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CABILDO DE 11 DE DICIEMBRE DE 1648.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en once días de el mes de diciembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y ocho, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

SOBRE LA CARNE.-Este día se trajeron á este cabildo por el señor corregidor dos decretos proveídos por los señores presidente é oidores de la Real Audiencia, de pedimiento de el señor fiscal, en razón de que se remedie la falta de la carne de vaca y carnero, y que representen los medios que convinieren para ello.

Y habiéndolo conferido, acordaron que el señor corregidor, como á quien está cometido, mande poner en ejecución la ordenanza de que los vecinos den abasto de carne de vaca por meses, y en cuanto al carnero, represente á dichos señores por escripto como mandan las diligencias que se han hecho de más de dos años á esta parte de apregonar si hay persona que se quiera obligar á dar abasto y no [hu] habido quien al precio de cuatro reales lo de, por la falta que hay de crías y ganados y pérdidas que ha habido con las inundaciones y faltas de pastores, que se le ofrece que subiendo el precio de los carneros á seis reales y dándose por peso, será con útil de esta ciudad, y con lo que dichos señores acordaren sobre esto, obrará este Cabildo, y que los carneros se den en pié, á quien quisiere, al dicho precio, y en la carnicería y fuera de ella no se suba el precio.

SOBRE EL REPARO DEL RÍO.-Este día al segundo decreto, que es sobre el reparo de el río que inunda parte de la ciudad y el daño que amenaza, y cuenta que se ha de dar á dichos señores, dijeron que el dicho señor corregidor y los señores alcaldes y personas de este Cabildo y otros de la ciudad fueron, habrá diez días, y pareció más conviniente y que amenazaba más daño por la parte de arriba, en el primer tajamar se desviase de la barranca el río, como se ha hecho y va obrando, y asimismo se tratará luego de desviarle por la parte de abajo, que pide el señor fiscal, y se responda en la dicha forma al dicho decreto, lo cual se hizo por orden de el dicho señor corregidor, y asimismo fuí á lo dicho yo el escribano.

SOBRE LA PUENTE DE MAIPO.-Y porque en uno [de] dichos decretos mandan se acuda al reparo y aderezo de la puente de Maipo, que se responda lo acordado y ordenado por el señor corregidor.

Y con esto se acabó este cabildo.

Y lo firmaron.-Don Juan Rodolfo Lisperguer.-Don Valeriano de Ahumada.-Don Francisco de Eraso.-Antonio de Barambio.Don Francisco Peraza.--Juan de Arrúe.-Don Joseph de Riberos.— Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 14 DE DICIEMBRE DE 1648.

DON GASPAR DE LA BARRERA, CAPITÁN DE UNA COMPAÑÍA DE INFANTERÍA.-En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en catorce días de el mes de diciembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y ocho, el Cabildo, Justicia y Regimiento de la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille se juntaron en su lugar acostumbrado, donde el capitán don Gaspar de la Barrera Chacón presentó un título de el señor don Martín de Moxica, de el hábito de Santiago, de el Consejo de Su Majestad, gobernador y capitán general y presidente de la Real Audiencia de este reino, su fecha en diez y ocho de noviembre de mill y seiscientos y cuarenta y ocho, refrendado de Romoaldo de Estepa, escribano de cabildo de la ciudad de la Concepción, en que le nombra por capitán de una de las compañías de el número de esta ciudad, de infantería en lugar de el capitán don Francisco de Saravia, que la sirve.

Y pidió fuese recibido al uso de el dicho oficio, como Su Señoría manda.

Y visto por los de el dicho Cabildo, le hubieron por recibido, como Su Señoría manda: con lo cual le hubieron por recibido.

Y lo firmaron.-Don Juan Rodolfo Lisperguer.-Don Valeriano de Ahumada.-Don Francisco de Eraso.-Don Pedro de Salinas y Córdoba.-Juan de Arrúe.-Don Joseph de Riberos.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 19 DE DICIEMBRE DE 1648.

En la ciudad de Santiago de Chille, en diez y nueve días del mes de diciembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y ocho, la Jus. ticia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostum. brado y acordaron lo que se sigue:

QUE SE LE SEÑALE ASIENTO AL PROVINCIAL DE LA HERMANDAD.

-Este día Jusefe Alvarez de Toledo, escribano público, en razón de un treslado que mandaron dar á este Cabildo acerca de un pedimien. to que hizo el general don Valeriano de Ahumada, en que pide se le señale el asiento que ha de tener por provincial de la Hermandad; y habiéndolo visto y oído, mandaron que el señor procurador general de esta ciudad salga á la causa y pida que se debe asentar el último de los regidores propietarios, para lo cual le dieron poder en forma, hasta que venga testimonio de el asiento que deba tener. SOBRE LA CARNE.-Este día al señor corregidor informó que, habiendo satisfecho á los señores de la Real Audiencia acerca de subir el precio de la carne y en lo de el río, y que al presente convendrá que se junten una docena de personas de las interesadas en la venta y compra, y que se les proponga, para que, tratado entre ellos, den su parecer acerca de que si convendrá se suba el precio de los carneros, ó nó.

Y habiéndolo tratado, acordaron que el señor corregidor y los señores alcaldes hagan la junta y el señor corregidor con lo que acor⚫ daren prosiga en el informe á dichos señores.

