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Pardo de Figueroa, dignidad de tesorero de esta santa iglesia Catedral, ha pasado su importe segun sus plazos a poder de dicho don Estanislao, i el alcance que hago i resulta a mi favor consta de mis libros i apuntes. Declárolo así para que conste. Item, declaro que, cuando casé con doña Margarita de Recabárren Pardo de Figueroa, tenia de caudal propio i llevé a dicho matrimonio la cantidad de veinte mil pesos. Declárolo así para que conste. Item, declaro que por fallecimiento de los espresados mis padres se me adjudicaron la casa de mi morada ilas estancias de Cocalan i Codao, como es notorio i consta de las respectivas particiones con mis hermanas, las dichas doña Catalina i doña Javiera, condesa de San Javier. Declárolo así para que conste. Item, declaro que mi madre doña Catalina Chacon i Carvajal me dejó mejorado en el tercio i remanente del quinto de sus bienes, como consta de su testamento otorgado ante don Santiago Santibañez, escribano público i de provincia. Declá. rolo así para que conste. Item, declaro que mi mujer doña Margarita de Recabárren Pardo de Figueroa me instituyó por su albacea i comisario para otorgar su testamento, el que tengo otorgado ante el presente escribano. Declárolo así para que conste. Item, declaro que ha mas de cinco años que le dije i he repetido a mi hijo don Martin que, por cuenta de sus lejítimas, apartará del caudal existente en cajas la cantidad de veinte mil pesos, para que con ellos jirase a su arbitrio; pero no ha querido ejecutarlo por dedicarse únicamente a servirme i al adelantamiento del caudal comun. Declárolo así para que conste. Item, declaro que dicho mi hijo don Martin, desde el año de mil setecientos setenta, ha manejado i administrado de mi cuenta mis haciendas de Cocalan i Codao, adelantándolas considerablemente en edificios, oficinas, plantios i arreglo de campo, habiéndose logrado por su notoria honradez i actividad un grande aumento, especialmente en el principal de los ganados mayores i menores, de que ha provenido el haber logrado por muchos años unas grandes cosechas así de granos como particularmente de matanzas, que han aumentado considerablemente el caudal comun i su jiro. Declárolo así para que conste. Item, declaro que, en atencion a sus anticuados, incesantes i útiles servicios, a su cristiana i acrisolada conducta, i al amor i respeto con que me ha servido i atiende hasta lo último, partiendo conmigo cualquier trabajo i aliviando mis fatigas, es mi voluntad mejorarlo, como lo mejoro, en el tercio i remanente del quinto de mis bienes, segun i como puedo i me permite

el derecho. Declárolo así para que conste. Item, declaro por mis bie· nes todos aquellos que se hallaren despues de mi fallecimiento, i se conocieren por de mi particular dominio, de que mis albaceas haran formal inventario. Declárolo así para que conste. I, para cumplir i pagar este mi testamento i mandas i legados en él contenidos, nombro por mis albaceas, en primer lugar, al dicho mi hijo don Martin Calvo de Encalada i Recabárren, del órden de Santiago, i por tenedor de bienes i ejecutor de mis dispociciones; en segundo lugar, al señor doctor don Estanislao de Recabárren Pardo de Figueroa, mi cuñado; en tercero, a don José de Recabárren Pardo de Figueroa, conde de Villaseñor; en cuarto lugar, por representacion de mis. hijos ausentes, don José Manuel Calvo de Encalada i Recabárren, de la órden de Santiago, residente en Madrid, i don Diego en Arica, nombro a mi sobrino don Miguel de Morales i Encalada. I les confiero por su órden el poder de albaceazgo en derecho necesario, para que usen de él todo el tiempo que necesitaren i hubieren menester, aunque sea pasado el año i dia fatal que el derecho dispone. I, cumplido i pagado este mi testamento, mandas i legados en él contenidos, nombro e instituyo por mis únicos i universales herederos en el remanente de mis bienes, derechos, acciones i futuras sucesiones a los susodichos mis hijos don José Manuel Calvo de Encalada i Recabárren, de la órden de Santiago, residente en Madrid, la señora doňa Maria Mercedes en Buenos Aires, don Diego en Arica, don Martin, de la órden de Santiago, en esta capital, doña Maria Teresa en Lima, doña Maria Josefa, que falleció en Lima, i por su representacion a sus hijos, i doña Maria Antonia Calvo de Encalada i Recabárren, para que los gocen i hereden con la bendicion de Dios nuestro señor i la mia. Con lo cual revoco i anulo i doi por ningunos i de ningun valor ni efecto otros cualesquiera testamentos, codicilos, poderes para testar i últimas diposiciones que antes de ésta haya fecho i otorgado por escrito o de palabras, para que no valgan ni hagan fe en juicio ni fuera de él, salvo el presente, que se ha de guardar i cumplir por mi última i final voluntad, en cuyo testimonio le otorgo en la ciudad de Santiago de Chile, en diez i seis dias del mes de setiembre de mil setecientos noventa i cinco años. I el señor otorgante, a quien yo, el presente escribano, doi fe que conozco, i que al parecer está en su sano i entero juicio, memoria i entendimiento natural, así lo dijo, otorgó i firmó en su nombre, siendo presentes por testigos rogados i llamados don José Antonio de Rojas, don

