Constitución de la República de ColombiaEcheverría hermanos, 1886 - 48 páginas |
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... propio domicilio , podrán penetrar en él para el acto de la aprehensión ; y si se acogiere á domicilio ajeno , deberá preceder requerimiento al dueño ó morador . ARTÍCULO 25 . Nadie podrá ser obligado , en asunto criminal , co ...
... propio domicilio , podrán penetrar en él para el acto de la aprehensión ; y si se acogiere á domicilio ajeno , deberá preceder requerimiento al dueño ó morador . ARTÍCULO 25 . Nadie podrá ser obligado , en asunto criminal , co ...
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... propio que la presente Cons- titución le reconoce . ARTÍCULO 54 . El ministerio sacerdotal es incompatible con el desempeño de cargos públicos . Podrán , sin embargo , los sacerdotes católicos ser empleados en la instrucción ó ...
... propio que la presente Cons- titución le reconoce . ARTÍCULO 54 . El ministerio sacerdotal es incompatible con el desempeño de cargos públicos . Podrán , sin embargo , los sacerdotes católicos ser empleados en la instrucción ó ...
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... Legislativo . ARTÍCULO 68 . Las Cámaras legislativas se reunirán ordinaria- mente por derecho propio cada dos años , el día 20 de Julio en la capital de la República . Las sesiones ordinarias durarán ciento veinte días , pasados los 14 . -
... Legislativo . ARTÍCULO 68 . Las Cámaras legislativas se reunirán ordinaria- mente por derecho propio cada dos años , el día 20 de Julio en la capital de la República . Las sesiones ordinarias durarán ciento veinte días , pasados los 14 . -
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Colombia. ARTÍCULO 103 . Son facultades de cada Cámara : 1a Dictar su propio reglamento y establecer los medios preventivos y coercitivos necesarios para ase- gurar la concurrencia de los miembros de la Corpo- ración . 2a Crear y proveer ...
Colombia. ARTÍCULO 103 . Son facultades de cada Cámara : 1a Dictar su propio reglamento y establecer los medios preventivos y coercitivos necesarios para ase- gurar la concurrencia de los miembros de la Corpo- ración . 2a Crear y proveer ...
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... cada dos . ARTÍCULO 139 . Para el despacho de los negocios de su competen- cia , se dividirá el Consejo en las secciones que la ley ó su propio reglamento establezcan .. ARTÍCULO 140 . La ley determinará el número de suplentes.
... cada dos . ARTÍCULO 139 . Para el despacho de los negocios de su competen- cia , se dividirá el Consejo en las secciones que la ley ó su propio reglamento establezcan .. ARTÍCULO 140 . La ley determinará el número de suplentes.
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Términos y frases comunes
20 de Julio acto actos acusación Administración agentes Antioquia Aprobar ó desaprobar arreglo Asambleas departamentales atribuciones autoridad bienio bierno blica Bogotá Boyacá Cámara de Representantes ciones civil colombiano Consejeros Consejo Nacional Constituyente Constitución constitucional corporaciones Corresponde al Congreso Corresponde al Presidente Corte Suprema crédito Cundinamarca debate Decretar Delegatario delitos Departamento derechos derechos políticos desempeño Designado determine disposición domicilio duración ejercer el Poder ejercicio elección Electores elegido empleo establecer expedida extranjeros faltas absolutas formalidades funcionarios funciones Gobernadores guerra hubiere infracción J. M. CAMPO SERRANO JORGE HOLGUÍN judicial Jueces Legislatura límites Magistrados miembro del Congreso militares Ministerio público Ministros del Despacho municipales Nación Nadie podrá necesarias negocios Nombrar obligaciones orden público Panamá pena pena capital personas Poder Ejecutivo Poder Legislativo podrán políticos Presupuesto previo proyecto receso reglamento rentas y gastos Repú resoluciones respectivo responsabilidad sanción Secretario Senado Senadores sentencia judicial serán sesiones ordinarias SUMARIO SUMARIO.-I territorio TITULO Tolima trata el artículo Tribunales Superiores votos
Pasajes populares
Página 16 - Artículo 76. — Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes atribuciones: 1? Interpretar, reformar y derogar las leyes preexistentes; 2?
Página 10 - La educación pública será organizada y dirigida en concordancia con la Religión Católica.
Página 8 - Nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes preexistentes al acto que se impute, ante Tribunal competente y observando la plenitud de las formas propias de cada juicio.
Página 26 - Departamento ya cualesquiera otros funcionarios nacionales o municipales del orden administrativo o judicial, por infracción de la Constitución o las leyes, o por otros delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.
Página 8 - El delincuente cogido in flagranti podrá ser aprehendido y llevado ante el juez por cualquiera persona. Si los agentes de la autoridad lo persiguieren, y se refugiare en su propio domicilio, podrán penetrar en él «para el acto de la aprehensión; y si se acogiere a domicilio ajeno, deberá preceder requerimiento al dueño o morador.
Página 4 - El territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenece únicamente a la Nación. Las Secciones que componían la Unión Colombiana, denominadas Estados y Territorios Nacionales, continuarán siendo partes territoriales de la República de Colombia, conservando los mismos límites actuales y bajo la denominación de Departamentos.
Página 10 - Ofrécese la misma garantía a los propietarios de obras publicadas en países de lengua española, siempre que la Nación respectiva consigne en su legislación el principio de reciprocidad, y sin que haya necesidad de celebrar al efecto convenios internacionales.
Página 33 - Corresponde a los funcionarios del Ministerio Público defender los intereses de la Nación; promover la ejecución de las leyes, sentencias judiciales y disposiciones administrativas; supervigilar la conducta oficial de los empleados públicos, y perseguir los delitos y contravenciones que turben el orden social.
Página 7 - Las Autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en sus vidas, honra y bienes y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares (Art.
Página 20 - Corresponde al Senado conocer de las acusaciones que intente la Cámara de Representantes contra los funcionarios de que trata el artículo 102 (inciso 4°). ARTÍCULO 97. En los juicios que se sigan ante el Senado, se observarán estas reglas: 1* Siempre que una acusación sea públicamente admitida, el acusado queda de hecho suspenso de su empleo.