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Presentacion de

un título y nombramiento

Sargento Mayor.

En este Cavildo fizo demostracion el Capitan Don Diego de Clabixo de el titulo y nonbramiento de Sarxento Mayor desta siudad de y Puerto fecho en el por el señor Governador Don Diego de Gongora para que conste a la Justicia y Regimiento del que su fecha parese y es en esta Siudad en trece dias del mes de Mayo deste año de çey sientos y dies y nuebe firmado de el dicho Señor Governador y refrendado de el Escrivano Mayor de Governasion y se bio en este cavildo y se le mando bolber originalmente para que se use del como el Señor Governador manda.

Lectura de un título de protec

En este cavildo se leyo un titulo que presento Salbador tor de naturales. Barbossa de Aguilar de Protetor General de los Naturales en el fecho por el Señor Governador Don Diego de Gongora su data en esta Siudad en ocho dias del mes de Mayo y pidio ser resibido en este Cavildo y visto por los Capitulares mandaron entrar y entro en este Cavildo el dicho Salbador Barbosa de Aguilar y conforme a el dicho titulo se resibio juramento de el por Dios Nuestro Señor y por los Santos Ebanxelios y por la sseñal de la Cruz en forma de derecho so cargo de el qual prometio de usar el dicho ofizio de Protetor conforme a el dicho su titulo con toda dilixençia y cuydado como en el es obligado mirando por el bien y defensa de los naturales y a la concluzion de el dicho juramento dixo «si juro y amen» y con esto quedo resibido a el uzo y exersisio del dicho ofisio de Protetor y mandaron que se ponga un traslado de el dicho titulo y se le buelba el original.

Ayuda de costas al procurador que vá á la Corte.

En este Cavildo sse acordo que para despachar a el Capitan Juan de Tapia Bargas a quien se ha nonbrado por Procurador General para yr a los Reynos de España ante Su Magestad tiene nessesidad el Señor Governador haga merced de concederle permision sufisiente para ayuda de

costa atento que este Cavildo no tiene propios aunque se a fecho dilixencia entre los bezinos y moradores de ella como an quedado tan pobres destos años passados por no aberles dexado nabegar sus permisiones de que Su Magestad les a fecho merçed no an podido acudir con cossa alguna para el dicho Procurador y para el dicho efeto se mando que Alonso Agreda de Bergara Procurador General desta Siudad para que ocurra ante el Señor Governador a pedir lo que biere que conbiene en esta rasson.

En este cavildo se propuso como Lorenso de Lara Alcalde de la Santa Armandad esta uno en la Siudad de Cordoba y otro en la de Santa Fe por lo qual conbiene que uno de los Rexidores deste Cavildo en el ynter que buelbe agundo dellos uze ofisio de Alcalde de la Santa Armandad por la nessesidad que ay en las chacaras. Todos en un acuerdo y conformidad dixeron que por estar ocupados e ynpedidos los primeros Regidores pedian y suplicaban a el Señor Governador se de y entregue la bara a Juan Bautista Angel Rexidor deste Cavildo que esta desocupado a el presente y el dicho Señor Governador entrego una bara de la Real Justisia a el dicho Juan Bautista Angel para que con ella use y exerssa ofizio de tal Alcalde de la Santa Armandad de esta Siudad y su distrito en el ynter que bienen los propietarios o qualquiera dellos y el dicho Juan Bautista Angel la resibio y juro por Dios Nuestro Señor y por la señal de la Cruz en forma de derecho de usar el tal ofizio de Alcalde de la Santa Armandad con dilixensia y cuidado como debe y es obligado guardando las leyes reales y justisia a las partes sin passion ni afizion y si asi lo hiziere Dios le ayude y por el contrario se lo demande y a la conclusion del dicho juramento dixo «si juro y

amen».

Sobre el oficio de alcalde de hermandad mientras dure la ausencia del titular

este Cavildo.

Y con esto y otras cossas que se trataron se acabo y serro Don Diego de Gongora. - Francisco Garcia Romero. Sebastian de Horduña. - Joan de Vergara. Francisco de Mançanares. — Diego de Trigueros. -Thomas de Rosendo. Juan Barragan. -Don Gaspar de Gaete. Juan Baptista Angel. - Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo.

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CABILDO DEL 22 DE MAYO DE 1619

Card

Presentacion

de una carta pro.

