Imágenes de páginas
PDF
EPUB

él solicitaba ser uno de los ejecutores. Dicese que Greco ha confesado que esta carta le habia sido entregada en Lugano por Mazzini.

Los cuatro italianos precitados llegaron á París el 30 de diciembre último, habiendo entrado en Francia por la frontera suiza con pasaportes de las autoridades helvéticas. Cada uno de ellos llevaba dos bombas descargadas escondidas entre la ropa que vestian. Segun sus declaraciones, mudaron varias veces de domicilio desde su llegada á París para no escitar las sospechas de la policía, y vivian separados, dos en una casa y dos en otra; pero se reunian de dia para ir preparando los medios de asegurar la consumacion de su abominable atentado.

Se asegura que Greco no ha titubeado en indicar casi dia por dia sus pasos y los de sus cómplices. Todos ellos habian estudiado cuidadosamente los alrededores de la Opera y de otros varios teatros, así como los de las Tullerias y algunos sitios del bosque de Boulogne. Su plan era, segun han dicho, despues de haber arrojado las bombas, precipitarse puñal y rewolver en mano, sobre el Emperador y su comitiva; y parece que Greco ha añadido con espantosa sangre fria, que la punta de los puñales que les entregó Mazzini estaba envenenada. Efectivamente, la parte inferior de los puñales hasta cierta distancia de la punta, presenta la señal ó marcha de una sustancia, cuya naturaleza se descubrirá sin duda por medio del análisis químico.

Los conjurados, que habian estado constantemente en correspondencia con Mazzini, que se halla todavía en Londres en estos momentos, habian resuelto ejecutar su proyecto en los primeros dias de esta semana, á cuyo efecto cargaron sus bombas el sábado último. Pero se hallaban sin un céntimo; los 4,000 francos que los habia dado Mazzini, se habian gastado ya, parte de ellos en orgías y francachelas: en una sola comida gastaron los cuatro asesinos mas de 200 francos.

No queriendo esponerse á encontrarse sin recursos cuando tuvieran que escapar de París despues de consumado el crímen, habian escrito á Mazzini la semana última, con las señas que éste les habia indicado, y todavía no les habia llegado la contestacion cuando el domingo fueron reducidos á prision, gracias á la activa vigilancia que sobre ellos ejercia la policía.

Úna circunstancia comprobada ayer parece que ha venido á corroborar la verdad de estas declaraciones. En efecto, se asegura que ayer fué interceptada en el correo una carta llegada el mismo dia, dirigida á Greco: esta carta era de Mazzini y contenia 500 francos. Greco parece que ha declarado que éste es el dinero que esperaban, y que si hubiese llegado antes, habrian puesto su plan en ejecución inmediatamente.

Ya hemos dicho que los cómplices de Greco habian confirmado las declaraciones de su jefe. Saglio, que no pasa de 22 años, es el único de los cuatro que segun dicen ha dado muestras de un profundo arrepentimiento, pues ha declarado que nunca hubiera podido resolverse á ejecutar tan gran crimen. Imperatori y Trabucco son dos garibaldinos y tienen la medalla de Marsala. Trabucco ha estado en época anterior en Francia bajo otro nombre distinto, y sufrió una sentencia de los tribunales por delito de estafa. Despues pasó á Londres, y allí sufrió otra condena por robo.

Estos son los principales detalles que hemos podido recoger sobre el complot en que entiende ya la justicia, y que no necesita comentarios ni apreciaciones para soliviantar en todas las conciencias la indignacion y el horror.»

A las noticias anteriores, añade la misma Gaceta de los Tribunales los que siguen:

«La instruccion del proceso se halla confiada al juez Mr. Dainiel. Los cuatro indivíduos presos han declarado llamarse Antonio Maspoli, Pasquale Greco,, Natale Imperatori y Rafael Trabucco. Por érden del prefecto de policía, se hallan detenidos desde el momento de su arresto en la cárcel celuJar de Mazas.

El 8 se procedió á tomar á los reos las primeras declaraciones. La instruccion de esta sumaria se sigue sin levantar mano, y parece que la naturaleza de los documentos ocupados y las averiguaciones hechas desde los primeros momentos de la detencion de los reos, permitirán que termine pronto la sumaria judicial. Se espera que el asunto sea sometido á los Assises en la primera quincena de febrero.

La Independance Belge, que refiere los mismos pormenores, añade que Ja carta comprometedora procede de Mazzini.

