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oportuno entrar en algunas consideraciones sobre la organización de la industria i del comercio en las colonias que España había establecido en el nuevo mundo, porque indudablemente el lejítimo descontento que esa organización produjo en el ánimo de los habitantes de estas rejiones contribuyó sobre manera a prepararlos para que procuraran separarse de la metrópoli, cuando se les presentó ocasión propicia para ello.

Los hombres desean naturalmente vender al mayor precio posible lo que producen, i comprar cuanto mas barato puedan lo que necesitan.

Este es el principio rudimental i obvio que rije en esta materia.

La metrópoli hizo cuanto estuvo en sus manos para contrariarlo.

El efecto inmediato de sus disposiciones, fué la disminución de los individuos que traían a los americanos las mercancías europeas de que habían menester, i la de los que podían comprarles sus escasas producciones. En consecuencia, los americanos tenían que vender mui barato i que comprar mui caro.

Estas absurdas disposiciones de la metrópoli son mui conocidas de todos para que yo deba detenerme a detallarlas.

Según las leyes, los habitantes de las colonias españolas en el nuevo mundo no podían comerciar sino con los españoles.

I todavía por mucho tiempo, hasta el reinado de Carlos III, hasta el año de 1778, no les fué permitido comerciar con todos los peninsulares, sino solo con un cierto i determinado número de ellos a quienes se concedía que una vez al año enviasen desde un puerto señalado (primero Sevilla, i después Cádiz), a los domi

nios de América una cantidad limitada de mercaderías.

Cuando, ya avanzada la segunda mitad del siglo XVIII, Carlos III tuvo la feliz idea de permitir el libre comercio entre la metrópoli i las colonias, no pensó siquiera en alzar la mal aconsejada i funesta prohibición de comerciar con los estranjeros, que España se esforzó por mantener durante todo el largo período de su dominación en América.

Así, la reforma de aquel sabio monarca, por saludable que fuera, estuvo mui lejos de aplicar al mal todo el remedio conveniente.

El único arbitrio que había que correjir como correspondía un sistema tan opuesto a las advertencias del buen sentido habría sido abrir los puertos de los dominios hispano-americanos al comercio de todas las naciones.

Las consecuencias fatales de este réjimen ultra-prohibitivo, aunque endulzadas, continuaron desenvolviéndose.

Estas consecuencias eran la despoblación i pobreza de las colonias, el disgusto de los habitantes contra un orden de cosas que los sometía a las mayores privaciones, la práctica del contrabando en una grande escala, la malevolencia contra España de las naciones marítimas, que no le perdonaban el que les cerrara los mercados del nuevo mundo.

La metrópoli, por ignorancia, por excesiva suspicacia, por el deseo de estraer ella sola a América todo el tocino, como decía el conde de Aranda, se había empeñado en aislar del resto del mundo sus posesiones ultramarinas; pero como aquello era contrario a la naturaleza, sus colonos, mui sumisos en todo lo demás, no habían tenido escrúpulos de trabar relaciones con los es

tranjeros, siempre que lo habían podido, a pesar de todas las prohibiciones, i a riesgo de todos los castigos.

Por real orden espedida en San Ildefonso a 15 de setiembre de 1776, mandó el soberano a las autoridades civiles i eclesiásticas que desarraigasen el error en que estaban sus pueblos del nuevo mundo «de no haber cado en la usurpación de los reales derechos».

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Pero todo fué inútil: el contrabando continuó floreciente hasta la revolución de la independencia.

Voi en seguida a confirmar con algunos hechos i documentos relativos a la historia de Chile, todavía ignorados, la exactitud de las observaciones precedentes.

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II

Principiaré por dar a conocer un documento del cual aparece que ya a principios del siglo XVIII, los chilenos reclamaban por los perjuicios que esperimentaban a causa del aislamiento comercial en que se les mantenía.

Véase lo que se esponía a la audiencia de Santiago en 10 de diciembre de 1705.

«Mui Poderoso Señor. Don Andrés López de Gam-boa, procurador jeneral de esta ciudad, digo que en el cabildo de ella se ha acordado que se informase a Su Majestad la necesidad que tenían estas provincias de que en ellas se introdujesen sin impedimento las mercaderías que llegan en navíos de permiso al puerto de Buenos Aires, i especialmente por lo que toca a los negros esclavos; i se ha de servir Vuestra Alteza de mandar que sobre ello se informe por esta real audiencia con las noticias que justifican esta pretensión para que

por la real persona se declare la permisión, alzando cualquiera prohibición que para esto hubiere habido, porque siendo esto permitido para las provincias de Tucumán, Paraguai i Buenos Aires, todas las razones de congruencia que en esta permisión concurren, se hallan en estas provincias de Chile, por ser parte tan remota, i mas que las otras que tienen mas continua i fácil comunicación con las provincias del Perú, i las ciudades mas populosas de ellas, como es la ciudad de las Charcas; i que en los términos de aquella real audiencia. se hallan comprendidas las dichas provincias; i éstas de Chile, por su grande distancia i separación, tienen esta real audiencia por haberse considerado que fueran mui dificultosos los recursos en la administración de justicia, si fuera de ellas se hubiese de ocurrir; i como quiera que las mercaderías que entran por el reino de Tierra Firme i Portobelo pasan en sumas mui cuantiosas a Potosí i a las Charcas, donde está la mayor grosedad de las contrataciones, de allí se comunican a las dichas provincias de Tucumán, Paraguai i Buenos Aires, porque están debajo del gobierno de aquella audiencia; i si para ellas ha habido motivos i congruencias que justificaron el comercio de las mercaderías que se introducen por el puerto de Buenos Aires, éstas con mayor razón militan en estas provincias de Chile, especialmente porque los términos de ellas se estienden de la otra banda de la gran cordillera nevada, donde están situadas las ciudades de Mendoza, San Juan i San Luis de Loyola, i la frontera, i que estas ciudades no se dilatan i padecen suma pobreza sus habitantes por falta de comercio, con especialidad por lo que toca a la contratación de los negros esclavos que entran por el dicho puerto de Buenos Aires, se hallará que es urjentísima

la necesidad que de ellos tienen estas provincias de Chile, porque falta la labor de los campos i la crianza de los ganados, i se han encarecido grandemente los mantenimientos por no haber trabajadores que asistan a estos beneficios, habiéndose estenuado los indios que se ocupaban en ellos con las repetidas pestes i otros accidentes. Con la que de próximo se ha esperimentado este año, se han muerto en la mayor parte los pocos indios que había, i se espera que su falta será mui sensible i de grande detrimento al estado público i conservación de los habitadores de esta tierra, i aunque pudieran pasar a estas provincias negros de los que entran por la vía de Portobelo, como es tan larga distancia, i tan dilatadas las navegaciones, i los costos tan excesivos, cuando algunos llegan a esta ciudad, tienen precios tan excesivos, que se venden por setecientos i ochocientos pesos, i no hai caudal para poderlos comprar, i así son mui pocos los que pasan, i no se puede suplir con ellos la necesidad. I puesto que este reino necesita especiales asistencias para poderse mantener en tantas calamidades como ha padecido i padece de terremotos, pestes, inundaciones, e invasiones. de enemigos de Europa i de los indios naturales de estas provincias, donde se mantiene guerra interior, será del servicio de la real persona todo cuanto condujere al alivio i conveniencia de los habitadores de ellas, mediante lo cual a Vuestra Alteza pido i suplico mande informar como de suso pido, sobre que pido justicia, i para ello, etc.-Andrés López de Gamboa».

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