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Lectura de un titulo y nombra

tador del

Fisco.

Real

vendiendo cada caretada a pezo como ssolia pidio se ponga remedio para que no seçe este trato por ser muy neseçaria en esta republica y abiendosse tratado y conferido sobre ello estando preçente el Liçensiado Grabriel Sanches de Oxeda letrado de este cavildo dixo que conforme a uno de los capitulos de los Regidores toca a ell Señor Governador el prover el abasto de las cossas tocantes a el abasto de la republica y que ssea a pressio moderado y assi se pidio y suplico a el dicho Señor Governador probea de remedio todo lo ssuso dicho.

En este cavildo se leyo un titulo y nonbramiento que el miento de Solici- Señor Liçensiado Don Grabriell Gomes de Çanabria Fiscal de Su Magestad en la Real Audiencia de la Plata tiene fecho en Pedro de Roxas y Azebedo para Solicitador de el Real Fisco en esta Ciudad y puerto y su distrito su fecha en la dicha siudad de la Plata en veynte y un dias de el mes de Mayo de mil y çeyçientos y dies y nueve años ante Alonso Fajardo Escrivano de Su Magestad y una petission que ell dicho Pedro de Roxas de Azebedo preçento ante el dicho Señor Governador y un decreto que el dicho Señor Governador proveyo a ella y todo visto por los dichos Capitulares dixeron que el dicho Pedro de Roxas use del dicho poder y nonbramiento sin perjuicio de el derecho de este Cavildo y que se ponga un traslado del dicho poder y nonbramiento en este Libro para que conste de el en todo tienpo y que se le vuelva el original.

Y con esto y otras cossas que decretaron se acabo y cero este cavildo. Don Diego de Gongora. - Francisco Garcia Romero. Sebastian de Horduña.- Luis de Salcedo. — Simon de Valdes. Francisco de Mançanares.

Bernardo

de Leon. El Licenciado Gabriel Sanchez de Oxeda. Sin perjuicio de mi derecho en lo tocante al Alguacil de

Governacion Joan de Vergara. - Diego de Trigueros. Francisco de Melo. Juan Baptista Angel.

Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo.

Ante mi:

TITULO DE SOLICITADOR DEL REAL FISCO DE PEDRO DE
ROJAS Y AZEVEDO

(Foja 267 vuelta del libro original)

En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en dos dias del mes de Septienbre de mil y çeysientos y dies y nuebe años ante el Señor Don Diego de Gongora Caballero del Avito de Santiago Governador y Capitan General destas Probinsias del Rio de la Plata por su Magestad se presento y leyo esta peticion por el contenido en ella.

Pedro de Rojas y Azevedo digo que como consta por este poder y nonbramiento que presento el Señor Doctor Don Gabriel Gomes de Sanabria Fiscal en la Real Audiencia de la ciudad de la Plata me tiene nonbrado por solisitador del Real Fisco en este Puerto y su distrito y para que pueda acudir conforme a el a todo lo que es a mi cargo a Vuestra Mersed pido y suplico mande que todos los Jueses y Justiçias desta ciudad me tengan por tal Solisitador del Real Fisco y me admitan en todos los pleytos y negocios a el tocantes y que los Escrivanos me entreguen los prosesos y autos que ante ellos pasan para los ber y pedir todo lo que a el Real Fisco conviniere y que el Escrivano de Cavildo ponga un tanto del dicho mi nonbramiento y poder

ACT. DEL CAB. DE BUENOS AIRES.-T. III.

41

Decreto.

Nombramiento

de solisitador del

Real Fisco.

en el Libro del Cavildo para que en todo tienpo conste del y pido justicia etc. — Pedro de Rojas y Azevedo.

E bista por Su Mersed admitio a el uso del officio de Solisitador del Real Fisco a el dicho Pedro de Rojas y Asevedo conforme a el poder y nonbramiento que presenta y del Señor Fiscal de la Real Audiencia de la Plata y mando se de noticia a los Jueses y Justicias desta Ciudad para que le tengan por tal y usen con el el dicho officio y paresca en el Cavildo a dar noticia del dicho nonbramiento para que se açiente un traslado del en el Libro como lo pide y asi mesmo se notefique a todos los Escrivanos se le acuda con los autos y papeles y prosesos que tubieren y les pidiere para que acuda a pedir y haser lo que conbenga a el Real Fisco como por su peticion lo pide y asi lo probeyo y firmo. - Don Diego de Gongora. -Ante mi: Joan de Munarriz, Escrivano Mayor de Governaçion.

