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<<Por lo que toca a los que sigan en el secularismo, cuidándose que a lo menos aprendan a leer, escribir i contar bien, después de versados en nuestro idioma i puntos esenciales de la relijión católica, pueden buscar por sí fácil carrera de pluma en sujetos particulares, i de oficios públicos de escribanos, admitiéndoseles también al remate de éstos, i de receptores, procuradores i demás inferiores de tribunales, asentada su idoneidad i arreglada conducta, para todos los cuales ejercicios no abundan individuos hábiles en este reino.

<<I en cuanto a los descendientes de castas ínfimas o comunes, se les inclinará, por no ser posible proporcionarles otros acomodos a que sean aptos, ni haberlos para tantos, a destinos mecánicos de república, según en esta parte lo advierte el predicho ministro a consecuencia de haber este gobierno hecho efectiva la misma providencia el año próximo pasado con algunos colejiales de los que existían en esta capital, poniéndolos a cargo de maestros artistas de mejor nota, i asistiéndoles por el tiempo regular que pueden tardar en llegar a saber medianamente el respectivo ofi. cio que elijieren, i ganar en él su jornal, con dos reales diarios para su mantención, del ramo de temporalidades de jesuítas; pero observando la cautela de estorbarles que se dediquen al de herreros, plateros i semejantes que de cualquier modo conduzcan para construir o habilitar armas blancas, de fuego, u otras piezas de uso de guerra i de manejo de caballerías, a fin de que nunca llegue el caso de que por su medio se introduzca en la tierra de los infieles la intelijencia de estas fábricas».

Desde el principio, había habido la idea de que era más económico i mas conveniente establecer el colejio

AMUNÁTEGUI.-T. Vil.

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de naturales, no en Santiago, sino en Chillán, donde primitivamente había estado, poniéndolo a cargo de los misioneros franciscanos, que poseían el idioma araucano, i que «por medio de los padres de su mismo convento que residían en las diversas misiones situadas en los cantones de infieles, podían atraer para el colejio a los jóvenes de mayores esperanzas, i asegurar el contentamiento de sus parientes».

El presidente Benavides declaraba que él participaba de esta opinión.

En efecto, habiéndose vencido varias dificultades que había para esta traslación, el presidente Benavides hizo salir para Chillán los diez únicos jóvenes araucanos que a la sazón se estaban educando en el colejio de San Pablo.

<<Por aviso del padre guardián de los padres recoletos misioneros franciscanos de Chillán, informaba el presidente Benavides al soberano en carta de 1.o de febrero de 1787, tuve la noticia satisfactoria de haber llegado los colejiales araucanos enviados de esta capital el día 3 de noviembre último en que tomaron posesión de su nuevo colejio, i que se mantenían mui contentos i bien hallados por la dulzura i agasajos con que los recibió toda la comunidad, según ellos mismos me lo informaron también, dándome gracias por el beneficio i mejoras que recibían por su traslación, confesándolo abiertamente, sin duda para desdecir las repugnancias i embarazos que a influjos estraños e interesables pusieron antes de su partida, suplicándome ahora dé cuenta al rei, i que pida en nombre de ellos la real aprobación de estas providencias».

La condición del colejio de naturales no mejoró con su traslación a Chillán.

La dirección de este establecimiento solo sirvió para proporcionar asunto de interminables competencias al rector i al guardián de los recoletos franciscanos del convento de propaganda.

«Después de seis años de fundación, decía al intendente de Concepción el presidente don Ambrosio O'Higgins en nota de 18 de marzo de 1791, el seminario de naturales aún está ofreciendo dudas sobre su constitución i gobierno, i lo que mas es, sobre su local situación».

Después de mencionar algunas de las pueriles controversias sobre el particular en que los recoletos se habían enredado unos con otros, O'Higgins agregaba indignado: «En esto verá V. S. tal vez por la primera vez, pero que seguramente no será la última, que en América dan menos que hacer los naturales de estos dominios, que aquellos mismos que son destinados para ayudar en la administración i gobierno de estos países».