Manuel Fernandez de Valdivieso i don Francisco Javier Arlegui, vecinos de esta ciudad.-El marques de Villapalma de Encalada.— José Antonio de Rojas.-Manuel Fernandez de Valdivieso.-Fran cisco Javier de Arlegui. -Ante mí, Agustin Diaz, escribano público.

CAPÍTULO DÉCIMONOVENO

Condado de Villaseñor.-Don Martin de Recabarren, oidor de la real audiencia de Chile, contrae matrimonio con la señora peruana doña Isabel Pardo de Figueroa.-Sus hijos.-Don Estanislao de Recabárren, dean de la Catedral de Santiago.-Doña Margarita de Recabárren, mujer de don Manuel Calvo de Encalada, marques de Villapalma de Encalada.—Doña Juana de Recabárren, mujer de don Santiago Ignacio Marin i Azúa.-Don Martin de Recabárren i Pardo de Figueroa, relijioso de la Compañia de Jesus. - Don José de Recabárren i Pardo de Figueroa, conde de Villaseñor.-Doña Luisa de Recabárren i Aguirre, mujer de don Gaspar Marin, secretario de la primera junta nacional de gobierno. -Doña Mercedes Marin del Solar.-Don Buenaventura Marin.-Don Manuel Antonio Recabárren i Aguirre. -Don Manuel Recabárren i Rencoret.

I

La familia chilena de Recabárren es oriunda de Guipúzcoa, en cuyos anales figuran con brillo varios personajes de este apellido.

Don Miguel de Recabárren i Aguirre habia nacido en la villa de Motrico, patria de Churruca, el célebre marino de Trafalgar.

Aun cuando sus padres gozaban de comodidades,

don Miguel resolvió venir a América para buscar fortuna, i se estableció en la Habana, donde contrajo matrimonio con una jóven criolla, doña Leonor Márquez de Morta, con fecha 5 de julio de 1640.

Arraigado así en el Nuevo Mundo, Recabárren fué elejido alcalde de la capital de Cuba en dos ocasiones, en 1644 i en 1646.

En el primero de estos años nació su hijo don Miguel, quien fué bautizado a 15 dias del mes de noviembre

Don Miguel de Recabárren i Aguirre falleció en la Habana en 13 de mayo de 1655.

Su hijo casó en la misma ciudad con la señora cubana doña Luisa Perez de Borroto, i de ella tuvo numerosa familia.

1) Doña Maria Candelaria, mujer del capitan don Ignacio Francisco de Barrutia, gobernador de Nueva Vizcaya, en Méjico.

2) Don Martin.

3) Sor Magdalena, monja de velo negro en el monasterio franciscano de Santa Clara, en la Habana. 4) Doña Leonor.

5) Don Miguel. 6) Don Diego.

7) Doña Josefa.

Estos cuatro últimos fallecieron en su menor edad (1). Don Martin de Recabárren i Perez de Borroto nació en la Habana en 11 de noviembre de 1679, i fué bautizado con fecha 1.o de diciembre (2).

(1) Testamento de don Miguel de Recabárren i Márquez de Morta, otorgado en la Habana a 9 de julio de 1734.

(2) La mayor parte de las anteriores noticias sobre la familia Reca

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