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tes de cerrarla, agotar todos los recursos compatibles, con la dignidad y los derechos de la nacion.

Grato me es decir á los señores Senadores y Diputados que el resultado ha correspondido al esfuerzo; y que las bucnas relaciones con el Imperio están restablecidas com pletamente. El tratado del 65 no fué sin duda un vínculo perpetuo. El tiene su terminacion natural con la negociacion definitiva de las Repúblicas Oriental y Argentina, y el reconocimiento por el Paraguay de los derechos respectivos. Pero lo que no cesa, ni debe cesar, es el sentimiento reciprocamente benévolo creado por ella, y que asegurárá por mucho tiempo la paz del Rio de la Plata.

Nacido el conflicto, en prevision de sucesos futuros, el Gobierno argentino, por medio de sus Ministros en el exterior, se dirigió á los Gobiernos de América y Europa, con quienes mantiene relaciones; y casi todos ellos, especialmente los últimos, cuyos intereses comerciales podian ser seriamente afectados por una guerra, se apresuraron á manifestar el deseo de un arreglo, dando instrucciones á sus legaciones en Rio para apoyar en cuanto les fuera posible, la actitud del Plenipotenciario argentino. Es un deber nuestro agradecer estas simpatias, si bien no hubo necesidad de ponerlas á prueba para obtener el acuerdo de 19 de Noviembre.

El mismo negociador, que supo en Rio Janeiro ejecutar con lealtad las instrucciones del Gobierno, está encargado de completar la obra cerca del Gobierno del Paraguay. La situacion encomendada al digno diplomático, apesar de la situacion favorabie producida por el restablecimiento de

los compromisos de la Alianza, no está exenta por eso de dificultades. El Paraguay, despojado por el derecho de territorios que indebidamente ocupaba, se cree despojado solo por la fuerza. Con dos grandes rios como barrera de su nacionalidad por el Sud y el Occidente, tiene la aspiracion de traspasarlas, sin necesidad ni interés atendible. El mismo pretesto de sus Dictadores para establecer guardias sobre la marjen derecha del Rio Paraguay con el objeto de defenderse de las tribus salvajes, ha desaparecido con la poblacion argentina del Chaco.

La negociacion que va á abrirse tiene tambien su limitacion. Recobradas por la victoria las Misiones, y todo el territorio del Chaco desde el Pilcomayo hasta las fronte ras de Santa Fe, ninguna discusion es posible en esta parte. El generoso acuerdo de 20 de Junio de 1870 solo ha permitido hacer obseservaciones, sobre el territorio reivindicado desde el Pilcomayo hasta Bahia Negra.

La mision al Paraguay, despues del convenio de 19 de Nobiembre, ademas de una promesa que debia cumplirse, era exigida por la situacion anormal del Paraguay mismo, con sus po leres públicos organizados de un modo definitivo, y ocupado sin embargo militarmente por fuerzas brasileras y argentinas-Semejante situacion de parte de los poderes aliados no estaria justificada por mas tiempo ni siquiera como garantia de la indemnizacion á reclamar, desde que ella depende de actos ulteriores, y su pago no tiene ni puede tener época próxima; y de parte del Paraguay solo sirve para desnudar sus actos soberanos de la espontaneidad, sin la cual no existe ni puede existir al esterior

La conservacion del órden tampoco seria un motivo bastante para continuar la ocupacion-Han vuelto ya al Paraguay todos sus hijos dispersos por la guerra-Sus feraces campos pueden ser nuevamente cultivados-El comercio y el crédito pueden introducir las riquezas de que depende la vida y progreso de las naciones-Si el Paraguay es capaz deexistencia independiente, debe esperar el órden de estos elementos propios, y no de la intervencion constante de poderes estrangeros.

La ocupacion tiene que cesar hasta por los numerosos inconvenientes que la acompañan en la práctica.

