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sido aceptadas, exhibiendo por su parte el de Chile pretensiones que la República nunca pcdrá aceptar sin deshonor

Últimamente, el Ministro Argentino fué informado por la prensa de Chile, que se trataba de fundar una poblacion sobre el Atlántico en Rio Gallegos, entre los grados 51 y 52, á treinta leguas mas o menos de Santa Cruz y veinte de Punta Arenas por tierra.

Pedida inmediatamente la esplicacion que correspondia, el Ministro de Relaciones Esteriores respondió que ninguna órden de esta clase habia dado al Gobierno de Magallanes, quien por disposicion suya se habia dirigido solamente á esos parajes, contiguos de la Colonia, á practicar un reconocimiento, con el fin de cerciorarse si eran suceptibles de cultivo. Agregaba que la espedicion tenia tambien por objeto saber si era cierto que en la caleta en que desemboca Rio Gallegos existia un buque náufrago, y otros que sin autorizacion competente se ocupaban en la estraccion de huano. Que la espedicion finalmente le habia sido sujerida por haberse encaminado esos dias á Gallegos una comision de súbditos británicos, con el pretesto de caceria á fundar una colonia estranjera, procediendo á nombre y por encargo de una sociedad de colonizacion autorizada por el Gobierno de Buenos Aires.

No encontrando el Gobierno Argentino suficiente esta esplicacion, ha dado á su Ministro instrucciones especiales para seguir el reclamo pero por la misma razon antes indicada, hay necesidad aun de reservar los documentos cambiados despues de la primer contestacion del Gobierno de Chile.

La misma prensa ha hecho publicacion recientemente de las propuestas de un Sr. Pertuiset para esplorar detenidamente la Tierra del Fuego, diciendo que el Gobierno le habia ofrecido un vapor á este objeto, y se sentia dispuesto á aceptar aquellas « como una buena inspiracion para los intereses de la República. "

El Ministro Argentino se ha limitado á dar cuenta de esta nueva incidencia, repitiendo siempre su persuacion de que la fundacion de Gallegos no se llevará á efecto, y que el Gobierno de Chile respetará el statu quo convenido.

El Gobierno Argentino antes de adoptar sobre todo una resolucion definitiva, ha creido de su deber esperar datos mas completos.

La expedicion de los alumnos de la escuela náutica á las costas patagónicas en un buque de guerra nacional presentó por su parte ocasion al Ministro de Chile en ésta á pedir una explicacion, que inmediatamente le fué dada en términos categóricos.

La Laguna del Diamante, de donde nace el rio de este nombre, acaba de ser tambien objeto de exploracion de una comision chilena en busca de mas aguas para los campos regados por las cabeceras del Maypu. De las mismas observaciones de los exploradores, resulta que la Laguna del Diamante está en pleno territorio Argeutino, como á una legua de distancia de la línea divisoria de las aguas. Las autoridades argentinas estarian pues en el mas perfecto derecho de impedir toda obra tendente á proveerse de agua de esa Laguna con perjuicio de los labradores arjentinos, y menoscabo de la soberanía.

Bolivia y el Chaco

Antes del año 10, Bolivia no tenia límites internacionales, porque hasta entonces era parte del vireinato de Buenos Aires; y sus límites provinciales, aun comprendida Tarija, que ocupó violentamente el año 26, y las provincias de Chiquitos, Mojos y Atacama, que tampoco le pertenecen de derecho, no abarcaban ninguna porcion del territorio del Gran Chaco.

Hasta esa misma fecha, y aun despues, tampoco será fácil señalar hechos precisos capaces de conferir dominio, ni siquiera derecho preferente al todo ó parte del desierto comprendido entre las fronteras setentrionales de Bolivia, y márjen derecha del Rio Paraguay.

