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como los españoles de por acá. Añadió dicho indio que los indios de aquellas partes no quieren que se oiga que hai tales españoles.

«Este indio lo conocí mucho, por haberme servido en el viaje a Chile, a fines del año de 1738. Es de natural silencioso i sencillo, verídico en su proceder; i cuando diese tales respuestas de invencion suya, mal podria acaso acertar en circunstancias concordantes con la relacion del dicho Silvestre Antonio de Rójas; ni éste, si fuese tan embustero, que hubiese en su fantasía fabricado su relacion tan adecuada a las tradiciones, i a la razon que da el dicho indio Francisco.

«Se ha reparado en que Silvestre Antonio de Rójas no espresa en su informe qué modo de cristiandad, uso de sacramentos, i gobierno eclesiástico tienen los españoles Césares, ni qué república i leyes civiles observan; el vestuario i las armas que usan; obrajes i otras circunstancias que calla; ni lo que discurren de los otros españoles de estas partes, de que talvez tendrán noticias tan dudosas i confusas como nosotros de ellos. Pero este reparo no me hace fuerza, considerando que dicho Rojas entraria por algun acaso a la tierra i ciudad de los Césares, como indio pegüenche, disimulado de los otros indios, i atendió solo a lo visible, sin detenerse en tales particularidades; i por la relacion tan sencilla que hace en su informe, se advierte que su cuidado se redujo a informar a Su Majestad ser cierto que habia tal ciudad de los Césares españoles.

«Muchos, o los mas, creen imposible que sea cierta dicha relacion, arguyendo que de serlo hubieran salido dichos Césares en busca de otros españoles; pero se les responde que no es de maravillar esta omision en ellos, cuando la nuestra es mayor en no haberlos procurado buscar, sabiendo que hai distancia cierta hasta la costa del mar, que corre desde el estrecho de Magallanes hasta la bahía de San Julian, en cuyo intermedio, es preciso que estén, si no es fabulosa su existencia; i que es de persuadirse que los indios sus comarcanos les ponderarian que es imposible llegar, por entre naciones bárbaras, i caminos inaccesibles, a abrir comunicaciones con los demas españoles de estos reinos; porque la política de los indios, aunque bárbaros, será engañarlos, para que no haya motivo de que los españoles los conquisten, i descubran las riquezas de que no quieren usar, lo que observan rigorosamente, solo por ocultarlas a los españoles, por conocer que ni dominacion, ni comercio han sido la epidemia de infinidad de indios que habitaban ántes las tierras, que al presente tienen pobladas los españoles.

«Tambien puede haber, entre los tales Césares españoles, la política natural de no descubrirse a quienes los dominen, para que no alteren

el modo de gobierno, i leyes municipales entre sí acordadas, con que puede ser estén bien hallados; pues la parcialidad entre ellos dominante mas querrá carecer de las útilidades que les podia proporcionar la sujecion al rei de España, que decaer de la autoridad que pueden pensar establecida en su descendencia.

«Ni fuera temerario creer que, como lo hicieron los pocos que empezaron a restaurar de los moros el reino de Aragon, hayan dichos españoles Césares fundado alguna, aunque mui pequeña, monarquía, con tales fueros i libertades de los súbditos, i limitaciones de la soberanía, que aborrezcan absolutamente en comun la novedad del gobierno i de las leyes a que no están acostumbrados.

«I suponiendo que, aunque haya trescientas cincuenta leguas por mar de aquí al paraje que señala dicho derrotero, se podria a poca costa descubrir con un navío i una falúa en ménos de tres meses de ida i vuelta, i salir de tantas dudas, no deja de ser notable el descuido que hai en esto; i aun cuando no fuese cierta la noticia de dichos Césares, podrian, a la venida, descubrir, con una buena chalupa las ensenadas i puertos que hai desde el cabo de San Antonio al estrecho de Magallanes, i si los dos grandes rios de las Barrancas i Tunuyan son navegables tierra adentro, con otras circunstancias que pueden ser mui importantes al servicio del rei, i seguridad de esta parte de América; porque, sin duda, Su Majestad enviaria providencias para asegurar que, en ningun tiempo, cayesen en poder de estranjeros los puertos de San Julian, i otros que se descubriesen, etc.» (1).

El precedente comentario, debido evidentemente a la pluma de un contemporáneo, segun aparece del testo mismo, consigna hechos mui instructivos en este debate.

Efectivamente, testifica:

1.° Que la audiencia de Santiago procuró ponerse en relacion directa con la fabulosa ciudad de los Césares, la cual, segun se imajinaba, existia en la Patagonia, hacia el estrecho de Magallánes.