El Daily Telegraph då otra version. Despues de recordar que Lugano, en el canton del Tessino, es el cuartel general de los italianos del partido rojo, dirigidos por Mazzini, dice que, advertida la policía francesa de que allí se fabricaban bombas por cuatro indivíduos que se disponian á ir á París, los dejó llegar sin dificultad; pero despues de su llegada, á pesar de Ja mucha vigilancia en que se los tuvo, no se observó que tratasen con nadie, ni que tuviesen cómplices en París.

Mas considerando peligroso que hiciesen alguna tentativa, determinó prenderlos en la noche del domingo 3. Posteriormente parece que se han hecho nuevas prisiones en París, á consecuencia de descubrimientos hechos por la policía, que impidieron al Emperador ir á las representaciones de La Jennesse des Mosquetaires, en el teatro de la Porte de Saint Martin.

For su parte La Indepedance Belge refiere sobre este asunto las curiosas circunstancias que siguen:

repre

«Parece que esos estranjeros, que habian pasado por Inglaterra, llegaron á Francia por el ferro-carril de Mulhouse. La policía francesa, que ha desplegado en este asunto mucha actividad, habia señalado á esas personas como sospechosas á la policía inglesa en Londres. Desde su llegada á Francia fueron seguidos los presos paso a paso. Observóseles en la sentacion de Jean Baudry, á que asistió el Emperador hace algunos dias. Hasta se asegura que un carruaje de gala vacío precedió en aquella noche de intento al carruaje de S. M., que llegó al teatro con bastante retraso. Los presos asistieron á la nueva representacion del Moisés, en la que se hallaban igualmente vigilados por los agentes.

>>Se hubieran podido prolongar fácilmente las investigaciones, y acaso entonces las aclaraciones hubiesen sido mas completas; pero las frecuentes salidas de S. M., poco accesible á consideraciones de prudencia, determinaron á lo que parece, á prender cuanto antes á aquellos hombres. Contra lo que asegura La Patrie, los presos, ó por lo menos uno ó dos de ellos, fueron detenidos en el Hotel de Atenas, calle de la Sourdiere. Esos italianos son originarios de Parma; dícese que la carta que se hallo cosida en el pantalon de uno de ellos es de Mazzini. Ahora se añade, pero el rumor no es verosímil, que la carta ocupada indicaba que solicitado Garibaldi por Mazzini para entrar en la conspiracion, habia rechazado la proposicion.

»Parece que entre los que rodean al Emperador se trató de echar tierra al asunto; pero el Soberano no ha sido de esa opinion.

MADRID: 1864.-Imprenta de la Revista de Legislacion, á cargo de D. JULIAN MORALES, editor responsable, Abades, 20, bajo.

3.a ÉPOCA.

BOLETIN

DE LA

NUW. 221.

REVISTA GENERAL DE LEGISLACION Y JURISPRUDENCIA,

PERIÓDICO OFICIAL DEL I. COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID.

La suscricion à la REVISTA y BOLETIN, cuesta en Madrid 19 reales al mes: en provincias 86 reales por trimestre, pagando directamente en la Administracion-calle de la Encomienda, num, 19, cuarto principal, Madrid-6 remitiendo á la órden de la misma libranzas, ó sellos de franqueo en carta certificada: 39 reales por trimestre, si se hace el pago en casa de los comisionados de Madrid, ó si la Administracion gira á cargo del suscritor; y 42 reales por trimestre, si se paga por corresponsal de provincias. En Ultramar y en el estranjero, 250 reales al año.

SECCION DOCTRINAL.

ORGANIZACION DE TRIBUNALES.

La base 6. del proyecto de 4 de noviembre de 1863, bajo el punto de vista práctico,

Urgente y por todos sentida es la necesidad de la reforma en nuestros tribunales de justicia. El Ministro que ha consagrado á ella su ilustrada atencion y sus desvelos, y la Comision de Códigos que tan celosamente se ba dedicado á secundar sus miras, merecen mil parabienes, merecen mil y mil elegios.

Empero despues de rendirles este justísimo tributo, séanos permitide entrar en el exámen de una de las bases, la 6. del proyecto de reforma, quizá de todas la mas innovadora, y si no decimos que á nuestro juicio la mas poco acertada, por lo menos es de las que han de encontrar mas obstáculos para su planteamiento, de las que en el terreno de la práctica han de crear mas dificultades si se lleva á cabo, y de las que han de corresponder menos al noble pensamiento que le diera vida.

