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Que en el caso que se postergasen dichos tratados por mas de seis, ambos aliados se pondrán de acuerdo para fijar un plazo prudencial para la desocupacion.

Dios guarde á V. E.

BARTOLOMÉ MITRE.

Legacion Argentina en el Brasil.

Señor Ministro:

Rio de Janeiro, Noviembre 21 de 1872.

Tengo el honor de adjuntar á V. E. en cópia autorizada, los protocolos del N° 3 al 5 inclusives que, con la continuacion de los dos que anteriormente remití á V. E., y en todos los cuales, se contiene la negociacion y el Acuerdo celebrado con el Plenipotenciario Brasilero.

Oportunamente enviaré á V. E. los protocolos originales con el testo auténtico del Acuerdo celebrado, en los dos idiomas portugués y español, á los efectos consiguientes.

Felicitando & V. E. por este resultado que pone feliz término á mi Mision Especial, tengo el honor de saludar al Sr. Ministro con toda consideracion.

BARTOLOMÉ MITRE.

Al Exmo. Sr.Ministro de Relaciones Esteriores, Doctor D. Cárlos Tejedor.

Ministerio de Relaciones Esteriores

de la República Argentina

Señor Ministro:

Buenos Aires, Noviembre 27 de 1872.

Recibí la nota de 21 de Noviembre, acompañando cópia de los tres protocolos últimos, y anunciando el envío oportunamente de los protocolos originales, con el texto autèntico del Acuerdo celebrado, en los dos idiomas portugués y español.

Completada de este modo la negociacion, y tomada en seria consideracion, como su importancia lo merece, el Gobierno encuentra que en el acuerdo definitivo ha desaparecido la cláusula de las bases propuestas por V. E., que mantenian en suspenso de un modo espreso, los tratados Cotegipe, hasta tanto los otros aliados negociaban separa

damente.

En las cláusulas relativas à la desocupacion del Paraguay por las fuerzas aliadas, se ha encontra lo igualmente que la desocupacion, con tratados con el Paraguay ó sin ellos, propuesta por V. E. para seis meses despues, de acuerdo con nuevas instrucciones, ha sido sustituida por una desocupa cion que, llegado el caso, se convendrá entre los aliados, se_ ñalando un plazo prudencial.

El Gobierno Argentino, no obstante, aprueba completa_ mente el proceder de V. E.; porque entiende que lo que no ha querido consignarse esplicitamente, resulta virtualmente. del conjunto de la convencion, inconciliable con el pleno y positivo vigor de los trata los Ctegipe (art. 2.); y porque si bien debiamos desear, no teniamos derecho de exigir, que la desocupacion se verificase en todo caso, aunque no llegásemos á tratar con el Paraguay sobre límites, siendo ademas de esperar que verificada la hipótesis, el Brasil que

afirma apetecer por su parte la desocupacion, se entenderá sin dificultad con la República, para realizarla lo mas pronto posible.

Dios guarde á V. E.

CARLOS TEJEDOR.

A S. E. el Sr. Enviado Estraordinario y Ministro Plenipotenciario en Mision Especial de la República Argentina en el Brasil, Brigadier General D. Bartolomé Mitre.

Legacion Argentina en el Brasil.

Rio Janeiro, Noviembre 23 de 1873.

A S. E. el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores de la República Argentina.

Señor Ministro:

Tengo el honor de pasar á manos de V. E. á los efectos consiguientes. 1.° Los cinco protocolos originales en que constan las negociaciones que han tenido lugar entre el que suscribe y el Plenipotenciario Brasilero y en las cuales estan contenidas las cláusulas y razones del Acuerdo celebrado entre ambos. 2° Cópia auténtica del protocolo número 5 en español y portugues, en que se contiene el texto integro del Acuerdo celebrado.

Todo lo que comunico á V. E. á los efectos consiguientes. Dios guarde á V. E.

BARTOLOMÉ MITRE.

PROTOCOLOS

De las conferencias celebradas entre los Exmos. Sres, Brigadier General D. Bartolomé Mitre, Plenipotenciario de lu República Argentina, y el Marques de San Vicente, Plenipotenciario de S. M. el Emperador del Brasil.

NÚMERO 1

CONFERENCIA DEL DIA 5 DE Noviembre de 1872.

A los cinco dias del mes de Noviembre del año del señor, mil ochocientos setenta y dos en esta Corte de Rio Janeiro y en la Secretaria de Estado de los Negocios Estrangeros, reuniéronse los Exmos. Sres. Brigadier D. Bartolomé Mitre, Plenipotenciario de la República Argentina y el Marques de San Vicente, Plenipotenciario de S. M. el Emperador del Brasil, encargados por sus respectivos gobiernos de acordar los mejores medios de facilitar los ajustes definitivos de paz entre los Aliados y la República del Paraguay con arreglo á las estipulaciones del Tratado de Alianza y sus consecuencias.

Los señores Plenipotenciarios se cambiaron sus respectivos poderes, los que por una y otra parte fueron hallados en debida forma.

El señor Plenipotenciario Brasilero, tomando la palabra dijo, que entendia que la discusion directa habida entre el Gobierno Brasilero y el Gobierno Argentino resultaba y quedaba bien constatado:

1° Que las estipulaciones del Tratado de Alianza de 10 Mayo de 1865 todavia no realizadas, están y continúan en perfecto vigor.

2° Que los Tratados celebrados por el Brasil con la Re

pública del Paraguay continúan tambien en pleno vigor. 3° Que el Brasil reconoce el pleno derecho que tiene la República Argentina, así como la República Oriental, de celebrar igualmente con la República del Paraguay sus ajustes definitivos, quedando desde entónces bajo la garantia colectiva de los aliados.

4° Que por consecuencia, la negociacion en que los señores Plenipotenciarios van á entrar, tiene por objeto acordar solamente la manera como han de hacerse los ajustes definitivos todavia pendientes.

Agregò S. E. el señor plenipotenciario Brasilero que artes de proseguir creía deber dar una informacion á S, E. el señor Plenipotenciario Argentino, pidiéndole sobre ella su ilustrada opinion.

El Gobierno Imperial cree hoy todavia que seria conveniente que la República Oriental, se hiciese representar en estas conferencias. Como alia lo que debe usar de un perfecto derecho y por las altas conveniencias de que su opirion se escuche en las cuestiones que van á tratarse, el Gobierno Imperial dirijió al de la República Oriental, un invitacion álla que declinó este, lo que no satisfizo los deseos de aquel. Apesar de ello, el Sr. Plenipotenciario Brasilero insiste en que debe el Estado Oriental tener su representacion en estas conferencias é insinúa se haga un último esfuerzo invitando ambos Plenipotencarios al Gobierno de la República Oriental, á nombre de sus respectivas naciones para que envie su Plenipotenciario.

El Sr. Plenipotenciario Argentino, antes de contestar, declara que se felicita de que haya llegado este momento, y de que la negociacion comience bajo los mejores auspicios asegurando un éxito que asegura la paz y la tranquilidad de las naciones aliadas, incluso el Paraguay, á cuyas palabras, asiente el Si. Plenipotenciario Brasilero de perfecto acuer lo

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