Segun el acuerdo de 20 de Junio de 1869 la accion de los Jenerales aliados quedó libre é independiente del Gobierno Provisorio en lo relativo á la jurisdiccion militar y á las operaciones contra el enemigo comun, pudiendo ocupar los puestos necesarios y aprovecharse de los recursos del pais, salvo la propiedad particular, neutral ó amiga, cuyo uso daria derecho á indemnizacion.

Declaróse igualmente que la jurisdiccion civil y criminal del Gobierno no se estenderia á los cuarteles, campamentos, é individuos pertenecientes á los ejércitos aliados; y que en caso de un delito entre un militar ó empleado de dichos ejércitos, y persona que les sea estraña, se preferiria la jurisdiccion militar.

Convínose finalmente, que todos los individuos, buques, víveres, forrages y demás materiales de cualquiera especie pertenecientes á los ejércitos aliados ó á sus proveedores, tendrian entrada y salida por el territorio de la República libres de todo y cualquier gravámen, y sin mas

fiscalizacion que la que fuese acordada con los Jenerales ó los Representantes diplomáticos de los Gobiernos aliados.

Despues de terminada la guerra este acuerdo fué modificado por el de 20 de Junio de 1870, declarándose restablecida la paz entre la República Argentina, la Republica Oriental, el Imperio del Brasil, y la República del Paraguay; pero subsistentes, mientras permanecieran fuerzas aliadas en el territorio paraguayo, las condiciones relativas á la jurisdiccion militar de los Jenerales aliados, así como la libre entrada y salida de los artículos destinados. al consumo de los ejércitos.

Fácil es comprender todos los conflictos y abusos á que podia dar lugar el ejercicio de esta jurisdiccion, en perjuicio de las buenas relaciones y de la renta paraguaya; inconvenientes que no ha salvado del todo otro acuerdo posterior con el General Argentino de que da cuenta esta Memoria. La ocupacion, en las condiciones que hoy existe, puede decirse, pues, que no es mas que una guardia policial á costa de los aliados, que pagan sus tropas, y aun los alquileres de las casas en que están alojadas.

Deseoso por estas razones el Gobierno Argentino de llegar pronto á la desocupacion, al mismo tiempo que negociaba en Rio Janeiro, indicó al Gobierno del Paraguay la conveniencia de un Enviado suyo, con quien concluir simultaneamente las cuestiones pendientes entre ambos paises. Pero esta esperanza no tardó én desvanecerse desde las primeras conferencias. La discusion entre el Imperio y la República dejaba entrever al Paraguay que

la Alianza estaba amenazada de disolucion, y esperando mejores tiempos, su Ministro solicitó los tratados de paz, comercio y navegacion, al mismo tiempo que hacia imposible el de límites, exhibiendo pretensiones tan exhorbitantes que ni oirse podian. La misma ocupacion militar que en todas partes el amor propio nacional rechaza enérgicamente, parecia inquietarle poco, ó posponerla á intere ses mayores. La mision Loizaga tuvo pues que retirarse, sin dejar rastro alguno de su pasaje.

Para el Gobierno Argentino, señores Senadores y Diputados, la determinacion de los límites entre las dos Repúblicas, no es tanto una cuestion de títulos, como de porvenir. Esos dos grandes rios, Bermejo y Pilcomayo, que desembocan en el Rio Paraguay, están destinados en época no muy remota, á ser la via natural de nuestras provincias del Norte y de la República de Bolivia. Las dos márgenes del Rio Paraguay, no pueden ambicionarse por la República que lleva su nombre, sino empujada por los recuerdos, vivos todavia, de los tres Despotismos que por sesenta años la han oprimido.

Se quieren quizá las dos márgenes en el propósito de encerrarse de nuevo ó de restablecer con la entrega de una de ellas el estado de la hacienda. El Paraguay no tiene exeso de habitantes que echar en esas comarcas desiertas, ni comercio provechoso que desenvolver por ese lado. El Chaco en sus manos seria el botin entregado despues de la victoria á los que no necesitan de él para su existencia, ni podrian hacer nada por su colonizacion.

Muchas veces sin embargo, hay necesidad de concesiones

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