(Foja 237 del libro original)

En la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires en beynte y dos del mes de Mayo de mil y çeysientos y dies y nuebe años se juntaron a cavildo en las Cassas de su Ayuntamiento el Señor Don Diego de Gongora Caballero de el Abito de Santiago y Governador y Capitan General de estas Probinsias del Rio de la Plata por Su Magestad y el Capitan Francisco Garcia Romero Alcalde Urdinario y Sebastian de Orduña Alcaldes y el Capital Juan de Bergara y Francisco de Mancanares y Diego de Trigueros y Juan Bautista Anxel y Juan Baragan Regidores.

En este cavildo yo el presente Escrivano de el truxe una drid y referente carta misiba serada y sellada que Pedro Gutieres bezino de

veniente de Ma

á faltas en el ejer

curacion.

cicio de una pro- esta siudad me entrego diziendo que abia benido de la Billa de Madrid Corte de Su Magestad que el sobre escrito dize asi: «A el cavildo de la siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres - Buenos Ayres » - y abiendo leydo el dicho sobre escrito se mando abrir la dicha carta e yo el dicho Es

crivano la abri y ley y esta firmada de una firma que dize Juan Gutieres ssu fecha de Madrid beynte y seis de Otubre de mil y çeysientos y dies y ocho años en la qual entre otras cossas abiza como Rafael Maldonado persona que el año de çeysientos y siete salio con poder de este cavildo y estrusion para como Procurador General del pedir lo contenido en la dicha ynstruzion no lo abia pedido ni fecho y que quando sse salio de Madrid le abia entregado a el dicho Juan Gutieres el poder e ynstruzion porque yba a ell en sigundo lugar y bista la dicha carta por los dichos Capitulares todos unanimes y conformes dixeron que Alonso Agreda de Bergara Procurador General desta dicha siudad pida contra el dicho Rafael Maldonado y sus bienes todo lo que biere que conbiene porque para ello se le da la comision bastante. para pareser en juisio y xazer las ynformasiones quentas y demas cossas que conbengan y asi lo acordaron.

Sobre la prestacion de una

En este cavildo Francisco de Mançanares Mayordomo de los propios del dixo que siendo Governador Hernandarias fianza. de Sabedra Antonio Francisco Ollero que entro por este Puerto sin liçensia de Su Magestad dio por su fiador a Dor Geronimo Luys de Cabrera bezino de Cordoba de que no haria fuga y si la hiziese que pagaria tresientos pesos de pena para la Real Camara y que el dicho Antonio Francisco fizo fuga y el dicho su fiador de la siudad de Cordoba le prendio y se despacho carta de Justicia por el dicho Hernandarias de Sabedra y en birtud de ella Baltassar Gallegos Ofiçial Real de Cordova cobro de el dicho Don Geronimo de Cabrera los dichos trezientos pezos de la dicha pena y los tiene en su poder por quenta de los propios de esta siudad a quien pertenesen por la Mersed que Su Magestad tiene fecha a este Cavildo y propios de las penas de Camara por dies años y que an bizado se despache poder por este ca

Sobre la entre

ga de las instruc

papeles de los ex-procuradores ante la corte.

vildo para la cobransa y que pide sse haga asi. Y bisto por los dichos Capitulares dixeron que daban y dieron poder bastante a el dicho Francisco de Mançanares como Mayordomo que es de los propios de este cavildo para que como tal pueda dar poder a la persona o personas que le paresiere para pedir y cobrar judissial y estrajudisialmente los dichos trezientos pesos de la dicha pena de quien los tenga y deba dar y para dar carta de pago y otros recaudos y para que los trayga a su poder y se los entreguen y para pareser en juisio y fazer todo lo demas. que le paresiere que conbenga y que el dicho Mayordomo se haga cargo en su libro de este cavildo para que quando de las quentas de los propios la de de lo contenido en este acuerdo y estando presente el dicho Francisco de Mançanares lo asseto.

En este Cavildo se propusso por Sebastian de Orduña ciones, ordenes Alcalde Urdinario como de ocho años a esta parte se an despachado por Procuradores Generales en diferentes tienpos a el Capitan Manuel de Frias y a el Capitan Rafael Maldonado y que a cada uno en su tienpo se le dio poder e ynstrusion bastante e ynformasiones y otros recaudos para pedir ante Su Magestad y otros Tribunales muchas cossas tocantes a el pro bien y utilidad y aumento desta tierra y que abiendose nombrado aora de presente por Procurador General a el Capitan Juan de Tapia le an pedido las ynstrussiones ordenes y papeles que este Cavildo dio a los dichos Manuel de Frias y Rafael Maldonado a Crisptobal Remon Escrivano deste Cavildo ante quien se nonbraron y despacharon los diches Procuradores y responde que no las tiene ni se hallan sentadas en el libro de Cavildo teniendo obligazion como Escrivano fiel y legal de aberlas asentado escrito y autorissado en el dicho libro

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