magestad sea servido; y lo firmé de mi nonbre, en la Conceción de Veragua, á veynte é seis días del mes de enero de mill é quinientos y setenta é cinco años (f.) Pedro Godines Osorio Yo Diego del Castillo, escrivano de la magestad católica, público, del cavildo y de governación de la ciudad de la Concepción de Veragua, á lo que dicho es presente fuy, y en testimonio de verdad lo signé (f.) Diego del Castillo.

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CARTA DEL GOBERNADOR DE VERAGUA Á S. M. — AÑO

DE 1575 (1).

S. C. M. El año pasado de setenta y tres ynvié á buscar el valle del Guaymi por la mar del norte, donde tanta noticia ay de mucho oro é muchos yndios, y en demanda á donde tantos generales y capitanes de vuestra magestad se an perdido y muerto sin podelle hallar; y así ynvié con dos chalupas catorze soldados que fuesen costeando dende aquí al Desaguadero y entrando en todos los rríos hasta que le topasen; y al fin de dos meses que fueron, volvieron con aver topado el rrío que baxava del valle, y con dos yndias del valle que tomaron tres leguas el rrío arriba; y como es tan buen adereço, armé dos fragatas y dos chalupas el mes de julio pasado y fuy allá, y entré el rrío arriba hasta que di en el valle; y hallé el oro tan alto de la mar, que no pude poblar con la gente que llevava; la audiencia envió aquí á hazer ynformación y que yo diese mi parescer para ynviar al Real consejo de las Yndias; y así en ésta no diré más, pues en aquella ynformación se verá todo lo que ay y lo que conviene según lo que á mí paresce. Este año an venido dos yngleses y un francés; el primer ynglés vino por el mes de junio del año pasado á una ysla que llaman el Escudo, sin tocar en la costa de tierra firme; está la ysla doze leguas deste puerto y por donde pasan todos los barcos que á esta cibdad vienen. De la Concepción, á 3 de abril de 1575 De vuestra etc. (f.) Pedro Godines Osorio.

(1) — Archivo General de Indias-Estante 69, cajón 2, legajo 21.

CARTA DE LOS OIDORES DE PANAMÁ Á S. M. – AÑO DE 1575 (1).

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Católica, Real Magestad La rrelación del descubrimiento del valle del Guaymí é ynformaciones que sobre ello se an fecho, con el parecer del governador de la provincia de Veragua donde se an fecho, van con ésta; y lo que en esta audiencia se tiene noticia y en toda esta tierra, es quel dicho valle es tierra muy Rica de oro y muy poblada de yndios, é así paresce por lo quel dicho governador en su rrelación dize, como honbre que estuvo en ella; sería de mucha ynportancia al servicio de vuestra magestad que los naturales della se rreduxesen al servicio de Dios nuestro señor é viniesen en conoscimiento de la ley evangélica é servicio de vuestra magestad; y para la pacificación dello nos paresce que vuestra magestad le devia cometer esta jornada á uno de vuestros oydores desta Real audiencia, porque sería menos costosa y de más effecto; y allanándose el dicho valie, se junta con la provincia de Costa Rica, ques confín con ella, y podría abrirse camino por tierra desde aquí á México y á toda la Nueva España, que sería de gran utilidad; van ansí mismo las qüentas de los officiales de Veragua. Panamá, 5 de mayo de 1575 Católica, Real Magestad humildes y leales criados de vuestra magestad que vuestras rreales manos y pies besan (f.) Licenciado Juan Rodríguez de Morales (f.) El doctor Salcedo Nieto.

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(1) Archivo General de Indias

Estante 69, cajón 2, legajo 21.

SUMARIA DESCRICIÓN DEL REYNO DE TIERRA FIRME LLA-
MADO CASTILLA DEL ORO, QUESTÁ SUBJETO A

LA REAL AUDIENCIA DE LA CIUDAD DE
PANAMÁ. — AÑO DE 1575 (1).

Católica, Real Magestad La tierra que está poblada en aqueste rreyno, asta do se estiende la jurisdición de vuestra rreal audiencia de Panamá, consiste en espacio de ochenta leguas de longitud, que es desde el golfo de San Miguel hasta la Concepción de Veragua; y de latitud veynte y quatro leguas, que es desde la misma ciudad de la Concepción hasta la Philipina; por la parte de la ciudad de la Concepción confina la mar del norte media legua, y por la de la Philipina el mar del sur ; y por donde menos latitud tiene aqueste rreyno es de la ciudad del Nonbre de Dios, puerto de la mar del norte, asta la ciudad de Panamá, puerto de la mar del sur, que son doze leguas, puesto que por el camino rreal ay diez y ocho á causa de lo que se rrodea por la aspereça de la tierra; aquesta distancia de las dichas ochenta leguas se anda y trata por los moradores deste rreyno, porque la demás tierra que con ésta confina está por conquistar de los yndios de guerra que la avitan.

Divídese este espacio de tierra avitada en dos partes prencipales ; la una es la provincia de Veragua, que tiene de término treynta leguas de longitud, que son desde la dicha ciudad de la Concepción asta la población de Meriato; y de latitud veynte leguas por do más se estiende, que es desde el rrío del Calobre hasta la dicha ciudad de la Concepción. En esta provincia los lugares poblados son la dicha ciudad de la Concepción, que es la más prencipal y donde está la caxa de vuestra rreal hazienda y rreside vuestro governador y officiales de vuestra rreal hazienda; tendrá treynta vezinos, cuyas haziendas son negros

(1) Archivo General de Indias

Estante 69, cajón 2, legajo 21.

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