«En el territorio de cada tres partidos judiciales limitrofes y correspon»dientes al de una misma Audiencia, habrá un tribunal correccional, com»puesto de los tres jueces de los mismos.- Los tribunales correccionales se Dreunirán, alternando por meses, en las respectivas cabezas de los partidos»que compongan su territorio.»

Esta base, en union de la 25., que dice: «en las causas criminales y >>correccionales habrá una sola instancía y recurso de casacion cuando pro»ceda con arreglo á las leyes, siendo oral y público el juicio», son las dos que esplican el plan concebido respecto á quiénes y cómo han de instruir Jcs procesos por delitos que merezcan pena correccional.

Y este plan, lo decimos francamente, dista mucho de parecernos bien. La Comision de Código y el digno consejero de la Corona á quienes se debe tan importante trabajo, habrán tenido en cuenta, sin que sobre esto deba caber racional duda, poderosísimas consideraciones que aconsejen la medida propuesta. Mas sucede alguna vez que, examinando las cuestiones á grande altura, el mismo elevado punto de vista desde que se contemplan impide observar muchas razones pequeñas y secundarias al parecer, pero que conocidas y apreciadas habrian hecho rectificar el juicio y esto acontece á los hombres mas insignes en la region de las ideas, no de otra suerte que el viajero que para conocer el terreno sube á la cima de una colina 6 TOMO XX. (Enero-1864.) 3

de una montaña, descubre mas vasto horizonte, mas no percibe los pequeños accidentes de un punto dado tau bien como el que concretándose modestamente solo á él lo pisa y estudia sin estenderse á mas. Por esta razon, y declarándonos desde luego en terreno mil veces mas humilde, salimos al palenque de la prensa para esponer las razones que se nos ofrecen sobre este punto.

Las Cortes del reino han de ocuparse de tan notable y trascendental proyecto, y los meritísimos legisladores que se sientan en sus escaños lo analizarán en su esencia y en su forma, en su totalidad y en sus detalles, en la esfera de las teorías y en la de aplicacion, con su aventajadísimo criterio. Aunque de aquellas discusiones entre tan competentes personas puede esperarse todo, no obstante, como la prensa jurídica debe contribuir tambien por su parte á que se esclarezca todo lo que concierne á la justicia y á las clases consagradas á su administracion, ó que cooperan á ella, nos anticipamos á señalar lo que creemos defectuoso en la proyectada reforma, para que por todos se depure, y si es preciso se rectifique por quien corresponda.

Todos los meses se reunirán tres jueces de partidos limítrofes, por turno cada vez en la capital de cada uno, para conocer y fallar en juicio oral y público las causas formadas por delitos que merezcan pena correccional. Esto ha de producir inconvenientes con relacion á las personas de los jueces, é inconvenientes con relacion á los Juzgados y á los negocios que se sigan en los mismas.

Figuran entre ellos el aumento considerable de gastos, porque á todo Juez se le obliga á ser plaza montada, á tener caballo y criado para sus viajes mensuales, ya que no necesite tambien otra caballería para llevar algunas prendas de su vestido, además de la toga y birrete para el tiempo que haya de permanecer en la cabeza de partido á donde se dirija. Añádase á esto los dispendios de los viajes, del pago de fonda ó posada cómoda, decente y digna de su clase y su persona, que ha de tener en el punto á que vaya, si no es que entre los jueces se establece una mancomunidad de hospedaje como entre los antiguos frailes de una misma órden. A los gastos se agrega la molestia de que personas de cierta edad, algunas tal vez achacosas, hayan de estar tan á menudo á caballo, lo mismo en lo crudo del invierno que en lo mas fuerte del verano, siempre ambulantes, siempre de viaje como médicos de aldea, administrando la justicia poco menos que á domicilio; lo cual á la figura de un juez mensualmente gineteando de partido en partido dá cierto aire ridículo que amengua el decoro, la dignidad y el grave y elevado carácter de la judicatura. Vienen tambien ccmo argumentos de oposicion á semejante plan, el mal estado de las vías de comunicacion en España, y por otra parte la necesidad de distraer de sus actuales atenciones á la fuerza armada, cuyo auxilio y compañía necesitarán á menudo los jueces 'para sus escursiones, porque la autoridad no podrá abandonarse por esos casi desiertos caminos que enlazan á los pueblos de segundo y tercer órden, á las iras de los réprobos contra quienes vaya ó venga de ejercer su ministerio.

