Recopilacion de las leyes emitidas por el gobierno democratico de la República de Guatemala, Volumen2Tipografía "El Progreso", 1881 |
Contenido
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Términos y frases comunes
acuerdo ademas Administracion Administrador aguardiente Alcaldes alumnos aprobacion Asamblea autoridad Barrundia bierno blica de Guatemala botellas botica CAPITULO Chimaltenango Chiquimula cion civil clase Código comision Compañia contrato conveniente corresponde correspondiente curso Dado debe DECRETO demas departamento depósito derecho designe despacho despues destino dias Diputado Director disposiciones Distrito Division y Presidente efecto empleados enseñanza escuelas Escuintla espresa establecimiento exá exámen examinado exija extrangeros Facul Facultad Gobernacion Hacienda hubiere Huehuetenango impuesto individuos instancia Izabal Jalapa Jefes políticos Jeneral de Division Jeneral Presidente Jocotenango Jueces Juez Justicia Jutiapa licores mente mil ochocientos setenta Ministro multa Municipalidad necesario número objeto obligaciones oficina órden pago Palacio Nacional Patente pena personas pesos podrá podrán presente prévia procederá ramo rán reglamento rejistro remitirán rentas Repú República respectivo Retalhuleu Rufino Barrios sean Secretario sellos postales serán servicio setenta y nueve Sololá tabaco tambien terrenos tículo título tribunal venta votos Zacapa
Pasajes populares
Página 338 - Hecha la declaración á que se refiere el inciso 1° del artículo anterior, los acusados quedan sujetos al Juez competente y suspensos en sus funciones legislativas, que no podrán ejercer sino en el caso de ser absueltos.
Página 379 - Los jueces de paz durarán dos años en el ejercicio de sus funciones, y podrán ser reelegidos.
Página 344 - Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella ya las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que...
Página 341 - Protesto desempeñar con patriotismo el cargo de Presidente y observar y hacer que se observe con fidelidad la Constitución de la República.
Página 343 - A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales, sin que puedan ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado.
Página 336 - Todos pueden libremente disponer de sus bienes, siempre que al hacerlo no contravengan á la ley. Las vinculaciones, sin embargo, quedan absolutamente prohibidas y toda institución á favor de manos muertas, exceptuándose solamente las que se destinen á favor de establecimientos de beneficencia.
Página 436 - La autoridad legalmente requerida debe prestar el auxilio, sin que le corresponda calificar el fundamento con que se le pide ni la justicia o legalidad de la sentencia o decreto que se trata de ejecutar.
Página 283 - El C. Benito Juárez, Presidente Interino Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que en uso de las facultades de que me hallo investido, he tenido a bien decretar lo siguiente: Art. 1...
Página 337 - Es inviolable en juicio la defensa de la persona y de los derechos, y ninguno podrá ser juzgado por tribunales especiales.
Página 336 - El ejercicio de todas las religiones, sin preeminencia alguna, queda garantizado en el interior de los templos; pero ese libre ejercicio no podrá extenderse hasta ejecutar actos subversivos o prácticas incompatibles con la paz y el orden público, ni da derecho para oponerse al cumplimiento" de las obligaciones civiles y políticas.