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Fuentes del derecho español, la legislacion romana, y las costumbres godas. Ojeada sobre el gobierno y la legislacion romana del tiempo de los reyes, y del de la República. Repugnancia de la nobleza á la formacion de un código legal. De las Doce tablas. Monopolio de la jurisprudencia en la nobleza. Derecho Flaviano, y Eliano. Deseos de Ciceron y de Julio Cesar sobre la publicacion de un nuevo código.

Aunque los españoles defendieron heróicamente su inde

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pendencia y su libertad mas de doscientos años contra los ataques y ardides de los romanos, al fin tuvieron que sujetarse á su dominio, y despues al de los bárbaros del Norte, fundadores de la monarquía goda. D. Antonio Fernandez Prieto y Sotelo se entretuvo en disputar, si el primer legislador de España fue Phoro, ó Neptuno; y en describir el gobierno de la Atlántida, suponiendo que el territorio de aquella isla fue el mismo que actualmente ocupa esta Península. Quien guste de fábulas y sueños podrá satisfacer su curiosidad leyendo los primeros capítulos de la historia del derecho Real de España de aquel abogado.

ΤΟΜΟ Ι.

A

Para la verdadera historia del derecho español son mas necesarios otros preliminares, esto es, algunos conocimientos de los varios estados del romano y el visogodo, que fueron los verdaderos manantiales del actual.

Los primeros romanos se gobernaron con una constitucion, al parecer, muy liberal, aunque bien esaminada, no dejaban de envolverse en ella las semillas mas fecundas del despotismo.

1

Tenian reyes, pero estos no lo eran por derecho hereditario, sino por eleccion del pueblo. Los reyes debian acon. sejarse de un senado, compuesto en sus principios de cien personas, las mas distinguidas por su nobleza, sus talentos y su riqueza, que despues se fueron aumentando hasta mas de trescientas. Y el pueblo debia ser convocado y congregado en los comicios, ó juntas generales, para deliberar y votar sobre las leyes, las elecciones de empleados públicos, y demas negocios de alguna importancia.

Con tal constitucion ¿quién no habia de pensar que estarian bien asegurados los derechos de todos los ciudadanos, y la recta administracion de la justicia, que es la base mas fundamental de todas las sociedades? ¿Cómo podia temerse que unos reyes elegidos libremente por el pueblo, y asesorados de un cuerpo tan poderoso y respetable como el senado, podrian abusar de su autoridad?

Mas en medio de aquellas apariencias de amor á la liber, tad, y á la justicia, el astuto Rómulo, primer autor de la constitucion romana, tuvo buen cuidado de crear una guardia real de celeres, ó jóvenes los mas valientes y mas adictos á su persona. Agregó á la corona el sumo pontificado, y con él la supremacía religiosa, que es la que mas influye en las costumbres, y la sumision de las naciones ignorantes. Se reservó el mando en gefe de la milicia; la magistratura suprema, ó derecho de decidir en última instancia todos los pleitos ; la

convocacion de los comicios; y otros derechos, con cuya política reinó treintalya siete años como le dió la gana (1); hasta que el senado, habiendo conocido su hipocresía, y no pudiendo tolerarla por mas tiempo, lo asesinó clandestinamente; ocultó su cuerpo, y para que el pueblo no se escandalizara y amotinara, le hizo creer que por sus grandes méritos habia sido arrebatado al cielo por los dioses en cuerpo y alma (2).

El despotismo puede paliarse y sostenerse con ardides y cautelas; mas tambien puede ser derribado y castigado con otros ardides y cautelas semejantes.

y

Engañado el pueblo con aquella superchería del senado, procuró este preocuparlo y enconarlo contra el gobierno monárquico, ponderando los grandes riesgos á que estaria siempre espuesta la libertad pública bajo el mando de los reyes; á su consecuencia proyectó una regencia, en la que fueran alternando por turno los senadores. Mas bien presto se desengañaron los plebeyos de la supuesta conveniencia de aquel nuevo sistema, y conocieron que lo que el senado intentaba era establecer la aristocracia, y darles cien señores en lugar de uno; por lo cual se amotinaron contra los nobles. Los padres de la patria, que asi se llamaban los senadores, tuvieron que desistir de su proyecto, y para no perderlo todo se convinieron con el pueblo en que este elegiria otro rey; pero que no seria reconocido por tal hasta que el senado lo confir

mara.

