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Diego de Trigueros. - Francisco de Melo. - Thomas de Rosendo.-Juan Baptista Angel. - El Liçenciado Gabriel Sanches de Oxeda. Ante mi Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo.

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CABILDO DEL 12 DE AGOSTO DE 1619

Card®.

Ordenase al fiel ejecutor la inme

(Foja 262 vuelta del libro original)

En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en doze de Agosto de mil y çeysientos y dies y nuebe años lunes se juntaron a cavildo la justisia y Regimiento en las Cassas del Fuerte desta dicha Siudad el Señor Don Diego de Gongora Caballero del Abito de Santiago Governador y Capitan General de estas Probinçias del Rio de la Plata por Su Magestad y el Capitan Fransisco Garsia Romero y Sebastian de Horduña Alcaldes Hurdinarios desta dicha Siudad y el Capitan Juan de Bergara y Regidor de el primer boto y Bernardo de Leon Depositario General y Diego de Trigueros y Fransisco de Melo y Juan Bautista Angel Rejidores.

En este cavildo propuso el capitan Juan de Bergara Redata compostu gidor como la obra y adereso de las calles de esta Siudad no sse a comensado y con cualquier aguasero no se puede andar por ellas y que la execuçion esta a cargo de Diego de Trigueros Fiel Executor y es necesario que con dilixensia y rigor se execute. Y bisto por los dichos Capitulares se dio comision bastante a el dicho Fiel Executor para que execute con puntualidad las penas en esta rason puestas para que tenga efeto con brebedad.

Asi mismo sse trato en este cavildo que los que tienen bino para bender no lo benden y que padese la republica para cuyo efeto se mando que el dicho Fiel Executor Diego de Trigueros haga dyligensia en todas las tiendas y cassas donde tubiere notissia lo ay de esta tierra y de fuera della se ponga por ynbentario y se mande a los dueños del lo bendan por menudo como hasta aqui lo an jecho y esto se execute con penas que se les ponga y estando presente el dicho Fiel Executor lo aseto y prometio de lo cunplir.

Asi mismo sse trato en este cavildo que el obligado de las carnesserias trae resses pequeñas y como el quarto esta puesto a tres reales es en perjuissio de la republica lo ssuso dicho y para que se remedie de aqui adelante mandaron que el Fiel Executor pues asiste a el repartir de la carne modere el presio de los quartos de las rezes pequeñas para que los pobres no rresiban daño y el dicho Fiel Executor se encargo de lo hazer y cumplir con puntualidad y cuidado y de dar abisso y cuenta de esto y de lo demas que jiziere en las demas cossas que le estan encargadas en este cavildo para el lunes benidero.

Y con esto sse acabo y sero y firmo este cavildo - Don Diego de Gongora. - Fransisco Garcia Romero.-Cebastian de Horduña.- Bernardo de Leon. -Juan de Vergara. -Diego de Trigueros.-Francisco de Melo. -Juan Baptista Angel

Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo.

Sobre la venta del vino.

Sobre la venta

legal de la carne.

CABILDO DEL 19 DE AGOSTO DE 1619

Cavildo del Lúnes 19 de Agosto de 1619.

Lectura de un titulo de Algua

cil Mayor en fade Manzanares.

vor de Francisco

(Foja 263 del libro original)

En la Siudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires lu

nes dies y nueve dias del mes de Agosto de mil y seysien

tos y dies y nuebe años se juntaron a cavildo la Justisia y Regimiento de esta Siudad en el Fuerte y Cassas Reales que fueron el Señor Don Diego de Gongora Caballero del Abito de Santiago Governador y Capitan General de estas Probinsias del Rio de la Plata por Su Magestad y el Capitan Fransisco Garsia Romero y Sebastian de Horduña Alcaldes Hurdinarios desta dicha Siudad y el Contador Luys de Salçedo y el Capitan Simon de Baldes Tesorero y Bernardo de Leon Depositario y el Capitan Juan de Bergara y Fransisco de Melo y Juan Baragan y Juan Bautista Angel Regidores. En este cavildo se leyo un titulo de el Señor Governador Don Diego de Gongora en que nonbra por Alguazil Mayor de Gobernasion a Fransisco de Mansanares y pidio ser re

