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queño? Descancemos en la actividad, talentos i empeños de nuestros mandatarios. Ellos son los mas comprometidos i se han propuesto morir o vencer: no hai medio. La cusa no es de aquellas que permiten capitulación. Doblemos nuestros esfuerzos con la satisfacción de un resultado feliz i pronto». Seamos francos.

Lastra tenía razón.

La conquista de la capital para la primavera no pasaba de ser una fanfarronada de Gaínza.

Si O'Higgins hubiera atacado, probablemente la victoria habria sido nuestra i la suerte del país, mui diversa.

Desgraciadamente, en aquella ocasión, el intrépido jeneral chileno fue el escudo, no la espada de la república.

Por lo menos, esta es la opinión de Camilo Henríquez.

«En este período, dice, nada intentamos ofensivamente. El enemigo nos atacó en varios puntos, i fue rechazado; mas de estas acciones parciales no se siguió consecuencia alguna de provecho».

Así las cosas, el comodoro inglés Mr. Santiago Hillyar, interpuso su mediación para que los belijerantes ajustasen un tratado.

El jefe referido, comandante de la fragata Febe, se había granjeado mucha respetabilidad en las costas del Pacífico, no solo por la nación a que pertenecía, sino por haber vencido, en un desafío caballeresco, a la fragata Essex de los Estados Unidos, en las aguas de Valparaíso.

Era urjente, decía Hillyar, poner término a una guerra que, después de haber convertido en soledad

i ruína las provincias del sur, comenzaba a estender la desolación i la muerte en las del centro.

El virrei del Perú aceptó la oferta.

El director de Chile hizo otro tanto.

Se comprende perfectamente que Abascal admitiera gustoso aquella intervención que no podía menos de redundar en provecho de su causa.

La Inglaterra era la fiel aliada de la España, a la cual ausiliaba con su tesoro, su ejército, su armada.

La mediación del comodoro Hillyar ponía a Chile, una provincia sublevada, en la situación desventajosa de discutir las bases de un convenio con su antigua metrópoli bajo los auspicios de un interventor favorable a los intereses de ésta.

Viene ahora en la vida de Camilo Henríquez una pájina, en mi concepto, no mui honrosa, que el respeto debido a su talento i a su patriotismo desearía suprimir; pero que la imparcialidad obliga a con

servar.

Es la siguiente.

Aunque larga voi a copiarla íntegra.

«Acta de los acuerdos del senado i del director supremo don Francisco Antonio de la Lastra el 19 de abril de 1814 en que proponen las bases del trataque deberá celebrarse entre los jefes del ejército patriota i los jefes del ejército realista.

do

«Por la prisión de Fernando VII, quedaron los pueblos sin rei i en libertad de elejir un gobierno digno de su confianza, como lo hicieron las provincias españolas, avisando a las de ultramar que hiciesen lo mismo a su ejemplo.

«Chile, deseoso de conservarse para su lejítimo rei i huír de un gobierno que lo entregase a los franceses, elijió una junta gubernativa compuesta de sujetos beneméritos. Esta fue aprobada por la rejencia de Cádiz, a quien se remitieron las actas de su instalación, siendo ella interina, mientras se formaba un congreso jeneral de estas provincias, que acordase i resolviese el plan de administración conveniente en las actuales circunstancias. Se reunió efectivamente el congreso de sus diputados, quienes en su apertura juraron fidelidad a su rei Fernando VII, mandando a su nombre cuantas órdenes i títulos se espidieron, sin que jamás intentasen ser independientes del rei de España libre, ni faltar al juramento de fidelidad.

<<Hasta el 15 de noviembre de 1811 quedó en aquel estado; i entonces fue cuando por fines e intereses particulares, i con la seducción de la mayor parte de los europeos del reino, fue violentamente disuelto el congreso por la familia de los Carreras, que, hechos dueños de las armas i de todos los recursos, dictaron leyes i órdenes subversivas de aquel instituto, sin que ni las autoridades, ni el pueblo, ni la prensa, pudiesen esplicar los verdaderos sentimientos de los hombres de bien, ni opinar con libertad.

