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y de remesa de gran cantidad de armas y pertrechos para Entre-Rios.

Aprovecho esta ocasion para reiterar á V. E. las seguridades de mi mas alta y distinguida consideracion.

BARON DE ARAGUAYA.

Ilustrísimo y Exmo. Sr. Dr. D. Carlos Tejedor, Ministro de Relaciones Exteriores de la República Argentina.

Legacion

Argentina en el Brasil.

(CONFIDENCIAL)

Rio Janeiro, Setiembre 11 de 1873.

A S. E. el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores de la República Arjentina.

Señor Ministro:

Tengo el honor de acusar recibo de la confidencial de V.E fecha 26 del ppdo. en la cual se dan las instrucciones precisas que habia pedido con fecha 19 del mismo, respecto de la cuestion de forma y sus ulterioridades sobre lo cual consulté á V. E. habiendo recibido al mismo tiempo la nota modificada sobre que esa cuestion versaba y la fórmula de respuesta de su referencia.

Perfectamente de acuerdo con V. E. en que el Gobierno Argentino no debe satisfaccion al Imperio del Brasil, tanto por qué la defensa enérjica de nuestros derechos respondia á hechos que los atacaban y que todavia no han tenido satisfaccion por parte del Imperio, cuanto porque dado caso que él Gobierno Argentino debiese ó pudiese estar dispuesto á dar alguna es

plicacion sobre el incidente de las notas, tal cuestion prévia de forma habia desaparecido despues de la última contestacion del Brasil y de todos los actos posteriores. Es por esto que en la conferencia que tuve con el Ministro de Negocios Estranjeros del Imperio, y de que di cuenta en mi confidencial del 27 del ppdo., hice valer estas y otras razones para presentar en la forma mas conveniente posible, la cuestion de forma promovida por este Gobierno como un nuevo pretesto, para no entrar desde luego á la cuestion de fondo, valiéndome de la misma palabra y calificando tal proceder de falta de buena voluntad, ó sea mala voluntad para liquidar nuestras cuestiones pendientes, con todo lo demas que tuve lugar de esponer, sin que mis observaciones fundamentales fuesen conmovidas, quedando por lo tanto ventajosamente habilitado para llenar las instruccicnes de mi Gobierno. Aun en el caso de una negativa absoluta, no obstante la opinion que particularmente habia adelantado respecto de que no habria inconveniente en adicionar la nota, con una frase amistosa aun cuando no fuese sino para satisfacer ese deseo tan amistosamente manifestado, desde que sin exijencia ninguna se dej ba su alcance y su forma al Gobierno Argentino con la ventaja de restablecer desde luego por este medio las buenas relaciones entrando inmediatamente á ocuparnos de la cuestion de fondo sin embarazo alguno.

Si la resolucion de V. E. hubiese sido adicionar simplemente la nota como lo hubiese hallado por conveniente, esa nota hubiera sido aceptada ya (aun cuando no difiriese mucho de la anterior) y estaria al presente ocupándome seriamente de los objetos de mi mision. Pero habiendo venido con condiciones, ella prolonga indefinidamente la cuestion de forma, obstando á las negociaciones, y dando al Gabinete del Brasil, nuevo pretesto para prolongar este incidente.

que en definitiva puede ser causa de un malogro de la mision, aun cuando todavia persisto en creer que algo puede hacerse, y haré cuanto de mi dependa para llevarla á buen

término.

De to los modos, dispuesto á cumplir las instrucciones del Gobierno, cualesquiera que ellas fuesen, como lo manifesté anteriormente, he dado cumplimiento á ellas con la modifie cacion que mencionaré mas adelante, y no obstante que ellas no sean precisas para el caso que este Gobierno no acepte el cambio de notas que V. E. propene, llegado el cual seria necesario dejar correr la anterior nota suspendida, y la negociacion quedaria suspendida de hecho mientras se arreglaba el incidente de Gobierno à Gobierno, si es que este Gobierno persistia en su cuestion de forma, como cuestion sine qad non para pasar adelante, lo que hasta ahora no se presenta claro, inclinándome á creer que tal vez no per-istia en tal resolucion despues de las consideraciones que le ha manifestado.