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En la Ciudad de la Plata del Peru en beinte y un dias del mes de Mayo de mill y seisientos y diez y nuebe años ante mi el Escrivano y testigos el Señor Lisenciado Don Gabriel Gomes de Sanabria del Consejo de Su Magestad Fiscal en la Real Audiencia y Chansiller de la Plata a quien doy ffee que conosco dixo que nonbrava y nonbro por Solisitador del Real Fisco en la Governaçion y Puerto de Buenos Ayres y en su destrito y juridicion a Pedro de Rojas y Azevedo residente en el dicho Puerto para que como tal en todas las caussas pleytos y negocios seviles y creminales que se ofresieren de aqui adelante y en los que de presente ubiere pendientes en la dicha Governaçion y Puerto de Buenos Ayres ante qualesquier Justicias y Jueses que con derecho pueda y deba en nonbre del Real Fisco pueda haser y haga denunsiaçiones querellas acusaçiones pedimientos requerimientos escriptos y escripturas y probanças

y todo genero de pruebas responda a todo lo de contrario y apele recuse y contradiga saque testimonios actue haga y procure todo aquello que convenga a el derecho del Real Fisco y lo que su Mersed del Señor Fiscal pudiera haser y hisiera presente siendo de manera que por defeto y falta de poder e nonbramiento la parte del Real Fisco no quede yndefensa que el que se requiere da y consede a el dicho Pedro de Roxas de Azevedo con sus ynsidencias y dependençias y otorgo poder e nonbramiento en bastante forma y lo firmo de su nonbre siendo testigos Andres Gonsales Cavesas Presbitero Don Francisco de Hermosa y Pedro Lopes Otaviano Chansiller de la dicha Real Audiencia presenEl Licenciado Don Graviel Gomes de Sanabria. Ante mi: Alonso Fajardo, Escrivano de Su Magestad. Concuerda con su original y en ffee dello hago mi signo.

tes.

En testimonio de verdad: Alonso Fajardo, Escrivano de Su Magestad.

Concuerda con su original y peticion que volvio a llevar en su poder el dicho Pedro de Roxas de Açevedo a que me refiero y lo firmo el dicho. - Pedro de Roxas y Azevedo. Ante mi Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo.

TITULO DE REGIDOR DE DIEGO DE TRIGUEROS

(Foja 268 vuelta del libro original)

Titulo de Diego

Don Francisco de Borja Principe de Esquilache conde de Mayalde Gentilonbre de la camara de Su Magestad su Vir- de Trigueros. rey y Lugarteniente Governador y Capitan General en estos

Reynos e Provincias del Piru Tierra Firme y Chile etc. Por quanto los Jueces Oficiales de la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres hiçieron traer en venta y pregon seis rregimientos que en aquella ciudad se elexian y nonbravan cada año con termino de treinta dias y en fin dellos con las posturas que hicieron se enviaron los autos a la Villa Inperial de Potosi y en ella aviendo hecho postura Juan de Bergara a los dichos seis rregimientos para las perçonas que señalase se le admitio y sobre ella se dieron otros treinta pregones e precedieron otros autos e diligençias e aviendose asignado dia para el rremate en el quedo rrematado el regimiento de segundo voto de la dicha ciudad de la Trinidad en setecientos pesos corrientes por el horden contenido en el dicho rremate que su tenor con la fee y testimonio de aberse obligado y dado las fianças y cunplido con el dicho rremate es como se sigue. En la Villa Inperial de Potosi en primero dia del mes de Diçienbre de mill y seiscientos y diez y siete años seria entre las onçe y doçe oras de medio dia poco mas o menos estando delante de las casas Reales que son en la Plaça Publica desta Villa donde estava puesto un bufete y sillas en la forma acostumbrada para hacer rremates de oficios tocantes a Su Magestad y estando precentes los Señores Governador Don Francisco Sarmiento de Sotomayor Corregidor e Justicia Mayor desta dicha Villa e Teniente de Capitan General en ella Fator Bartolome Astete de Ulloa Tesorero Juan de Luno Martin Salgado de Ribera Contador de Granos e Protetor General de los Naturales desta dicha Villa que hace oficio de Contador por auçencia de Juan Baptista de Ormaegui propietario en el dicho oficio Jueces Oficiales Reales en esta villa y abiendo visto estos autos y la ultima postura fecha al ofiçio de Regidor de segundo voto de la ciudad de Santiago

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