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el arriendo de este negocio, que aseguró al rei una renta considerable. Sin embargo, los diamantes de mas de 20 quilates fueron adjudicados esclusivamente a la corona.

CUESTIONES DE LIMITES CON LAS POSESIONES ESPAÑOLAS.-Los derechos de la corona del Portugal al territorio del Brasil estaban basados sobre el tratado de Tordecillas, celebrado con España en 1494; pero tanto los portugueses como los españoles se olvidaron de esas estipulaciones en sus conquistas del nuevo mundo. Reunidas las dos coronas bajo el reinado de Felipe II, el tratado llegó a ser innecesario.

Restaurada la monarquía portuguesa, la corte concibió el proyecto de dilatar sus posesiones de América; i al efecto, el gobernador de Rio Janeiro don Manuel Lobo, despues de una espedicion mui sijilosa, fundó la colonia del Sacramento, mas jeneralmente conocido con el nombre de Colonia, en la márjen boreal del rio de la Plata (1680). El gobernador de Buenos-Aires don José Garro, viendo en esto un ataque a los derechos del soberano español, sorprendió la colonia, arrasó sus fortificaciones i remitió a Lima al jefe portugues en calidad de prisionero.

Este fué el oríjen de una cuestion debatida con gran ardor por los representantes de ambas coronas durante mas de un siglo. Gobernaba en España Cárlos II, monarca débil i cuitado, que a consecuencia de los quebrantos que habia sufrido en Europa no se atrevió a sostener sus derechos contra el rei de Portugal. Consintió en devolver la colonia del Sacramento hasta que comisarios especiales arreglaran la cuestion de límites; pero como no se llegara a un resultado. definitivo, los españoles volvieron a apoderarse de ella en 1705, hasta que por la paz de Utrecht, celebrada ocho años despues, la colonia fué definidamente cedida a los portugueses. Desde entónces pasó a ser un albergue de contrabandistas que negociaban fraudulentamente con las posesiones españolas de la otra banda del rio de la Plata.

Para poner atajo a la invasion portuguesa en aquellos paises, Felipe V dispuso la fundacion de una ciudad. El gobernador de Buenos-Aires don Bruno Mauricio de Zayala echó en 1724 los cimientos de Montevideo, i asentó la dominacion española en la misma costa en que los portugueses se habian establecido. La guerra se renovó en breve; pero ambas cortes celebraron en 1750 el célebre tratado de Madrid, por el cual la España cedió estensos territorios comprendidos entre el Paraguay i el Brasil i obtuvo en

cambio la posesion de la colonia del Sacramento. La demarcacion de límites de las posesiones de ámbas potencias dió oríjen a nuevas dificultades: renováronse las hostilidades; el virei de Buenos-Aires don Pedro de Cevallos, despues de posesionarse a viva fuerza de aquella plaza, destruyó sus fortificacianes i la agregó para siempre a los dominios del rei de España (1777). El tratado de San Ildefonso, concluido ese mismo año, señaló nuevamente los límites de los dominios, de ámbas coronas; pero las dificultades a que dió lugar la designacion de la línea fronteriza, no hallaron nunca una solucion satisfactoria para ámbas naciones.

La cuestion de límites entre las posesiones españolas i portuguesas en la América meridional, que ocupó tanto a los políticos de ambas naciones durante el último siglo, forma uno de los sucesos mas notables de la historia colonial del Brasil. La discusion de los derechos respectivos de ambas potencias, ha dado lugar a prolijos estudios en que campean la erudicion i la habilidad (7).

POMBAL; REFORMAS ADMINISTRATIVAS.- -La administracion de las colonias portuguesas recibió notables reformas bajo el reinado de José II de Portugal i de su hábil i activo ministro, marques de Pombal. Dió gran desarrollo al comercio del Brasil, manteniendo, es verdad, el espíritu de monopolio, con la creacion de dos compañías de comercio cimentadas sobre bases semejantes a las de las célebres compañías de Holanda. La primera, establecida en 1755, obtuvo el privilejio esclusivo de comerciar con las provincias de Marañon i Pará. La segunda, establecida en 1759, obtuvo igual privilejio en Paraiba i Pernambuco. Autorizó a los navíos mercantes para salir de Portugal i regresar al Brasil cuando mejor les pareciese, aboliendo asi la costumbre de navegar en convoi, lo que ocasionaba grandes perjuicios al comercio. Al mismo tiempo celebró convenciones con el gobierno ingles que favorecian el espendio de las mercaderias brasileras.