Entre los inconvenientes que me creaban las mismas instrucciones con relacion á la nota modificada, señalaré algunos simplemente para los objetos de que mis instrucciones sean complementadas, habilitándome para todos los casos ocurrentes. En primer lugar, la nota modificada poco diferia de la nota anterior en el fondo y en la forma, y llenaba apenas indirectamente el deseo manifestado. 2.o En vez de satisfacer el deseo manifestado por este Gobierno, contenia dos nuevas exigencias, cuales eran entrar desde luego á la cuestion de fondo, trasladando la discusion á los actos diplomáticos, y la condicion precisa de una contestacion en los mismos términos satisfaciendo aquella exijencia oficialmente formulada. 3.° Que se pedia contestacion á lo que, en la misma nota se calificaba de simple acuse de recibo lo que (no) en las relaciones oficiales ó confidenciales

no es de regla contestar, bien que por la singularidad del caso, como V. E. lo dice, pudiera ser este un medio para cambiar palabras amistosas desde que hubiese buena voluntad para ello. 4.° Prescribia de antemano la forma y el alcance de la contestacion, cuando por parte del Gobierno se habia dejado la forma y el alcance de la adicion á la espontaneidad de nuestro Gobierno; la que habia aceptado cualquiera que ella fuese, como lo he manifestado ántes.

No obstante todo esto, me dispuse inmediatamente á cumplir las últimas instrucciones de V. E. y en consecuencia con fecha 9 del corriente pedí al Ministro de Negocios Estranjeros una conferencia confidencial para tratar del asunto pendiente; habiéndolo hecho así para corresponder al proceder de este Gobierno, que no habia querido formular oficialmente su deseo y porqué trasladar desde luego la cuestion al terreno oficial nos colocabamos uno y otro en un terreno resbaladizo, que podria arrastrarnos mas allá de donde deseabamos.

La conferencia tuvo lugar el 10 del corriente á las 10 12 de la mañana en el Ministerio de Negocios Estranjeros.

Por introduccion dije al Señor Correia que considerando decisiva esta conferencia, habia pedido que ella fuese confidencial, para dar tiempo y libertad á la refleccion y poder hablar con mas franqueza á la vez que con mas cordialidad. Que deplorando que teniendo entre manos tan graves intereses estuviesemos detenidos por una nueva cuestion de forma, que un poco de buena voluntad, por parte del Brasil habria evitado, ó podía remover, no podia ni debia ver en ella sino un obstáculo artificial (testual) para entrar á ocuparnos con seriedad de la cuestion de fondo. Que tal cuestion de forma era insostenible, porque ni realmente existia, no solo porque no nacia lójicamente de ningun antecedente, sinó porqué aun

cuando hubiese sido posible ó existido alguna vez, habria desaparecido por actos espontáneos del Brasil y por actos internacionales de que ya no era dado prescindir. Que despues de las palabras pronunciadas por el Emperador del Brasil y por el Presidente de la República Argentina ante los respectivos Parlamentos y á la faz del mundo, despues de los términos de mi credencial en que se hacia mencion en los términos mas amistosos de los servicios que yo habia podido prestar á la alianza, despues de los discursos cambiados en el acto de mi recepcion pública, en que el Emperador auguró á mi mision término honroso y feliz para ambos

paises, tal cuestion no existia, y que si hubiese existido alguna vez, la habria eliminado el hecho de contestar el Gobierno Brasilero á nuestra última nota, sin insinuarla siquiera, probando asi que lo que pudo ser cuestion entónces, no lo era ni podia ser hoy, agregando que aun dado que hubiese ofensa en los términos de la correspondencia recíproca, mi mision y mi permanencia en Rio Janeiro, era la satisfaccion mayor que podian desear, ademas de que, como le habia dicho, tenia instrucciones para dar y recibir reciprocamente las esplicaciones que pudiesen ser necesarias respecto de conceptos que podian ir mas allá de las intenciones bené volas de ambos Gobiernos. Que á este respecto podia invocar la opinion autorizada del Sr. Vizconde do Rio Branco Presidente del Consejo de Ministros, el cual en conferencia privada que precedió á mi recepcion oficial, me habia declara do que la cuestion del retiro de la última nota Argentina, fué materia de decision en el Consejo de Ministros del Brasil, habiendo prevalecido la opinion de que no habia lugar á exíjir tal retiro, desde que siendo una esposicion de doctrina y una defensa de los derechos que creiamos tener en términos mas o menos consecuentes, si hubiese habido verdadera ofensa, el retiro simple de la nota no la borraba una vez que

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