Entra asimismo en este cúmulo de males el tiempo que se pierde en idas y venidas, el que el Juez ha de emplear en los juicios públicos en que las preguntas y repreguntas hechas á los testigos que declaren ó se ratifiquen, las acusaciones y defensas que se oigan, y las consultas que celebren los que hayan de fallar, poco acordes entre sí tal vez, le retendrán sobremanera en el conocimiento de estos negocios; y el Juez, que pasará la mañana en el tribunal terminando y decidiendo las causas del trimestre, y la tarde ó la noche acompañando á sus colegas de fuera ó conferenciando con ellos, per

derá un tiempo precioso que despues ha de hallar falta para los otros negocios, que cuando vuelva á tomar encontrará probablemente atrasados en su despacho, pues la esperiencia enseña á todos lo que suelen hacer interinos y suplentes en los cargos.

Y si el Juez de partido está enfermo ó en uso de licencia, y el Juez de paz que le sustituye ha de hacer el viaje, ¿quién querrá ser Juez de paz si no se señala á estos funcionarios algun sueldo, para abandonar su bufete de abogado, y tomar estas molestias y estos gastos, sobre el aumento de atribuciones que les marca la base 10.? Por el contrario, si ha de remunerárseles cual cumple á sus trabajos, ¿qué aumento tan considerable no se seguiria en el presupuesto? Ya que hablamos de lo que el imaginado arreglo trae para los Jueces de paz, corroborarémos la observacion emitida consignando que si el Juez de primera instancia ha de salir ocho veces al año á los partidos inmediatos, contando un dia para el viaje de ida y otro para el de vuelta, que mas será en la mayor parte de los casos atendida la dificultad de las comunicaciones, sobre todo en países montañosos, y graduando que en el punto á que se dirigió se detiene por término medio tres dias solamente, está fuera la sesta parte del mes: entretanto, al Juez de paz le toca ejercer, además del tiempo que sin esto haya de efectuario por otras ausencias ó por enfermedad del propietario, y resulta al mismo un trabajo, una incompatibilidad para otros negocios, que en modo alguno se remunera como se han remunerado hasta hoy dia las sustituciones de los juzgados.

De este cambio frecuente y periódico de personas para el desempeño de un mismo cargo, se puede seguir la no mucha uniformidad en la jurisprudencia de los juzgados. Quizá el Juez de partido siga prácticas é interpretaciones á que no se acomode el de paz cuando le releve, siendo poco favorables los resultados, y dando lugar quizá á que muy avisados litigantes ó mañosos patronos hagan venir bien el tiempo para que un negocio que se calcule ha de resolver segun costumbre de otros análogos con distinto criterio el Juez de paz que el de partido, venga al estado oportuno cuando supla aquel ó cuando ejerza éste.

Carecen ademas por lo general los Juzgados de local apropósito para constituirse en ellos tribunales colegiados con su obligado cortejo de Promotores, Abogados, Escribanos, Procuradores y Alguaciles, y con las personas que deseen asistir en un solemne juicio oral y público, que (como no se mendigue una sala de la Casa consistorial para el caso de que no la necesite el ayuntamiento) habrá de tener por estrados un cuarto de la habitacion particular del Juez, si no es el mismo despacho ó gabinete de éste, con la falta de realce consiguiente y que tan perjudicial es para el decoro y esplendor con que deben presentarse los actos de la administracion de justicia. Si para remediarla se hubieran de construir locales en todas las capitales de los partidos, considérese lo gravosa que al presupuesto seria la construccion de tanta basílica como hace indispensable la reforma.

Como se ha de seguir un turno en las traslaciones de los Jueces que compongan el Tribunal de que venimos hablando, acaecerá que en un Juzgado la causa que esté incoada y no en estado de someterse al fallo de los tres Jueces cuando estos se reunan en la capital de él, si á los veinte dias, por ejemplo, llega á estar en disposicion de pasarse al Tribunal, tendrá que paralizarse mas de dos meses hasta que éste vuelva á constituirse en el mismo punto; y el resultado será que en vez de ganar se perderá en muchos casos de esta naturaleza un tiempo preciosísimo, con grave detrimento de la justicia y del interés de las personas sometidas a su accion.

La diversidad de Jueces que hayan de fallar las causas segun sean por

:

« AnteriorContinuar »