La administracion interior llamó tambien su atencion. En 1755 fué decretada i llevada a efecto la libertad de los

(7) Don Florencio Varela ha publicado en la Biblioteca del Comercio del Plata algunas de esas memorias. Las mas notables por parte de los españoles son las del marques de Grimaldi i de don Miguel Lastarria. Puede consultarse el vol. I de L'Histoire du Paraguay, por Demersay, Paris, 1860, i la Coleccion de tratados de la América latina, publicada en Paris por Calvo, 6 vols., que contiene muchos documentos sobre es ta cuestión.

indios. El marques de Pombal ademas dictó varias pragmáticas en favor de los esclavos i de los hombres de color, llamó a los brasileros a los mas elevados puestos; fomentó la inmigracion, reglamentó muchos ramos de la hacienda pública, construyó fortificaciones i edificios públicos, i finalmente creó diez escuelas regulares de bellas letras en las diferentes capitanías (1774).

El gobierno del marques de Pombal fué señalado tanto en Europa como en América por la espulsion de los jesuitas. Es cierto que las misiones perdieron con esta medida fervorosos operarios, pero la influencia que habian adquirido habia hecho que el prestijio de que gozaban fuera un peligro para la autoridad real.

DIVISIONES ADMINISTRATIVAS; GOBIERNO DEL BRASIL DURANTE LA DOMINACION PORTUGUESA.-Las posesiones de los portugueses en América estaban divididas en diez i siete gobiernos bajo diferentes denominaciones. Eran éstas el vireinato de Rio Janeiro, que tuvo su capital en la ciudad de Bahía hasta el año de 1763; ocho capitanías jenerales, el Pará, Marañon, Pernambuco, Bahía, San Paulo, Minas Geraes i Matogrosso, i ocho gobiernos subalternos, Piauhy, Pará, Rio Grande del Norte, Parahiba, Sergipe, EspírituSanto, Santa Catalina i Rio Grande del Sur. Aunque los capitanes jenerales estaban obligados a someterse a los reglamentos que dictase el virei, eran hasta cierto punto independiente de su autoridad porque se comunicaban directamente con la corte, de quien recibian órdenes. Esos altos funcionarios eran nombrados por un período de tres años, pero de ordinario se les prorogaba sus nombramientos. La lei les prohibia casarse en el pais sometido a su jurisdiccion, tener parte en algunas negociaciones i aceptar presentes. Esta lei comenzó a ser puntualmente observada bajo la administracion del marques de Pombal. El virci i los capitanes jenerales estaban tambien rodeados de cierto boato, recibian cortejo los dias de gala en el salon de gobierno i bajo de un docel, i eran los presidentes natos de los tribunales de justicia. Como los gobernantes de las colonias españolas, los delegados del rei de Portugal estaban sujetos a un juicio de residencia, i todos los ciudadanos, sin distincion de clase, tenian derecho para entablar acusaciones en contra de ellos. En caso de muerte del primer mandatario de la colonia, el obispo, el militar de mayor graduacion i el primer majistrado judicial tomaban conjuntamente las riendas del gobierno hasta el arribo del sucesor.

El Brasil estaba sometido a la misma jurisprudencia que el Portugal. Cada distrito tenia su juez denominado ouvidor (oidor); pero existian dos cortes superiores de justicia con el nombre de Relaçao (relacion), que residian en Rio Janeiro i en Bahía (8). El estenso territorio del Brasil estaba tambien dividido en dos grandes secciones judiciales sometidas a cada una de estas cortes de justicia, ánte las cuales podian apelar sus pobladores de las sentencias dadas por los jueces de primera instancia. Las capitanías jenerales de Pará, Marañon, Pernambuco i Bahía estaban sometidas al tribunal que residia en esta última ciudad. Las demas dependian de la Relação de Rio Janeiro. Solo en casos determinados por las leyes, era permitido entablar una tercera apelacion ante los tribunales de la metrópoli.

