Imágenes de páginas
PDF
EPUB

CABILDO DEL 7 DE OCTUBRE DE 1619

(Foja 276 vuelta del libro original)

En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres lunes siete dias de el mes de Otubre de mil y çeyçientos y dies y nueve años se juntaron a Cavildo en el Fuerte y Cassas Reales como es costunbre el Capitan Sebastian de Horduña Teniente de Governador y Justicia mayor desta dicha ciudad y el Capitan Francisco Garcia Romero Alcalde Hurdinario y Bernardo de Leon Depositario General y Diego de Trigueros Regidor y Francisco de Melo y Juan Bautista Angel Rexidores en el qual se trataron las cossas ssiguientes:

En este Cavildo Bernardo de Leon Depositario General desta dicha Ciudad propuso como el y Juan Bautista Angel en cunplimiento de lo mandado por los Señores de el Cavildo hicieron las quentas como diputados para el efeto con Miguel de Rivadeneyra y fue alcansado el dicho Miguel de Rivadeneyra en mil y quatroçientos y setenta pesos que quedan en su poder por quenta de penas de camara y visto por este Cavildo dixeron que se cunpla y guarde lo proveydo y que de las fianças que es obligado. Y el dicho Diego de Trigueros Rexidor dixo abiendossele dado notissia del el Ca vildo passado que se cunpla y guarde lo proveydo.

Cavde de 7 de Otubre de 1619 en Lúnes.

Cuentas de las penas de cámara.

En este Cavildo se leyo un pareçer y declaracion de el Lisenciado Grabriel Sanches de Oxeda el qual se le remitio pagarse & Ber

a el dicho Liçensiado para que determinase y biese de que

Declaracion sobre lo que debe nardo de Leon.

Fianza del Receptor de Penas de Cámara.

se le habia de pagar a el dicho Bernardo de Leon y si se abia de refrendar la librança que le dieron y abiendolo leydo a los dichos Capitulares dixeron que se refrende la dicha librança y se pague de gastos de justicia y penas de camara a el dicho Bernardo de Leon.

En este Cavildo se ynvio a llamar a el dicho Miguel de Rivadeneyra Reçetor de Penas de Camara para que de en lugar de el fiador que falta uno y abiendo venido y entrado en este Cavildo ofrecio por su fiador en lugar de Juan Mena a Felipe Navaro vecino desta ciudad. Y visto por los dichos Capitulares dixeron que lo admitian por fiador con el dicho Pedro Gutierres y Juan Nieto de Umanes y Luys Cordoves y mandaron que se obliguen los dichos quatro fiadores cada uno en cantidad de trecientos y sesenta y siete pesos y medio quedando por el todo obligado el dicho Miguel de Rivadeneyra por todo esto Bernardo de Leon Depossitario General que dixo que lo contradise como dicho tiene en el otro Cavildo.

Y con esto y otras cossas se acabo y çero este Cavildo. Sebastian de Horduña. Francisco Garcia Romero. Bernardo de Leon. Diego de Trigueros. Francisco de de Melo. Juan Baptista Anjel. - Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo.

[ocr errors]

[ocr errors]
[blocks in formation]

CABILDO DEL 14 DE OCTUBRE DE 1619

(Foja 278 del libro original)

En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres lunes catorze dias de el mes de Otubre de mil y çeysientos

y dies y nuebe años se juntaron a jazer cavildo en el Fuerte y Cassas Reales desta dicha ciudad el Señor Don Diego de Gongora Caballero de el Abito de Santiago Governador y Capitan General destas Probinçias de el Rio de la Plata por Su Magestad y el Capitan Fransisco Garsia Romero y Çebastian de Horduña Alcaldes Urdinarios desta dicha ciudad y Bernardo de Leon Depozitario General y Fransisco de Mansanares Alguazil Mayor de Governacion y el Capitan Juan de Vergara y Diego de Trigueros y Fransisco de Melo y Juan Bautista Angel Regidores en el qual se trataron las cosas siguientes:

En este cavildo propuso el Capitan Sebastian de Horduña Alcalde Urdinario desta ciudad como cada año es costunbre hazer la fiesta de San Simon y Judas por esta ciudad por ser abogado de ella y que conbiene que este año se haga con solenidad y todos los dichos Capitulares fueron de pareser que asi se haga para lo qual nonbraron a el dicho Alcalde Sebastian de Horduña y a Fransisco de Mancanares Alguazil Mayor de Governaçion y Mayordomo desta Ciudad para que lo ordenen y dispongan y conbiden las religiones y elixan predicador y jagan el gasto de la çera nesesaria como es costumbre y todo lo que gastare en la dicha fiesta se ponga por memoria y se trayga a este cavildo para que se les de libransa para su paga y los dichos dyputados lo acçetaron y prometieron de acudir a ello con toda puntualidad y cuydado.

