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su trono; i que hallándose la cabeza de la iglesia en las mismas tristes circunstancias, intercluido todo recurso de los fieles a la silla apostólica, se trate de que recobren los obispos sin reserva los derechos propios del ministerio pastoral, i pongan en libre ejercicio las facultades que para su divina institucion les pertenecen, i la misma silla les habia restrinjido, como que solo así pueden atender oportunamente a las necesidades de la grei en que el Espíritu Santo los ha constituido obispo.....>

Se atribuye este opúsculo al padre franciscano frai Fernando García, autor de un singular plan de reformas gubernativas presentado al congreso de 1811, i publicado en el tomo 1.o de las Sesiones de los Cuerpos Lejislativos.

22.--Desde el 25 de Septiembre de 1811, en que el Congreso relevó a los Pueblos de los derechos Parroquiales, ordenando que los curas fuesen dotados honesta y decorosamente, se ha trabajado en allanar los datos y documentos que debian servir de base para reglar estas dotaciones....

222X130.-Dos p.

Circular de junio, dirijida por la Junta Gubernativa a las juntas cívicas de las provincias, pidiendo antecedentes para fijar la dotacion que ha de corresponder a cada parroquia, en cumplimiento de la lei del congreso de 1811 que sustituyó los derechos que cobraban los curas, por una asignacion fija pagada por el Estado.

23.- Directorium ad horas canonicas persolvendas. Missasque celebrandas juxta Ritum Sanctæ Romanæ Ecclecia, nec non rubricas Brebiarii, et Misalis Romani, pro Clero Civitatis Sancti Ja– cobi de Chile. Dispositum, et ordinatum A Dño Emmanuele Cajetano de Medina Ecclesiæ Colegii. Maximi S. Michaelis Archangelis Capelano.—Pro anno Dni. 1814.-Jacobopolis á D. J. C. Gallardo.

00X00.-Sesenta i cuatro p.

24.-D. Joaquin de Echeberria y Larrain Teniente Coronel de las Tropas del Estado, Gobernador Yntendente Politico y Militar de Chile, y Representante del Supremo poder executivo en estas Provincias. &c.-En medio de atenciones graves, y desvelos freqüentes á que la necesidad de las circunstancias estrechan al Gobierno;

172x108.-Una p.

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Bando fechado en el palacio de gobierno, el 27 de noviembre de 1813, i refrendado por el doctor don Silvestre Lazo, secretario.

Prohibe i

pena con prision en el cuartel de San Pablo

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las frecuentes riñas a pedradas que, por rivalidades de barrio, o del sistema (godos i patriotas) suelen armar los muchachos en las calles. Tambien prohibe i castiga con la misma pena, las reuniones que se forman a la salida de los bautizos, en que los muchachos exijen de los padrinos i de sus acompañantes, que les repartan algunas monedas, amenazándolos, cuando no lo consiguen, con las palabras mas negras, i a veces disparándoles pedradas.

25.-El Gobierno a la Divicion, que parta de la Capital. — Militares: sois la fuerza del pueblo, los defensores de sus derechos....

262X185.-Una p. a dos col.

Proclama de Infante, Eyzaguirre, i Egaña, don Juan, que entró como miembro del senado a reemplazar interinamente en la Junta al vocal don J. J. Carrera. Fué dirijida al rejimiento de granaderos que éste comandaba, i que salió de Santiago el 6 de abril para incorporarse al ejército en Talca. Ofrécele la Junta premios i ascensos, i cuidar de sus familias en su ausencia. «Id soldados de la patria bajo la proteccion del Dios de los combates; os cubra con su manto la Reina clementísi ma del cielo....>

26.-El Gobierno a las Provincias.Al fin: Santiago: En la Imprenta de Gobierno P. D. J. C. Gallardo.

156×108.-Tres p.

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Esposicion sobre el estado de la guerra, suscrita el 10 de setiembre de 1813 por Infante, Eyzaguirre i el secretario don Mariano Egaña.

Que los rigores del invierno han impedido que el enemigo sea desecho; la conclusion de la campaña exije nuevos sacrificios; el enemigo se encuentra mas escaso de recursos que nosotros; sino combatimos para defendernos i vencer, el virrei del Perú nos llevará por la fuerza para que combatamos contra nuestros hermanos i en defensa del virreinato amagado por todas partes; etc., etc.

27.-El Gobierno a los Pueblos.-Chilenos: Los heroycos sacrificios que habeis hecho en la presente invasion de los tiranos, exijian un premio que se extendiese a todas las clases del Estado...

95x108.-Una p.

Proclama de 18 de junio, de Pérez, Infante, Eyzaguirre i Egaña, don Mariano, secretario. Que el gobierno envía un diputado al estranjero con recursos suficientes para traernos químicos, mineralojistas, libros, toda clase de instrumentos de ciencias i artes; i una colonia de fabricantes i artesanos. «En medio de los esfuerzos i gastos excesivos de la presente guerra, se ha reservado un caudal para destinarlo a los objetos mas preciosos. Ciudadanos: comparad los procedimientos de un gobierno liberal con los de la antigua metrópoli.>>

El ajente enviado a Europa fué don Francisco Antonio Pinto, que desde 1811 se hallaba acreditado ante el gobierno de Buenos Aires de diputado de Chile.

28.-El Gobierno a los Pueblos.-Despues que las batallas de Yerbas buenas, S. Carlos, y Talcahuano harán conocer al mundo lo que vale el pueblo de Chile,....

III×108.-Una p.

Proclama de 7 de junio, suscrita por Pérez, Infante, Eyzaguirre, i el secretario Egaña.

Anuncia la formacion de un censo del pais, i encarga a los ciudadanos que vijilen el trabajo de los comisionados para levantarlo, a fin de que la obra salga lo mas perfecta posible.

Reprodujo esta proclama el Monitor de 10 de junio. Véase sobre este censo mas adelante el núm. 34 del presente tomo.

29.--El Monitor Araucano.--Santiago. En la Imprenta de Gobierno. 18131814

169×109.-Dos tomos. Tomo I: 100 núm. fuera de estraordinarios. Tomo II: 83 núm. fuera de estraordinarios.

Imprimieron los primeros números los tipógrafos de La Aurora Johnston i Garrison; luego quedaron a cargo de la imprenta Garrison i Alfonso Benitez; i desde el número 39 adelante, aparece ésta manejada por don J. C. Gallardo, el antiguo impresor de esquelas, que la tomó en arriendo, i que reimprimió varios de los números publicados por aquéllos. Gallardo enseñó el manejo de las cajas a algunos muchachos despiertos, de entre

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