«Así es como durante el tiempo de aquel despotismo, se alteraron todos los planes i se indicó con signos abusivos una independencia que no pudieron proclamar solemnemente por no estar seguros de la voluntad jeneral. Sin duda, aquella anarquía i pasos inconsiderados movieron el ánimo del virrei de Lima a conducir a estos países la guerra desoladora, confundiéndose así los verdaderos derechos del pueblo con el desórden i la inconsideración. Atacado el pueblo indistintamente por esto, le fué preciso ponerse en defensa; i conociendo que la causa

fundamental de la guerra eran aquellos opresores, empleó todos sus conatos en separarlos del mando, valiéndose de las mismas armas que empuñábamos para defendernos de la agresión esterior.

«Puesto así el gobierno en libertad, i deseando elejir un gobierno análogo a las ideas jenerales de la monarquía, confió la autoridad a un gobernador llamándole supremo por haber recaído en él la omnímoda facultad que tuvo la primera junta gubernativa instalada el 18 de setiembre de 1810; i se propone ahora restituír todas las cosas al estado i orden que tenían el 2 de diciembre de 1811 cuando se disolvió el congreso.

«Por tanto, aunque nos hallamos con un pie mui respetable de fuerza, que tiene al reino en el mejor estado de seguridad, que diariamente se aumenta i aleja todo recelo, conviniendo con las ideas del virrei, por la mediación e influjo del señor comodoro Mr. James Hillyar, i para evitar los horrores de una guerra que ha dimanado de haberse confundido los verdaderos derechos e ideas sanas con los abusos de los opresores, propone Chile:

«1.° Que, supuesta la restitución de las facultades i poder del gobierno al estado que tuvo cuando fue aprobado por la rejencia, deben suspenderse toda hostilidad i retirarse las tropas agresoras, dejando al reino en libre uso de sus derechos para que remita diputados a tratar con el supremo gobierno de España el modo de conciliar las actuales dife

rencias.

«2.o No se variarán el poder i facultades del gobierno de la manera que fue aprobado por la rejencia, esperando el reino el resultado de la diputación que ha de enviar a España.

«3.o Se darán todos los ausilios que estén al alcance del reino para el sostén de la Península.

«4.° Se abrirán los puertos a todos los dominios

españoles para que continúen las relaciones mercantiles mutuamente.

«5.° Se ofrece al señor comodoro Mr. James Hillyar, mediador de las diferencias entre el señor virrei de Lima i este gobierno, una garantía suficiente para el cumplimiento de esta transacción.

6. Siendo notorio, tanto en Chile, como en Lima, el eficaz deseo del señor comodoro i comandante de la Febe de terminar las diferencias pendientes en dos estados unidos por naturaleza i relijión, aceptamos su laudable mediación entre ambos gobiernos, i ofrecemos garantir los tratados que por ella se hagan con la seguridad que esté en nuestra facultad; i siendo esto conforme sustancialmente con los sentimientos que en conversaciones particulares ha manifestado el señor virrei al señor Hillyar, a escepción de quedar sujetos a guarnición estraña, nos ofrecemos también a reponer esta falta de ga rantía con rehenes equivalentes. Por tanto, espera Chile no se ponga el menor embarazo en la salida de las tropas de Lima, en cuya negativa nunca podrá convenir este reino, así para hacer una elección libre de sus diputados, como para evitar una anarquía i las disensiones interiores que probablemente se orijinarían quedando alguna fuerza interior, i sobre todo, porque, garantidas las proposiciones de un modo seguro, es inútil, i podría ser mui perjudicial, mantener en el reino aquella fuerza.

<7.° Quedarán olvidadas las causas que hasta aquí hayan dado los vecinos de las provincias del reino, comprometidos por las armas, con motivo de la presente guerra.

«8. El gobierno deja a discreción i voluntad de los jenerales de nuestro ejército restaurador acordar i determinar el punto o situación en que han de discutirse i decidirse los tratados i demás ocurrencias de que no se haya hecho mérito, i también

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