Sobre la flesta de San Simon y Judas.

Turno de la vara de fiel ejecu

En este cavildo se trato como el turno de la bara de Fiel Executor es pasado y que conbiene se nombre a quien lo tor. exersa y por que el dicho turno toca a Juan de Baragan regidor del quarto boto atento a que esta ausente todos de un acuerdo y conformidad dixeron que se entregue la dicha bara de Fiel Executor a Bernardo de Leon Depossitario Ge

Sobre las fiestas de San Martin.

neral y Regidor desta Ciudad el qual estando presente aseto el dicho cargo y del se resibio juramento por Dios Nuestro Señor y por una çeñal de la Cruz en forma de derecho y so cargo de el prometio de usar y exerzer el dicho ofisio de Fiel Executor desta dicha Ciudad con toda dilixensia y cuydado guardando las leyes y ordenansas reales y las que hay para el gobyerno de esta ciudad mirando por el bien de la republica y jaziendo todo lo demas que debe y es obligado y si asi lo hiziere Dios le ayude y sino se lo demande y a la concluzion del dicho juramento dixo « si juro y amen» y el dicho Fransisco de Melo dexo la bara v el dicho Señor Governador en nonbre de Su Magestad entrego la dicha bara a el dicho Bernardo de Leon y quedo ressibido para lo que dicho es.

En este cavildo se acordo de que atento que las fiestas del bienabenturado San Martin patron desta dicha ciudad conbiene nonbrar diputados que acudan a ordenar y hazer todo lo nesesario tocante a la çolenidad de la dicha fiesta bispera y dia asi para la tocante a la prossesion y sermon como para los toros y juego de cañas que cada año se haze para lo qual nonbraron por diputados a los dichos Bernardo de Leon y Fransisco de Mançanares y Juan Bautista Angel para que juntamente con el Contador Luis de Salcedo Alferes Real acudan a todo lo referido y estando presentes los ssuso dichos lo asetaron y prometieron de acudyr a ello. En este cavildo se leyo una tassasion ffecha por Juan caballo del Go- Durtua platero y Alonso Duarte sillero de una ssilla que por orden de este cavildo dio Bernardo de Leon Depositario General para el caballo con que se sirbio a el Señor Governador Don Diego de Gongora quando entro en esta ciudad que parese haberla tassado en ochenta pezos poco mas o menos la plata y jechura de las guarnisiones y otros

Pago de una montura para el

bernador.

ochenta pezos de la çilla y demas adereçco y bisto por los dichos Capitulares mandaron que se le pague a el dicho Bernardo de Leon los dichos siento y çesenta pesos y para ello se le de libramiento atento los acuerdos ffechos por el Cavildo en esta razon.

[ocr errors]
[ocr errors]

Y con esto y otras cossas se acabo y sero este cavildo.· Don Diego de Gongora. Francisco Garcia Romero. - Sebastian de Horduña.- Bernardo de Leon. - Joan de Vergara. Francisco de Mançanares. - Diego de Trigueros.Francisco de Melo. - Juan Baptista Angel. Ante mi: Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y Cavildo.

CABILDO DEL 29 DE OCTUBRE DE 1619

(Foja 279 vuelta del libro original)

En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en beynte y nuebe dias del mes de Otubre lunes de mil y çeysientos y dies y nuebe años se juntaron a hazer cavildo en el Fuerte y Casas Reales en el qual se hallaron el Señor Don Diego de Gongora Caballero de el Abito de Santiago Governador y Capitan General destas Probinçias de el Rio de la Plata por Su Magestad y el Capitan Sebastian de Horduña Alcalde Urdinario y el Contador Luys de Salcedo y el Tesorero Simon de Baldes y el Capitan Juan de Bergara Regidor y Diego de Trigueros Regidor en el qual se trataron las cossas siguientes:

Card del Lúnes 29 de Ottubre de 1619.

Sobre las fles

En este cavildo propuso el Capitan Sebastian de Horduña tas de San Mar

tin.

« AnteriorContinuar »