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que tuvo la voluntad general en nuestra celebérrima constitucion. ¿Mas yo para quién escribo? No es acaso para el pueblo de Chile, testigo ocular de todos estos acontecimientos?.... Los derechos del pueblo fueron hollados descaradamente en aquella farsa de suscripcion..... Si se quiso considerarlo como esclavo ¿por qué no se dijo claramente que debia obedecer las leyes de la tropa? Yo encuentro en mi conciencia que la conducta del Gran Turco es mas clara, mas jenerosa i mas digna de disimularse..... Se disolvió el congreso que teniamos a pretesto de que los pueblos no habian sabido lo que hacian en sus elecciones de diputados. Fué terrible escándolo i no menor osadía erijirse unos pocos individuos en jueces de las operaciones de todos los pueblos; pero pase por un abuso de la fuerza. Esto lo entendia todo el mundo, i no habia uno que no quedase convencido de que las bayonetas podian mas que la razon i la justicia. Lo chocante estuvo despues en querernos persuadir que eran mas lejítimos órganos del pueblo unos duendes que carecian de toda eleccion que aquellos otros a quienes se achacaban vicios de parte de sus podatarios. ¿Con qué poderes hicieron el reglamento constitucional los autores de una obra tan delicada i tan sagrada? ¿Quién fué el primer motor de este fundamento de la lejislacion chilena? No fué el gobierno, ni el pueblo, ni unos representantes del Estado. Yo soi un ciudadano, he hablado sobre el particular con otros muchos de mi clase, i sé que ni hemos prestado nuestra voluntad para tal acto, ni debiamos haberlo hecho con aquella informalidad.... escribo como un republicano que ama la libertad i la justicia.... Sería yo el hombre menos consecuente del mundo si vituperase las acciones de un tirano i alabase

Yo

las mismas en otro semejante. Si alguno se resiente de mis escritos, no se queje de mi pluma, quéjese de sí mismo por haberme engañado, persuadiéndome que vivimos en un país de libertad en que todos pueden esponer francamente su opinion.... La constitucion, el gobierno, el senado, i el cabildo de esta capital tienen una nulidad insubsanable. Todo fué obra de la violencia i ésta nunca puede ser lejítima . . . . . Todos sabemos que los pueblos de Chile están resentidos de la arbitrariedad con que se les ha tratado; sabemos que no se oponen a la tiranía porque se consideran sin las fuerzas convenientes para asegurar el buen éxito de sus quejas; sabemos que todos nuestros males provienen de la falta de enerjía que tenemos para obrar en nuestras circunstancias... (Por Irisarri).

Núm. 16, de 15 de octubre

Sesion de la junta de corporaciones celebrada el dia 6 de octubre, en la cual se trató de la lejitimidad de la constitucion, del senado, de la junta de gobierno, i del cabildo.

El Semanarista se defiende de los ataques que se le han hecho por su artículo sobre la nulidad de la constitucion; alude al Manifiesto que va a publicar el comandante de artillería don Luis Carrera, i concluye así: <por ahora le participamos al que está encargado de hacer la impugnacion del Semanario, que el público está desesperado por ver cuanto ántes su papelucho.... Si necesita saber quién es el autor del Semanario para echarle al descuido algunas flores retóricas de las que se acostumbran echar en obras faltas de justicia, quiero no negarle ningun material para que todo salga completo. El Semanarista es un hombre, su patria es el mundo, su porte

el

que todos saben, su anagrama Dionisio Terrasa i Rejon, algo conocido en los diarios de Méjico; su verdadero nombre es Antonio José de Irisarri.

Núm. 17, de 23 de octubre

Reflexiones sobre el Manifiesto que hace a los pueblos el comandante jeneral de artillería. (Por Irisarri). Receta para hacer republicanos. Décima. (Por el mismo).

62.—S. G. I.—El Ciudadano José Trucios con el debido respeto expongo á V. S: que ha llegado á mi mano un memorial de Dn. Manuel Antonio Araos,

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129X108.-Una p.

Es contestacion a la pieza núm. 38. De 18 de diciembre.

Trucíos solicita que el gobernador intendente le declare en resguardo de su honor, que fué el referido Araos al delatar el intento de saqueo, i no él, Trucíos, quien dijo que este saqueo lo iban a efectuar los sarracenos. El gobernador intendente dice que así es la verdad, i que si ántes declaró lo contrario a solicitud de Araos, fué porque olvidó los detalles que Trucíos le recuerda.

63.-Soldados De la Patria. Amigos y Companeros.--Vamos a pelear, a triunfar de un puñado de aventureros, que han osado invadir nuestro suelo,...

255×183.-Una p.

Proclama anónima i sin fecha sobre la invasion de Pareja i toma de Concepcion por el ejército realista. De mediados de abril.

Que la ciudad fué vendida por cuatro egoistas que al fin serán víctimas del pueblo; que la tropa no se dejó sorprender i ha venido a incorporarse a las fuerzas patriotas; que los caudales públicos fueron puestos en sal

vo, etc.

64.—Tarifa ó regulacion de los precios de los Medicamentos simples, y compuestos, que se despachan en las Boticas de este Reyno, formado (sic) en el Tribunal del Protho-Medicato, y traducido al ideoma (sic) Castellano por superior Órden de la Exma. Junta Gubernativa del Reyno de Chile. - Año de 1813. Santiago. En la Imprenta dee (sic) Estado por D. J. C. Gallardo.

103X73.-43 P.

Por este tiempo, i hasta pasado el año de 830, entre el boticario, el médico i el cirujano o sangrador, el primero era el primero, i sus provechos estaban en proporcion de su importancia. La Junta hizo visitar las boticas por un cabildante acompañado de un médico i de un escribano. «El misterio con que elaboran sus confecciones, dijo en su decreto de 12 de enero de 1813, la angustia con que se buscan, la presura con que se suministran, todo proporciona el abuso mas impune de la confianza,

i los mas tristes efectos sobre los intereses, la salud i la vida del ciudadano,» porque «la oscuridad de esas oficinas las oculta a los pasientes, i por lo mismo deben ser el objeto de la vijilancia del majistrado.» A la visita de las boticas siguió la tasa de los medicamentos, <para esterminar la detestable arbitrariedad observada jeneralmente en su espendio.» Un decreto de 23 de agosto de aquel mismo año, aprobó la Tarifa formada por el proto-médico, i mandó imprimirla para que sirviese de norma a boticarios i consumidores.

Formados en las leyes españolas i revolucionarios a la francesa, nuestros gobernantes de la patria vieja obedecian a una doble tradicion en sus tendencias reglamentistas, i de su férula no se sustrajeron los médicos, que fueron tasados por un arancel de 15 de febrero de 1814, así como ya habian sido tasadas las boticas, los vendedores del mercado i los ambulantes de provisiones i de frutas, los panaderos, etc.; los sastres i otros artesanos no alcanzaron a serlo, si bien hubo proyectos para ello.

Segun la tasa de los médicos, sus visitas hechas desde el amanecer hasta las once de la noche importaban 4 reales; desde esta hora hasta la una de la mañana, 12 reales; i en la media noche 2 pesos, siempre que no hubiesen sido llamados con anterioridad. Un artículo del arancel, que proveía a la seguridad personal del médico

i

que revela al mismo tiempo la escasa confianza que solian merecer los pacientes, dice así: «En todos los cuarteles i cuerpos de guardia estarán siempre prontos dos hombres para que todo ciudadano pueda en cualquiera hora pedirlos, i custodiar con ellos al médico que solicita; esto se entiende siempre que el solicitante no

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