Y lo firmaron.-Don Juan Rodolfo Lisperguer.-Don Valeriano de Ahumada.-Don Pedro de Salinas y Córdoba.-Juan de Arrúe.-Don Francisco Peraza.-Don Joseph de Riberos.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1648.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y cuatro días de el mes de diciembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y ocho años, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en cabildo y acordaron lo siguiente:

DON JUAN QUERO, TENIENTE DE CABALLOS.-En este cabildo pa reció el teniente don Juan Quero y presentó un título de el señor don Martín de Moxica, caballero de el hábito de Santiago, de el Consejo de el Rey, nuestro señor, gobernador y capitán general y presidente de la Real Audiencia de este reino, refrendado de Romoaldo de Estepa, escribano de cabildo de la ciudad de la Concepción, su fecha en la dicha ciudad, en catorce días de el mes de noviembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y ocho, en que le nombra por teniente de la compañía de á caballos de la compañía de el número de esta ciudad, que sirve el capitán don Francisco Briseño de Arévalo,

MEDIANATA. Y asimismo presentó testimonio de el capitán Mi. guel de Lerga, tesorero de la real hacienda de Su Majestad, de haber pagado el derecho nuevo y viejo de medianata.

Y pidió fuese recibido.

Y visto por los señores de el dicho Cabildo, le hubieron por recibido al uso de el dicho cargo, como Su Señoría manda.

SOBRE EL REMATE DE UN POTRERO.-Este día, de pedimiento de mí el escribano, se cometió al señor capitán don Francisco de Eraso, alcalde ordinario de esta ciudad, el remate de el arrendamiento de el potrero que tiene puesto Francisco Pérez, por dos años, en cien patacones cada año, y que lo procedido y la pregonería, como la he tenido á cuenta de mi salario, la goce, y aprobaron lo hecho en la dicha razón.

Y lo firmaron.-Don Juan Rodolfo Lisperguer.-Don Valeriano de Ahumada.-Don Francisco de Eraso.-Antonio de Barambio.Don Pedro de Salinas y Córdoba.-Don Francisco Peraza.-Don Joseph de Riberos.-Juan de Arrúe.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazete, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1648.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en treinta días de el mes de diciembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y ocho, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

SOBRE EL REMATE DEL CARGO DE PROVINCIAL DE LA HERNANDAD.-Don Felipe, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León y Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Portugal, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de las Indias Orientales y Ocidentales, Islas y Tierrafirme del Mar Océano, archiduque de Austria, duque de Borgoña, de Brabante y Milán, conde de Abspurg, de Flandes, de Tirol, de Barcelona, señor de Vizcaya y de Molina, etc.

Por cuanto en dos días del mes de Agosto de mill y seiscientos y cuarenta y cuatro años el licenciado don Antonio Fernández de Heredia, nuestro fiscal que en el dicho tiempo era de la Audiencia y Chancillería Real que reside en la ciudad de Santiago de Chille, por petición que presentó en ella pidió que, por el aumento de

nuestra real hacienda, se vendiese el oficio de provincial de la Hermandad de la dicha ciudad de Santiago, sus términos y jurisdición, y los de las demás ciudades deste dicho reino, que estaban mandados vender en todas las ciudades de las Indias, y para que tuviese efeto se vendiesen conforme á nuestras cédulas reales y con las calidades y condiciones que se vendió el de la ciudad de los Reyes, pidió se mundase traer en pregones en la dicha ciudad de Santiago y se mandase á los oficiales reales lo mandasen pregonar dichos oficios en la de Santiago, y para las otras ciudades se mandase despachar provisiones, cometido á los oficiales reales de la ciudad de la Concepción y de la Serena, y, para que, traídos en pregones, admitiesen las posturas que hiciesen y las remitiese á la dicha uuestra Audiencia, citando en forma á los ponedores para que pareciesen en ella al remate que se había de hacer.

Y los dichos nuestros presidente é oidores mandaron [que] el dicho oficio de provincial de la Santa Hermandad se trajese en pregones por los términos del derecho.

Y á el primer pregón que se dió, hizo postura del dicho oficio el capitán Andrés de Orozco, en cinco mill pesos de á ocho reales, mill de contado el día del remate y los demás en tres años, con cargo de pagar la medianata y traer confirmación dentro de seis años, con voz y voto en cabildo y con las preeminencias, asiento y lugar que tiene el de la ciudad de los Reyes.

Y mejoró la postura, poniéndolo en seis mil pesos de á ocho reales, el capitán Lorenzo Suárez de Cantillana, vecino de esta ciudad, mil y quinientos de contado y los demás en tres años y con las misinas preeminencias.

Y habiéndose dado treinta pregones, que el último fue en dos de septiembre del dicho año, se quedó en este estado hasta diez y nueve de enero de mill y seiscientos y cuarenta y siete, que el doctor Juan de Huerta, nuestro fiscal, pidió que porque hacía muchos días que no se trataba de la venta de dicho oficio, se tratase en acuerdo de la jurisdición y preeminencias que el dicho oficio había de tener y se tomase la resolución que más conviniese, señalando día para el remate, sobre que se mandaron traer los autos; y en nueve de enero de este presente año de mill y seiscientos y cuarenta y ocho, nuestro fiscal pidió que, como constaba de la real cédula que presentaba, estaba ordenado que se vendiesen dos oficios de provincial de la Santa Hermandad, uno que se entienda desde la dicha ciudad de

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