La ocupacion misma de Tarija no fué estendida hasta el año 34, en que á mérito de una arbitraria demarcacion practicada por una comision que presidia el Coronel O'Coner, se adelantó la linea divisoria de Oeste á Este, desde la abra llamada de las Cañas, por la cumbre del Cerro Neguayu, hasta el Bermejo y Pilcomayo, apoderándose de las antiguas poblaciones de Itau, Carapari, y otras del distrito de Oran, territorio de Salta.

Posteriormente en 14 de Junio de 1861 dictóse una ley ordenando la construcion de uno ó mas fuertes en Cordillera, tres en Tomina, y cuatro en Salinas, á orillas del Pilcomayo, y destinándose á este objeto fondos especiales, y una guardia de cien soldados.

En 1863 salió tambien de Tarija una expedicion á esplorar el Filcomayo, y por un decreto de 3 de Noviem

bre del mismo año, se sabe que la expedicion llegó hasta el punto de Nequerenda, y construyó el fuerte "Bella Esperanza." El Gobierno de la época, al ocuparse de este fuerte, decia: "se ha sancionado en fin con una verdadera ocupacion el dominio y soberania de la República, sobre aquellos estensos y fértiles territorios que antes de ahora yacian espuestos á las invasiones de nuestros vecinos"

El 8 de Octubre de 1868, se dió otra ley destinando mil pesos anuales del fondo mas efectivo para protejer y fomentar el fuerte Bella Esperanza" y otro en el Departamento de Tarija; y en Octubre del 71 se acordó por otra mil pesos anuales á la habilitacion de fortines para la proteccion, decia la ley, de las misiones que se internan al Chaco.

En Abril del 72 finalmente por un decreto, en virtud de autorizacion conferida por la Asamblea constituyente, se estableció «el distrito territorial del Gran Chaco» constituyendo para el ejercicio de la primera autoridad de él un jefe superior político y militar.

Por su parte, el Gobierno Argentino, que sin duda por los acontecimientos del año 10 y anarquia posterior, habia descuidado rechazar como correspondia semejantes usurpaciones, restablecida la paz con la caida del Dictador Argentino, comenzó á reaccionar contra este estado deplorable de cosas, y en el año 72 estaban ya restablecidos no solo los fuertes que antes existieron en todo el frente de Salta y Jujuy sobre el Chaco, sino avanzados mucho mas, con su campamento jeneral en «Cenizas» seis leguas al

Noite del Bermejo, el cual poco despnes fué trasladado á <Capitan Sarmiento» punto mas central, llevandose la guarnicion de éste doce leguas al Este para guardar las estancias entre «Rosario» y «Pozo de la arena.”

Un decreto confirmado y ampliado por la ley de Oetubre 11 de 1872 declaró igualmente todo el Chaco territorio de la República Argentina, y organizó las autoridades correspondientes en Villa Occidental, sobre la márjen derecha del Rio Paraguay.

En esta marcha hácia adelante de las guarniciones bolivianas y argentinas, en esta contradiccion de disposiciones legislativas, el conflicto era inevitable; y él tuvo lugar en efecto el 20 de Mayo del año anterior por una fnerza boliviana que debia marchar desde Itapirú á Zopota; y que por mala inteligencia de sus vaqueanos, segun declararon despues los oficiales, se internó en territorio argentino hasta «Palo Santonó « Corralitos, " tres leguas á retaguardia de la frontera, donde fué hecha prisionera.

La mision boliviana tantas veces anunciada llegó en esta situacion. Bolivia tenia en ese momento intereses de todo jénero que discutir con nosotros. Tenia el estudio franco de este conflicto, y la adopcion de las medidas mas convenientes para impedir su repeticion. Tenia el acuer do especial sobre tránsito, pendiente desde el artículo once del tratado del sesenta y ocho, y reclamado urjentemente por el comercio de uno y otro pais. Tenia dificultades del Correo de tierra desde Jujuy á Potosí á cansa de no cumplirse por parte de Bolivia las estipulaciones respectivas. Tenia la demarcacion de los territorios po

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