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de Leon en Francia en calidad de legado, pues á consecuencia del castigo que impuso á un Arzobispo simoniaco hicieron voluntariamente dimision cuarenta y cinco Obispos. Revestido Hildebrando de la tiara con el nombre de Gregorio VII, bien se percibe la parte que habia de tomar en la reforma de su siglo y de la Iglesia. Dos eran los desórdenes principales que arrastraban la perdicion de la sociedad cristiana en aquellos tiempos tan calamitosos: el primero, anteriormente apuntado, el de la escandalosa simonía; y el otro el vergonzoso vasallage que ejercian en la Iglesia los reyes y barones á pretesto de feudos y de investiduras; y ambas plagas se propuso extirpar el memorable Pontífice, a pesar del formidable poder de los partidos y la ferocidad de sus costumbres. Con este objeto convocó un Concilio en Roma en 1074, en el que, restableciendo los antiguos cánones de la Iglesia, anatematizó la simonía y la incontinencia de los clérigos; y acorde en sus principios depuso incontinenti al opulento Arzobispo de Brema y al Obispo de Bamberg. En seguida celebró un segundo Concilio en 1075, condenando las investiduras de los legos, origen de la relajacion y escándalos de la Iglesia, y la causa primordial del vasallage que sufria. Ambas medidas, tan justas, pero al mismo tiempo tan odiosas á los hombres pervertidos, provocaron una alarma general. Príncipes, Reyes, Arzobispos, Obispos, clérigos y nobles se conjuran contra el santo Papa. La prevaricacion era

tan universal, que apenas se encontraban escepciones. "Si vuelvo la vista á los Obispos, escribia en una carta, con dificultad encuentro alguno que ocupe la Silla por medios canónicos; no conozco un príncipe que prefiera la gloria de Dios; y los romanos, lombardos y normandos, entre quienes vivo, tienen peor conducta que los judíos y paganos." Llevando en cuenta estas consideraciones la escuela moderna, cumpliendo la prediccion del ilustre conde de Maistre, ha hecho justicia al santo Papa, pues hasta los protestantes, franceses y alemanes han confesado á su modo, que solo un hombre como Gregorio VII pudiera haber acometido la reforma de costumbres de su siglo, refrenado á un mismo tiempo Reyes, Emperadores, Obispos, Arzobispos, clérigos y legos, y restablecido los moldes, por decirlo asi, de la disciplina de la Iglesia, arrojando al fuego los que con oprobio de su autoridad la habian sido suplantados.

3. No con menos ilustracion han vindicado

los mismos sabios, con especialidad Ichenf, la buena fe de aquel memorable Pontífice, aun en los casos mas ruidosos con el Emperador y príncipes de Alemania, puesto que procedió en sus providencias apoyado en testos espresos de la legislacion sajona. Pero como quiera que sea un homenage debido á la justicia la pública protestacion de ambas verdades, siempre habrá de convenirse en que Gregorio VII, imitado por varios sucesores, estrañándose de los lími

tes de la jurisdiccion eclesiástica que le incumbia defender contra las exageradas pretensiones de las investiduras y el abuso de los potentados, se introdujeron despues en los sagrados derechos del trono y las naciones, preocupados con el prestigio de las falsas decretales, que fraguadas á mitad del siglo IX gozaban en el XI de un gran séquito en Europa, y eran citadas como una autoridad irrecusable. Las falsas decretales véase aqui el tercero y último contraste que presentaba la disciplina eclesiástica de Europa, enteramente diferente de la peculiar de nuestra Iglesia hispana; contraste que debe tomarse en consideracion con especial esmero para no caer en el lazo de un partido audaz y turbulento, que manteniéndose constantemente en un alarde hostil contra la independencia eclesiástica, se propone descarriar la opinion pública exagerando las fatales consecuencias de aquella produccion apócrifa, y alarmando con las falsas decretales, no solamente desconocer las genuinas y verdaderas de Unigenitus, Auctorem fidei, &c., sino desechar tambien la supremacía de los Papas, disolver los vínculos sa→ 'grados del Estado con la Iglesia, y sobre todo exonerar el trono de las obligaciones que tiene contraidas con la Santa Sede, estendiendo maliciosamente las atribuciones del patronato real en materias religiosas á un grado que nunca se conoció en la católica España. El patronato, esta cuestion resuelta ya definitivamente, la vuelven á suscitar de nuevo los adversarios de la Igle

sia, y las falsas decretales van á servirles de pretesto. Ya se sabe que cuando se apela á este recurso tan vulgar, vago y odioso, la causa está desesperada; pero no les quedaba otro mas aparente á nuestros enemigos, porque Masdeu, promovedor célebre de novedades, ora fuese por pundonor literario, ora cediendo al escozor de su conciencia, despues de haberse cansado en acumular fábulas y casos inconexos concitando la animadversion universal, concluyó con declarar paladinamente, "que su intento no era disputar á los teólogos y canonistas sus razones fundamentales en defensa de la autoridad de la Iglesia, sino solamente referir como historiador los hechos que habia hallado depositados en los archivos y bibliotecas." Ahora bien, esta confesion de Masdeu dejó en descubierto enteramente al partido innovador, pues además de haber sido completamente refutadas sus leyendas é historietas por los sabios, equivale en suma á decir que habia prescindido de los principios de justicia en la esposicion de sus narraciones; y como, á pesar de la relajacion del siglo, da en rostro todavia desentenderse de la moralidad de las opiniones, cualesquiera que sean las que profesa mos, resultó por necesidad que las paradojas de Masdeu únicamente han dado margen á conversaciones y disertaciones literarias, porque al fin y al cabo se ha venido á parar á los irrefragables testos de las leyes de Partida y el ordenamiento que deponen indisputablemente hasta el siglo XIV la libertad de la Iglesia

en la eleccion de los Obispos. En este estado saltó á la palestra otro campeon mas culto y de no mejores intenciones, quien conociendo por el estudio de las leyes que el patronato real iba á caer por sus pasos contados en los concordatos con Roma, no se avergonzó de apelar á la tediosa cantinela de Isidoro Mercator, y de una plumada se imaginó que echaria á tierra el edificio de las Partidas y del ordenamiento de Alcalá, suponiendo gratuitamente que las leyes arriba insertas relativas á la eleccion de los Obispos, habian sido formadas por un influjo de las falsas decretales, y asegurando bajo su palabra que los Reyes habian disfrutado antes sin interrupcion tan distinguido privilegio. El orden natural exigia, ya que Marina se arrojó á un empeño tan descomunal, que en atencion á estar encadenados los fundamentos de la libertad de la Iglesia en sus elecciones de Obispos desde el primer siglo hasta el XIV, se intentase una contraprueba; ó bien, descendiendo desde el XIV al I, ó ascendiendo inversamente, porque de otro modo nada podian informarnos sus noticias. Pero Marina conocia perfectamente el espíritu del siglo en que vivia, y que nadie le pediria cuentas tan puntuales con tal que escribiese á gusto del partido. Este autor, que habia pasado toda su vida registrando códigos y fueros municipales, no se cansa en citar una sola ley que autorice su demanda, no se acuerda tampoco de alegar razones canónicas y morales; pero á falta de unos testimonios tan le

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