A consecuencia de aquella ley fundamental, Numa; y Tulo Hostilio obtuvieron la corona por eleccion del pueblo. Mas Anco Marcio, nieto de Numa, tramó una conspiracion

(1) Nobis Romulus, ut libitum, imperitaverat. Tacitus. Annal. lib. 3. сар. 24.

(2) Livius, Histor. lib. I. Dionysius Halicarnaseus, Antiquit: roman. lib. II. cap. 14.

contra Tulo; pegó fuego á su palacio, en cuyo incendio pereció toda la familia real; tendió la voz de que aquel acaeci miento habia sido un castigo del cielo, por el poco respeto que el rey: difunto manifestaba á la religion; y haciendo valer su parentesco con Numa, fue nombrado para sucederle

en el trono.

Aunque Anco Marcio habia dejado dos hijos al tiempo de su muerte, y uno de ellos en edad competente para sucederle en la corona, los romanos la pusieron en la cabeza de Tarquino primero. Este fue un buen rey; favoreció mucho á los plebeyos, y promovió la construccion de obras magní, ficas, para aumentar las comodidades y el ornato público de Roma, por lo cual era muy amado' generalmente. Sin em bargo de eso, fue asesinado por un ardid que discurrieron los hijos de su antecesor, en el que se hizo jugar tambien á la religion (1).

Pero el atentado de los hijos de Anco Marcio no fue tan afortunado como el de su padre. La viuda de Tarquino desconcertó sus proyectos, y preparó la elevacion de Servio Tulo al trono, primero en calidad de regente, y despues en propiedad (2).

Reinaba Servio con gran prudencia, cuidando mucho de que los nobles no maltrataran á los plebeyos y á los pobres. Instituyó el censo, ó estadística, por la cual constaran al gobierno el número, la calidad y los bienes de todos los habitantes de Roma. Dió nueva forma á los comicios, y promulgó otras leyes muy sabias, con las cuales prosperaba aquella ciudad, y se acrecentaban incesantemente su poblacion y su riqueza..."

Pero como suele suceder en todas las monarquías, en donde la nobleza tiene demasiada influencia en el gobierno, la romana no gustaba de la popularidad de sus soberanos, y asi

Dionys. ibid. cap. 21 y 22... I (2) Ibid. lib. IV. cap. 1.

encontraban en ella bien fácilmente apoyo los traidores para rebelarse. Tarquino el Soberbio, nieto del viejo, tramó una conjuracion para destronar á Servio. Entendida por este, creyó que podria sufocarla delatándola al Senado, para interesarlo mas en su defensa. Estando pues presente su enemigo, le preguntó ¿en qué fundaba su derecho á la corona? El malvado Tarquino, lejos de perturbarse con aquella pregunta, le respondió con mucha entereza, que por derecho natural y de las gentes los hijos eran herederos de todos los bienes de sus padres y abuelos. Que la posesion del trono en que estaba Servio no dimanaba de la libre eleccion del pueblo, ratificada por el senado el senado, como la que habian gozado sus antecesores, sino de una junta de facciosos, seducidos y cohechados por sus parciales. Que cuando principió á reinar solo habia sido en calidad de regente, como tutor suyo, y bajo la promesa solemné que hizo de coronarlo cuando saliese de su menor edad. Que si persistia Servio en continuar reinando, deberia ser reputado por un usurpador; le demandaria judicialmente la corona, y si por su gran poder no se le hiciera justicia, él sabria,

tomársela con sus manos.

R

Servio contestó al discurso acalorado de Tarquino com otro mas sosegado, ponderando los servicios que le habia hecho, libertándolo de las asechanzas de los hijos de Anco Marcio contra su vida, educándolo y conservándole todos sus bienes, y casándolo con una hija suya, con el ánimo de dejarlo por su heredero. Impugnó la razon principal en que fundaba su derecho á la corona. Probó que lejos de ser esta hereditaria por derecho natural ni el de las gentes, en la misma Roma se encontraban los ejemplos del abuelo del mismo pretendiente, que la habia obtenido siendo un estrangero; y al contrario, el del hijo primogénito de Anco Marcio, que siendo mayor de edad cuando murió su padre, no le habia sucedido en la dig

nidad real.

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