Historia politica y militar de las repúblicas del Plata desde el año de 1828 hasta el de 1866, Volumen1

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"El Siglo, 1877
 

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Página 373 - Cámara. 15. Hacer los reglamentos de milicias y determinar el tiempo y número en que deben reunirse. 16. Elegir el lugar en que deban residir las primeras autoridades de la Nación. 17.
Página 392 - Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden ya la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe.
Página 389 - Quedan abolidos los juramentos de los acusados en sus declaraciones o confesiones, sobre hecho propio; y prohibido el que sean tratados en ellas como reos.
Página 133 - Ambas Altas Partes Contratantes se comprometen a emplear los medios que estén a su alcance a fin de que la navegación del río de la Plata y de todos los otros que desaguan en él se conserve libre para el uso de los súbditos de una y otra nación, por el tiempo de quince años, en la forma que se ajustare en el tratado definitivo de paz.
Página 120 - El Gobierno de la República de las Provincias Unidas concuerda en declarar por su parte la independencia de la Provincia de Montevideo, llamada hoy Cisplatina, y en que se constituya en Estado libre é independiente, en la forma declarada en el artículo antecedente.
Página 355 - ... de las personas y propiedades, son las bases de donde arranca la felicidad de los ciudadanos, y el engrandecimiento de las Naciones. Vuestros Representantes...
Página 162 - La historia, señor ministro, juzgará imparcialmente si el coronel Dorrego ha debido o no morir; y si al sacrificarlo a la tranquilidad de un pueblo enlutado por él. puedo haber estado poseído de otro sentimiento que el del bien público. Quiera persuadirse el pueblo de Buenos Aires, que la muerte del coronel Dorrego. es el sacrificio mayor que puedo hacer en su obsequio.
Página 392 - Se prohibe la fundación de mayorazgos, y toda clase de vinculaciones ; y ninguna autoridad de la República podrá conceder título alguno de nobleza, honores ó distinciones hereditarias.
Página 393 - Es enteramente libre la comunicación de los pensamientos por palabras, escritos privados, ó publicados por la prensa en toda materia, sin necesidad de previa censura; quedando responsable el autor, y en su caso el impresor, por los abusos que cometieren, con arreglo á la Ley.
Página 362 - Todo lo que puede ya exigirse es que se consulte detenidamente la prudencia para hacer prácticamente la aplicación más adecuada y conveniente de esos principios consagrados como dogmas en las diferentes Cartas que han visto la luz pública.

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