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- A mitad del siglo XIII no estaba todavía determinado el número de procuradores de los pueblos que podian enviar estos á las córtes. S. Fernandó mandó en el año 1250 á la villa de Uceda que no pudieron diputar á mas de tres, y tasó las dietas que se les habian de dar, en la manera siguiente: »E mando, é tengo por bien, que cuando yo enviare por omes de vuestro concejo, que oviere de fablar con ellos, ó cuando quisieredes vos á mi enviar vuestros omes buenos de pro de vuestro concejo, que vos catedes en vuestro concejo caveros atales, cuales toviéredes por guisados de enviar á mí. Et aquellos caveros que en esta guisa tomaredes por enviar, á mí, que les dedes despesa de concejo, en esta guisa. De cuando vinieren fasta Toledo, que dedes á cada cavero medio maravedí cada dia, et non mas; et de Toledo contra la frontera que dedes á cada cavero un maravedí cada dia, et non mas. Et mando et defiendo que estos que á mí enviaredes, que non sean mas de tres fasta cuatro, si non yo enviase por mas. Et otrosi, tengo por bien, et mando que cuando yo en. viare por estos caveros, asi como sobredichos, ó el concejo los enviaredes á mí, por pro de vuestro concejo, que traya cada cavero tres bestias, et non mas; et estas bestias que ge las aprecien dos jurados, et dos alcaldes, cuales el concejo escogiere por esto, cada una cuanto valel, cuando facen la muebda del logar dont les envian, que si por aventura, alguna daquellas bestias moriere, que sepades que habedes á dar el concejo et el pueblo por ella et que dedes tanto por ella cuanto fue apreciada daquellos dos jurados, ó dos alcaldes, asi como sobredicho es (1).

En Aragon habian empezado á concurrir á las córtes los procuradores de los pueblos antes que en Castilla.

A las de Borja, celebradas en el año 1131 para el nombramiento de sucesor en el trono á D. Alonso el emperador

(1) Memorias para la vida del santo rey D. Fernando pag. 521.

que no habia dejado mas hijo que á D. Ramiro, monge sacerdote, asistieron los ricos-hombres mesnaderos, caballeros,`y procuradores de las ciudades y villas, segun refiere Zurita (1).

A las de Zaragoza de 1163, ademas de los prelados, ricos-hombres, mesnaderos, é infanzones asistieron procuradores de Huesca, Jaca, Tarazona, Calatayud, Daroca, y la misma Zaragoza. Quince fueron los nombrados para aquel acto por el concejo de esta última ciudad (2).

El gobierno de aquel reino fue desde sus principios algo mas popular que el de Castilla. » Es cosa muy averigüada, y sabida, dice el citado Zurita (3), que los ricos hombres, y caballeros, y universidades del reino, desde los principios, por evitar que no pudiesen ser notados en lo venidero, cuando los reyes se viesen en mayor estado, de ningun género de rebelion, siempre perseveraron en conservar su derecho, con autoridad de congregarse y unirse, por , por lo que tocaba á la defensa de la libertad. El derecho que los aragoneses llamaron privilegio de la union, y los castellanos, hermandades y cofradías merecen alguna mas esplicacion. Voy á darla en el capí tulo siguiente, dejando para el libro tercero la continuacion de la historia interesantísima de las córtes.

CAPITULO XVII.

Nuevas amplificaciones de los derechos del estado general. Creaciones de gremios, cofradías, y hermandades.

Uno de los derechos mas naturales, y mas inabdicables

del hombre es el juntarse con otros para oponerse á los atentados contra su vida y su propiedad, irresistibles á sus fuerzas so.

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las. Este es el origen y fundamento principal de la sociedad; y este el medio de que han usado en varios tiempos los pueblos españoles, cuando su gobierno no ha sido justo, ó cuando aun siéndolo sus reyes han carecido de los talentos y fuerza necesaria para sujetar á los sediciosos y perturbadores del orden público.

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La palabra pueblo no ha tenido siempre, ni en todas partes una misma significacion. Cuidan algunos, dice una ley de las partidas, que el pueblo es llamado la gente menuda, asi como menestrales, é labradores; é esto non es ansi: ca antiguamente en Babilonia, é en Troya, é en Roma, que fueron lugares muy señalados, ordenaron todas estas cosas con razon, é pusieron nome á cada una, segun que conviene. Pueblo llaman el ayuntamiento de todos los omes comunalmente; de los mayores; de los medianos, é de los menores. Ca todos son me. nester, é non se pueden escusar, porque se han de ayudar unos á otros; porque puedan bien vivir, é ser guardados, é mantenidos. (1)...