«Todas estas disputas, añadía mas adelante, son impertinencias que habrían evitado cualesquiera otros que no fuesen los frailes, que siempre quieren que todo haya de gobernarse a su modo i por sus reglas».

A pesar de las medidas que dictó O'Higgins, el colejio de Chillán debió seguir pésimamente dirijido.

Lo cierto fué que no produjo frutos, i que se estinguió sin que se notara su falta.

XV

He mencionado cronolójica i minuciosamente las diversas i multiplicadas providencias que fué dictando la metrópoli para protejer la libertad de los indios, i cómo

i cuán escandalosamente fueron siempre desobedecidas.

La completa ineficacia de tantos esfuerzos inspiró a los consejeros del rei la idea de que era imposible remediar el mal, mientras no se aboliesen las encomiendas, o en otros términos, segun el lenguaje de la época, mientras no se incorporasen a la corona. Una triste i larga esperiencia había manifestado demasiado que la conservación de las encomiendas i la abolición del servicio personal eran cosas incompatibles.

Ya en 12 de julio de 1720, se había prevenido por una real cédula, comunicada también a Chile, que todas las encomiendas que vacasen en los distritos del Perú por muerte de los actuales posedores se incorporasen a la corona, corriendo la recaudación de los tributos por cuenta de los oficiales reales. En aquella cédula, se reconocía haber sido poco o ninguno el fruto que había producido el premio de las encomiendas concedido a los conquistadores, pues, sin embargo de haber sido grande el beneficio que habían sacado de ellas, no las atendían como era debido, hasta el estremo de que el gobierno era el que hacía todos los gastos para dar a los indios el pasto espiritual.

Otra cédula, espedida en 31 de agosto de 1721, renovó la disposición de la de 12 de julio del año anterior, fundándose en los mismos antecedentes.

Habiéndose publicado por bando en Chile esta real determinación, la ciudad de Santiago representó al monarca que eran imponderables los inconvenientes que resultaban de la estinción de las encomiendas, entre los cuales enumeraba: el de servicio de ambas Majestades, la destrucción de los indios, el atraso en la recaudación de tributos.

Remitida a España esta solicitud, Luis I, hijo de Felipe V, decidió en vista de ella por una cédula datada en el Buen Retiro a 4 de julio de 1724, que las encomiendas que vacasen en Chile, debían no incorporarse a la corona, sino concederse a personas beneméritas i descendientes de los primeros conquistadores, de la misma manera que se efectuaba antes de espedirse la cédula de 12 de julio de 1720.

La autorizada palabra del presidente don Ambrosio O'Higgins será la que continúe haciendo al lector la historia de las encomiendas.

O'Higgins se dirije al rei.

«Señor. Cumpliendo con lo que ofrecí a Vuestra Majestad en carta de 9 de setiembre del año pasado acerca de la visita en este reino, que tenía ya entonces resuelto practicar, salí de su capital de Santiago el 21 del mes siguiente; i marchando por la ceja de la cordillera en reconocimiento de los minerales i asientos de Petorca, Pupío, Illapel i Combarbalá, llegué a la ciudad de Coquimbo: i tomando allí un barco, que encontré anclado en su puerto, me trasladé con toda mi comitiva al de la Caldera, del partido de Copiapó, término de esta jurisdicción, i que por la parte septentrional se divide del virreinato del Perú. Empezando aquí propiamente mi visita, reconocí aquel distrito, i tomé conocimiento de todas las partes i ramos diferentes de que resulta su actual constitución i gobierno para aplicar sobre cada una de ellas el remedio que me pareció oportuno. Lo mismo he practicado en los del Guasco, Coquimbo, Cuscus i el de Quillota, por cuyos distritos transitando hasta ponerme en estas inmediaciones de Valparaíso, en donde actualmente me hallo, tengo el honor de noticiarlo a Vues

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