Cada ciudad o aldea tenia una asamblea municipal, encargada de velar por los intereses i el desarrollo de la localidad. Entre sus atribuciones, la mas importante era la de entablar reclamaciones ante el rei contra los gobernadores políticos que dependian de la corona.

El mando militar de cada provincia correspondia tambien a su gobernador respectivo, quien tenia derecho para conceder ascensos hasta el grado de capitan. Las fuerzas militares eran compuestas de algunas tropas de línea i de las milicias disciplinadas. Las primeras formaban en todo el Brasil un cuerpo de cerca de diez i seis mil hombres.

GOBIERNO ECLESIÁSTICO.-La administracion eclesiás. tica estaba a cargo de un arzobispo primado de la iglesia de la América portuguesa que tenia su residencia en Bahía (constituida en obispado en 1555 i en arzobispado en 1676). De éste dependian los obispados de Belen en la provincia del Pará (1720), de Marañon (1677), de Olinda en la provincia de Pernambuco (1676), de Rio Janeiro (1676), i de Mariana, en la provincia de Minas Geraes (1746). Habia ademas otras dos diócesis sin cabildos eclesiásticos, denominadas prelacías, que eran administradas por los obispos in partibus de Goyas i de Cuyaba. El clero no gozaba en el Brasil de rentas independientes. El rei de Portugal, en su calidad de gran maestre de la órden de Cristo, tenia la administracion de los diezmos eclesiásticos, i a él correspondia pago de los obispos i curas. Los numerosos conventos

el

(8) En 1811, don Juan VI creó una tercera corte en la provincia de Marañon.

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que habian fundado los portugueses, tenian aseguradas rentas propias.

El Brasil, así como las posesiones españolas de América, estuvo sujeto a la autoridad del tribunal de la inquisicion; pero éste residia en Lisboa, i solo tenia en el Brasil algunos ajentes encargados de proseguir las causas criminales por el delito de herejía. Bajo la enérjica administracion del marques de Pombal, este terrible tribunal vió menoscabadas muchas de sus atribuciones.

POBLACION. Al terminar la dominacion portuguesa, el Brasil poseia una poblacion de poco mas de 200,000 habitantes, segun los mejores cómputos. Figuraban entre éstos como 200,000 europeos o hijos de éstos, 2.000,000 de negros esclavos, i 800,000 indios sometidos a las formas de la civilizacion i que vivian repartidos en los diversos establecimientos portugueses. No entran en esta cifra las numerosas tribus salvajes que vivian errantes en los bosques.

Eran los primeros los propietarios del territorio, los cultivadores de los campos, los comerciantes de las ciudades, los esplotadores de las minas i los empleados de la administracion. Esta masa de pobladores se aumentaba gradualmente en los últimos años de la dominacion portuguesa, gracias a las facilidades dispensadas a los inmigrantes.

Los esclavos eran los negros comprados en los establecimientos portugueses de la costa de Africa, o los hijos de éstos, i vendidos a los industriales brasileros para el cultivo de los campos i la fabricacion de la azúcar. Numerosas ordenanzas reales habian reglamentado el tratamiento de los negros para impedir las crueldades de que siempre va acompañada la esclavitud; pero de todos modos, la mejor garantía que estos tenian era la necesidad en que se hallaban los propietarios de cuidar de su conservacion para no perder los capitales empleados en esclavos. Un negro valia de ordinario la suma de 100 pesos.

Los indios estuvieron sometidos a diversos sistemas en las diferentes épocas de la dominacion colonial. Empleados por los portugueses en el cultivo de las tierras, vendidos muchas veces como esclavos, los indios fueron el objeto de diferentes leyes para impedir el mal trato que se les daba por los propietarios. En los trabajos a que fueron reducidos por los colonos, la poblacion indíjena sufrió una notable disminucion. Solo en 1755 los indios fueron declarados verdaderamente libres.

INDUSTRIA; RENTAS PÚBLICAS.-Las provincias del

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