sibido en birtud del el qual se leyo en este Cavildo y bisto por la Justisia y Regidores los dichos Alcaldes y Ofissiales. Reales dixeron que se ressiba y los Regidores sin perjuisio de su derecho en quanto a el asiento de bos y boto en Cavildo dixeron que sea ressibido protestando como protestan pedir lo que les conbenga a su tienpo y lugar y mandaron entrar a el dicho Fransisco de Mansanares de el qual fue resibido juramento por Dios Nuestro Señor y por una señal de la crus que hizo con los dedos de su mano derecha en forma de derecho so cargo de el qual prometio de usar

bien y fielmente el dicho ofisio de Alguazil Mayor de esta Gobernassion como en el dicho titulo se contiene con toda dilixensia y cuydado guardando y cunpliendo el real aransel de los derechos y las leyes y ordenansas reales y el secreto de el Cavildo y todo lo demas que es a su cargo como debe y es obligado y si asi lo hiziere Dios le ayude y si no se lo demande y a la conclusion del xuramento dixo xi xuro y amen y se le mando de luego la fiansa que por el dicho titulo se manda y dixo que estaba presto de darla mediante lo qual el dicho Señor Governador le entrego la bara de la Real Justisia que con el dicho ofisio a de traer y le mando ssentar despues de los dichos Jueses Ofissiales Reales y los dichos Regidores bolbieron luego a protestar que no les pare perjuisio el dicho asiento bos y boto porque protestan sobrello pedir alegar y contradezir lo que les conbengan y en esta forma quedo rezibido con este grabamen y se sento y los dichos capitulares lo pidieron por testimonio y se les mando dar.

Peticion de Juan Cardoso Pardo

la Real Hacienda.

En este cavildo se leyo una petission de Juan Cardoso Pardo que presento en el en nonbre y como Defensor de como defensor de la Real Hazienda sobre que Hernando Arias de Sabedra Governador que fue destas Probinsias ysiba una nueba comision do dize aber ressibido de dies y ocho dias a esta parte de el Señor Don Diego de Portugal Presidente de la Real Audiencia de la Plata que le traxo Don Crisptobal de Canabria su hermano para acabar y feneçer la comision que huso en esta Siudad siendo Governador mas tienpo de tres años sobre esesos de este Puerto para que se ponga un traslado de ella en este Libro y que se haga diligensia con el para que acabe y fenesca la dicha comision dentro de el termino que el dicho Señor Presidente le manda y alega y dize otras cossas por la dicha petission la qual bista por

Asiento en los libros del Cabil

do del titulo de

los dichos Capitulares con pareser de el Liçensiado Grabriel Sanches de Ojeda Letrado de este cavildo dixeron que el dicho Defensor de la Real Hazienda ocura con esta petission ante el Señor Governador Don Diego de Gongora y por lo que toca a esta republica y al fenezimiento de las causas fechas contra los bezinos y moradores della que estan pressos y sus haziendas secrestadas y algunas faltan por sentencias mandaron que Alonso Agreda de Bergara Procurador General de esta Siudad juntamente con Bernardo de Leon Depossitario General della y Fransisco de Melo Regidor a quien nonbraron por diputados pidan ante el Señor Governador en esta razon todo lo que le paressiere conbenir para que el dicho Fernando Arias de Sabedra diga si a resibido la dicha comision y la ysiba fenesca y acabe conforme a derecho dentro de el termino que el Señor Presidente le hubiere señalado porque no es justo que tantos años este pendiente la dicha comision y esta republica sus bezinos y moradores puedan acudir a pedir seguir su justisia como les conbenga sin mas dilaccion pues dello a de resultar aumento a la Real Hazienda. Y estando presentes los dichos Procurador General y Diputados lo asentaron y por el cavildo se les dio poder y comision en forma para ello en bastante forma como mexor puede y a lugar de derecho para que judicial y estrajudicialmente ante el dicho Señor Governador y otros Tribunales por escrito y de palabra digan presenten y hagan en esta razon todo lo que conbenga a el bien de esta republica.

Los dichos Capitulares mandaron que el titulo del AlAlguacil Mayor guazil Mayor de Gobernassion se traslade y asiente en este Libro y assi mismo un traslado de una petission que pre

de Gobernacion.

sento el Defensor de la Real Hazienda.

En este cavildo se propuso por el dicho Alcalde Sebastian

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