Este fue el pueblo de Roma, y de otras grandes ciuda des en las brillantes épocas de su libertad; y estos fueron tam bien los pueblos españoles mientras gozaron de igual beneficio. Mas, privados de sus municipalidades, de sus curias, sus duum. viros, y demas empleados elegidos por ellas mismas; y subro gados en su lugar condes y gefes, militares, qué libertades; ni qué influencia podia tener la gente menuda en el gobiernd nacional poliata aut pour

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Pero desde que los ciudadanos,mel estado general, ó lą gente menuda, como se llama en aquella ley, comenzaron á respirar con alguna libertad, por sus nuevos fueros, pudiendo ya tratarse sin tanto temor á la opresion de los nobles, les era menos dificil adoptar medios muy semejantes al que los no bles habian inventado para garantirse mutuamente sus vidas y (1) L. 1. tit. 10, part. 2.obj dugaan af, (1)

TOMO I.

RR

propiedades, cuales eran las ligas, hermandades, ó cofradías, que todas venian á ser instituciones de una naturaleza muy semejante.

La llamada paz de Dios no habia sido suficiente para contener los atentados y estragos horrorosos de la anarquía. Aun los eclesiásticos, no obstante el sagrado escudo de la fe, que es la fuerza mas inespugnable en una nacion católica, y sin embargo de que por las instituciones canónicas tenian ya monas terios, y cabildos, que eran otras tantas hermandades unidas con vínculos mucho mas estrechos, y mas indisolubles que las de los legos, no por eso dejaron de formar otras cofradías particulares para zelar la observancia de sus privilegios y de los cánones de sus concilios. El Compostelano del año 1114, despues de haber decretado que los legos no hicieran violencia alguna á las iglesias, ni á sus bienes; que ninguno se apropiara los diezmos, primicias y oblaciones de los fieles; que los comerciantes, peregrinos y labradores pudieran andar seguros por los caminos; que los casados entre quienes hubiera algun parentesco se separaran; que nadie pudiera vender ni comprar iglesias, como entonces se acostumbraba; y algunos otros cánones, imponiendo á sus infractores la pena de escomunion en todos los reinos de Castilla, Portugal, Galicia, Estremadura y Aragon, concluyó formando una cofradía, que se habiao de juntar todos los años por cuaresma para castigar ly corregirá los delincuentes (1).

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Los plebeyos, ya mas libres que en los siglos anteriores, pensaron tambien en formar sus hermandades gremios ó-cofradías. En las ciudades muy populosas là multiplicacion de consumos, tanto de comestibles como de manufacturas, y otros gé neros, ó de necesidad, ó de regalo, y de capricho iba multiplicando en la misma proporcion el número de artesanos ocupados en cada oficio. Todos ellos formaban una clase, casi en(1) Hist. compost. lib. 1, cap. 101.

teramente nueva. Hasta aquel tiempo apenas se habian visto mas que soldados, ó labradores. Ni los unos ni los otros gastaban mas que lo muy preciso para la susistencia y el abrigo,

Carnero y vaca fue principio y cabo;
Y con rojos pimientos, y ajos duros
Tan bien como el señor comia el esclavo.
Estaban las hazañas mal vestidas;

Y aun no se hartaba de burriel y lana
La vanidad de fembras presumidas...
QUEVEDO.

Los artesanos, los revendedores, y comerciantes por ma→ yor y por menor, estas clases, tan injustamente menospreciadas en los siglos bárbaros, estas fueron, si bien se reflesiona, las que mas han influido en la opulencia, la civilizacion y la prosperidad de las naciones. Porque ¿qué fuera la milicia si no estuviera ausiliada por los artesanos con la fabricacion de armamentos de mar y tierra, y los demas menesteres de la tropa? ¿Y qué aun la mas noble y la mas necesaria de todas las artes, la agricultura, si los revendedores, los fabricantes y demas menestrales no dieran salida á los sobrantes de frutos y ganados de los propietarios y labradores?

Multiplicados los artesanos, en cada oficio se encontraba ya un número, mas ó menos crecido de familias unidas naturalmente por la conformidad de ideas y de intereses, y por consiguiente muy propensos á enlazarse en las corporaciones que llamamos gremios, los cuales fueron vigorizando mas y mas de cada dia al estado general, y estimulándolo tambien á formar sus hermandades, para defender sus libertades y resis. tir las opresiones de los señores.

La religion contribuyó tambien para fortificar mas el espíritu gremial. Cada gremio eligió por su protector y patro

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