Esto corrobora que esa rejion pertenecia a la gobernacion o presidencia de Chile.

2.° Que los gobernantes de Chiloé hicieron una entrada para castigar una insurreccion de los puelches; i que los vecinos españoles de dicha provincia deseaban atravesar los Andes para ir en busca

(1) Angelis, Coleccion de Obras i Documentos relativos a la historia antigua i moderna de las Provincias del Rio de la Plata, tomo 1.o, número 5, pájinas 5 i siguientes.

de la ciudad encantada, con tal que se les anticipase cierta suma de dinero, a fin de hacer los gastos.

Esto manifiesta que la Patagonia estaba mucho mas ligada con Chiloé, que con Cuyo, como lo he probado en diferentes lugares de esta obra, i últimamente en la pájina 515 de este volúmen.

Tenemos entonces que, hasta 1717, año en que concluyó el gobierno de don Gabriel Cano de Aponte, o si se quiere, hasta el 30 de enero de 1726, fecha del último documento oficial que he citado, la estremidad meridional de la América se hallaba incuestionablemente incluida en la gobernacion o presidencia de Chile.

Segun es de preverse, los escritores arjentinos, que se tomen la molestia de recorrer este volúmen, i que no se contenten con decir: esto es mui pesado i fastidioso, dirán, como despues del primer vovúmen, i despues del segundo: esto es mui antiguo.

A los que tal objeten, me tomo la libertad de preguntarles: ¿quiénes son los primeros que han apelado a los papeles viejos para resolver la cuestion?

Los hechos responderán que los escritores arjentinos.

Ahí están las memorias de los señores Angelis i Vélez Sarsfield. Ahí están los escritos de los señores Trélles i Quesada.

Ahí están los oficios del señor Frias.

I yo no repruebo el método que han seguido, porque era el único que podia aclarar el asunto.

Lo que no comprendo es que se censure a los defensores de la causa chilena el que estudien i espliquen los antiguos documentos que los defensores de la causa arjentina han sido los primeros en sacar a luz, i a que han dado una interpretacion errónea.

ÍNDICE.

CAPÍTULO I.

......

Provisiones de 3 de noviembre de 1655, por las cuales el virrei del
Perú nombró presidente-gobernador interino de Chile al almi-
rante don Pedro Porter Casanate......
Límites asignados al reino de Chile en un informe escrito por el oí-
dor don Alonso de Solórzano i Velasco con fecha 2 de abril de
1657, i en una real cédula fecha 14 de marzo de 1660.............
Real cédula de 6 de abril de 1661, por la cual el rei creó la prime-
ra audiencia de Buenos Aires
Real cédula de 9 de abril de 1662, por la cual el rei nombró pre-
sidente-gobernador interino de Chile al obispo de la Concep-
cion don frai Dionisio Cimbron.....

CAPÍTULO II.

PAJS.

Nombramiento de don Anjel de Peredo para presidente-goberna-
dor interino de Chile, espedido por el virrei del Perú en 2 de
diciembre de 1661 ....

Real cédula de 4 de febrero de 1663, por la cual el rei nombró
presidente-gobernador de Chile al jeneral don Francisco de Me-

néses.....

Provision de 7 de enero de 1668, por la cual el virrei del Perú
nombró presidente-gobernador interino de Chile a don Diego
Dávila Coello i Pacheco, marques de Navamorquende..........
Provisiones de 20 de diciembre de 1668, por las cuales el presi-
dente-gobernador de Chile nombró a don Pedro de Moráles
Negrete correjidor, justicia mayor i lugarteniente de capitan je-
neral de la provincia de Cuyo....

CAPÍTULO III.

Real cédula de 21 de agosto de 1668, por la cual la reina goberna-
dora en la menor edad de Cárlos II nombró a don Juan Henrí-
quez presidente-gobernador de Chile.....

Incursiones del padre Nicolas Mascardi por la Patagonia....
Capítulo destinado a la materia de GUERRA en la memoria del go-
bierno del virreinato del Perú pasada con fecha 4 de agosto de
1681 por el virrei conde de Castelar.......

CAPÍTULO IV.

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Proposiciones presentadas el año de 1677 por don Gabriel Fer-
nández de Villalóbos sobre los abusos de Indias, fraudes en su
comercio, i necesidad de la fortificacion de sus puertos............ 135
Leyes 12 i 13, título 15, libro 2 de la RECOPILACION DE LEYES DE
LAS INDIAS.......

.... 157

CAPITULO V.

PAJS.

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CAPÍTULO VI.

CAPÍTULO VIII.

CAPITULO IX.

FIN DEL TOMO TERCERO.

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