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Real Hacienda, y del de Correos, Postas, y Estafetas, y Vice-Patrono Real de este Reino de Chile. - Por quanto todas las amonestaciones, órdenes y providencias hasta aqui premeditadas, para impedir los desordenes que han sido tan frecuentes contra la publica tranquilidad......

220X154. Una p.

Bando de 5 de noviembre de 1816.

Que se restituyan a la capital, o a las cabeceras de su partido, dentro del plazo que les señala, todos los veci nos que, confinados o voluntariamente, se encuentran en sus haciendas de campo; declara que continúan en vijen cia los bandos de 25 de agosto i 8 de octubre de 1815, i 2 de enero de 1816.

179.-Por quanto ya son insufribles los excesos que cometen en los partidos del Sud los salteadores y demas facinerosos capitaneados por el famoso malhechor José Miguel Neira, . . .

ooXoo. Una p.

Bando de 7 de noviembre de 1816.

No hemos visto este bando en hoja suelta, como sabemos que fué publicado, i por este motivo tomamos, para dar su colacion, las primeras palabras de su testo tal como aparecen en la insercion de la Gaceta de 8 de noviembre.

Que no se dé hospitalidad en parte alguna a los que transiten sin pasaporte, bajo las penas que señala; que los que sabiendo el paradero de Neira o de Manuel Rodríguez no lo avisen a la justicias, sufrirán las penas que tambien señala; que los que entreguen vivos o muertos a Neira i Rodríguez, tendrán indulto de cualquier delito que hubieren cometido, amen de una gratificacion de mil pesos.

180.-Proclama.- Nobles y amados habitantes de este hermoso Reyno: No es ya tiempo de que recordeis el cumulo de males que habeis sufrido...

188X155. Una p. a dos col.

Espedida por Marcó del Pont el 1.o de enero de 1816. Que un dulce i delicado placer inunda su corazon al verse constituido jefe i gobernador de unos pueblos que no cesan ya de manifestar su amor al justo i benéfico Soberano, de cuya denominacion se gloría; que Fernando olvida la memoria de los dias nublados i solo quiere que brille el astro luminoso de la sujecion a las leyes; que él, Marcó, viene animado del espíritu que anima al Rei i procurará llenar sus benéficas intenciones; que empleará la autoridad i facultades del gobierno en remover los obstáculos que se opongan al comercio, la agricultura, las artes i las ciencias; que si alguna vez exijiesen las circunstancias hacer uso del rigor de la justicia, será con dolor, pero con la satisfaccion de que los mismos que lo sufran han de conocer la necesidad de verificarlo, i que la mano que los hiere será la misma que los alivie i consuele si reforman sus excesos.

Tal es el programa, diríamos hoi, con que empezó su gobierno Marcó del Pont, i como programa solo se cumplió en sus amenazas.

181.-Proclama.-Valientes Guerreros: si muchas fuerzas individuales unidas baxo las reglas de una exâcta disciplina, forman un todo formidable, . . .

190X155.-Una p. a dos col.

Del mismo Marcó del Pont, i de la misma fecha que la anterior.

Que en un templo de la capital del Perú ha visto aquellos ignominiosos estandartes que su valor, el de los soldados, pulverizó haciendo morder al sedicioso la tierra que manchaba con sus desórdenes; que si lucharon cuerpo a cuerpo, si empuñaron la espada i la lanza, si hicieron resonar en sus hogares el estruendo del fusil i del cañon, fué para librar su nativo suelo del enemigo doméstico, del ambicioso, del egoista, del perturbador del órden, del que se cebaba en la sangre de sus conciudadanos, i para ser el consuelo i refujio de la viuda i del huérfano, del anciano i del jóven, del ministro del altar, del majistrado i de las esposas de Jesucristo; que si vencieron en Rancagua fué para renovar el juramento de fidelidad i de antiguo homenaje, i gozar con la grata memoria de aquellos dias plácidos i serenos en que componian una casa, una sola familia con el grande imperio español; que él los felicita por estas glorias como jeneral, como compañero de armas, como español, como amigo, como conciudadano, etc.

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182.- Reglamento aprobado por S. M. para la Caballeria del Exercito. (Escudo Español).—Reimpreso. En Santiago de Chile. Imprenta de Gobierno P. D. J. C. Gallardo. Año de 1816.

155×85.—Dos, 12 p.

183.—Santiago y Mayo 8 de 1816.— Visto lo representado por el Ilustre Cabildo, y lo expuesto por el Señor Oydor Fiscal, se previene que en el distrito de esta Capital en que debe exîgirse al ramo de mostos uno y medio reales por arroba,...

141×102.-Una p.

Bando de Marcó del Pont.

Que, puesto que para el pago de aquella contribucion se permite rebajar la medida, ordena que ningun vendedor o comprador use otra que la rebajada, bajo multa de cien pesos a beneficio de las obras públicas; que en los contratos hechos con anterioridad a la reciente contribucion, sea el comprador el que pague el nuevo impuesto.

184.-Segundo Exercito. Escuela del Recluta de Caballeria arreglada a la tactica que por órdenes Superiores está

mandado siga por ahora la Caballeria de este Exèrcito baxo la direccion de su general el Mariscal de Campo Don Manuel Freyre, Comandante en Gefe de la Real Brigada de Carabineros.—Santiago Imprenta de Gobierno: Por D. Jose Camilo Gallardo. 1816.

108x78.-63 p.

Tomada, con algunas variantes, de la obra que para instruccion de la division mallorquina compuso el teniente coronel don Salvador Moxó.

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